Somos baratas

Ilustración: Alina Najlis.

Ilustración: Alina Najlis.

Le salimos baratas al país. Es más, la mitad de nosotras le sale gratis: una de cada dos mujeres en edad laboral en Cuba realiza, a tiempo completo, un trabajo por el cual no le pagan.

Según datos oficiales de 2017, el 50 por ciento de las mujeres en edad laboral está fuera de la Población Económicamente Activa: no cuentan entre las ocupadas (con vínculo laboral formalizado) ni entre las desocupadas (sin vínculo laboral estable, pero buscaron tenerlo). Los hombres en esa condición son 2 de cada 10, aproximadamente.

Esa mitad de mujeres en edad laboral, según la legislación cubana, no trabajan. Según las estadísticas, no están económicamente activas. Según el discurso político, no se incluyen en sectores productivos. Según una parte del sentido común, son solo “amas de casa”.

Es probable que un número desconocido –pero grande– de ellas sea el sostén cotidiano de la fábrica social que son sus hogares: buscan y elaboran los alimentos, consiguen productos de primera necesidad, multiplican los panes y los peces en situación de escasez creciente y encarecimiento de la vida, se encargan de hijos, hijas, personas enfermas y dependientes en general, planifican la economía doméstica, las tareas de los otros, la limpieza y muchas otras cosas. Muchas de ellas también «luchan» en la economía informal. Pero según las estadísticas, ellas “no producen ni trabajan”.

La otra mitad, las que supuestamente sí son productivas, además de su trabajo por salario o sus ingresos por autoempleo, dedican ingentes horas a esas mismas actividades en la casa («donde nunca se acaba»). “Doble jornada femenina” es la etiqueta, el eufemismo, que se utiliza para denominar esta circunstancia.

Si trabajan en el sector estatal y son jefas de hogar (en 2030 más del 50 por ciento de los hogares cubanos estarán encabezados por una mujer), sus ingresos serán del todo insuficientes , y solo podrán “complementarlos” con el trabajo que no le pagarán: el cuidado de los otros.

Si trabajan en el sector privado, serán menos proclives a contratación y más a quedar “disponibles”. Así le pasó a Suzel, una cuentapropista de 27 años, embarazada. No la despidieron, pero su trabajo duró hasta que estuvo a punto de dar a luz. No hubo renovación del contrato. No tuvo licencia de maternidad.

Según una encuesta nacional realizada en 2002, cuando se cuentan las actividades cotidianas en el hogar, las cubanas dedican el 71 por ciento de sus horas laborales al trabajo doméstico no remunerado. Por cada 100 horas que trabajan los hombres, las mujeres trabajan 120, muchas veces realizando simultáneamente distintas actividades de cuidados.

Según esa misma encuesta, el aporte de los servicios domésticos y de cuidado no remunerados al Producto Interno Bruto (PIB) nacional era de casi el 20 por ciento, superior a la industria manufacturera de ese momento.

La próxima noticia que tendremos al respecto la traerán los resultados de una Encuesta Nacional sobre Igualdad de Género realizada por el Centro de Estudios de la Mujer y la Oficina Nacional de Estadísticas en 2016. En 2018 aún desconocemos los resultados íntegros, pero conocemos algunos; pocos, pero suficientes para avisar lo que viene: las mujeres continúan siendo las que dedican notablemente más tiempo al trabajo doméstico no remunerado. Las mujeres adultas, por ejemplo, lo hacen un promedio de 38,38 horas semanales: considerablemente más tiempo que sus compañeros, en caso de que vivan hombres en el hogar.

En otros países de la región se realizan encuestas sistemáticas de uso del tiempo. Ellas permiten contabilizar el aporte del trabajo no remunerado a las economías nacionales. Al hacerlo, se cambia el lente político sobre la sociedad que se tiene y la que se quiere.

Si se admite que el trabajo impago de cuidados y para la reproducción de la vida aporta –digamos hipotéticamente– el 12 por ciento del PIB de un país, hay que empezar a considerar cambios en las políticas públicas.

Para empezar, habría que reconocer que quienes lo hacen, trabajan. No trabajan en el mercado laboral (estatal o no estatal), no trabajan por salario, pero trabajan. Y no solo trabajan, sino que aportan a la economía nacional: producen fuerza de trabajo, reproducen la vida allí donde el Estado ha retrocedido como satisfactor de necesidades sociales, y donde el mercado excluye a la mayoría.

En Cuba, cuando no hay cupo para el círculo infantil, siempre hay una mujer que cuida. Cuando hay alguien dependiente de la tercera edad en el hogar, como norma, una mujer se hace cargo. Cuando esa mujer enferma, generalmente otra mujer la cuida.

¿Deben las “amas de casa” tener acceso a jubilación? ¿Deben las mujeres que han cuidado a los hijos, hijas y ancianos a lo largo de su vida tener derecho a compensación en caso de divorcio, por ejemplo? ¿Deben existir leyes, normas, que obliguen a los hombres a compartir el trabajo de cuidados no remunerado en los hogares? Esas preguntas no tienen una sola respuesta, pero tiene sentido hacerlas, pensarlas, discutirlas. Y hacerlo intencionadamente ahora que vamos a discutir cómo queremos que quede nuestra Constitución.

Los “Lineamientos Económicos y Sociales del Partido y la Revolución” (2011) reconocieron que el trabajo de cuidados es central en Cuba. El lineamiento 144 advirtió la necesidad a “enfrentar” el envejecimiento poblacional. En efecto, hoy el 20,1 por ciento de la población cubana tiene 60 años o más. Después de los 75 años el riesgo de demencia, por ejemplo, es de 30 por ciento. Su cuidado es uno de los mayores desafíos para la sociedad cubana en el corto plazo.

Sin embargo, los mismos Lineamientos determinan que quienes tengan familia con capacidad para ayudarlos, dejarán de recibir la asistencia. El sistema público de cuidados tiene capacidad insuficiente. Las familias deben encargarse. Las mujeres se encargarán. Pero ellas “no trabajan”, no acumulan jubilación, no se les reconoce como trabajadoras.

María Elena fue cañera –la primera en Cuba–, vanguardia nacional, 55 años. Madre de una hija y abuela de dos nietos. Tuvo que dejar su trabajo para cuidar a su madre demasiado mayor. No tenía la edad requerida de jubilación. No recibe pensión.

Esperanza fue maestra ejemplar por más de dos décadas. Madre de dos hijos que la acompañaban a sus clases nocturnas para alcanzar el título de Licenciada. Cuidadora a tiempo completo por 11 y 15 años respectivamente de su madre y su padre. Pudo jubilarse con una pensión de 200 CUP (8 dólares) que no le alcanzan siquiera para lo básico.

Yudith, de 37 años, sí ha podido seguir trabajando aunque es madre de cuatro hijos en Yateras, Granma. Ha podido hacerlo porque “contaba con (su) mamá”, otra mujer en edad laboral en la “retaguardia”. Si no estuviera su mamá, tendría que pagar 150 CUP por cada niño, que es lo que cuesta el círculo privado más cercano. No podría seguir trabajando.

¿Cuántas veces hemos sido ellas o escuchado hablar de las Yudith, María Elena, Esperanza, Suzel?

El asunto ha sido parte de la agenda política de primer orden en otros países. En Ecuador, por ejemplo, la Constitución reconoce el trabajo no remunerado de esta forma: 

Art. 333.- Se reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de autosustento y cuidado humano que se realiza en los hogares.

El Estado promoverá un régimen laboral que funcione en armonía con las necesidades del cuidado humano, que facilite servicios, infraestructura y horarios de trabajo adecuados; de manera especial, proveerá servicios de cuidado infantil, de atención a las personas con discapacidad y otros necesarios para que las personas trabajadoras puedan desempeñar sus actividades laborales; e impulsará la corresponsabilidad y reciprocidad de hombres y mujeres en el trabajo doméstico y en las obligaciones familiares.

La protección de la seguridad social se extenderá de manera progresiva a las personas que tengan a su cargo el trabajo familiar no remunerado en el hogar, conforme a las condiciones generales del sistema y la ley.

Así, la Constitución ecuatoriana reconoce que los cuidados no remunerados son también trabajo, lo vincula al régimen de seguridad social, y acredita que el trabajo asalariado no puede estar de espaldas al aseguramiento de la vida.

En el Anteproyecto de la nueva Constitución de la República de Cuba solo se reconoce el trabajo en su forma pagada. Los artículos del 75 al 80 se ocupan de ello. Refrendan el derecho al trabajo y al trabajo digno. Aseguran el mismo salario por igual trabajo a todas las personas. Prohíben el trabajo infantil. Regulan el derecho al descanso, a la seguridad social y a la protección. Esos principios son imprescindibles.

Pudieran añadirse otros, también imprescindibles. Entre ellos: reconocer al ejército de personas –en su mayoría mujeres– que trabajan de forma no remunerada y sostienen al país, los hogares, las familias; obligar a los regímenes laborales (en todos los mercados de trabajo) a comprometerse con las necesidades sociales y humanas de cuidado; elevar a rango constitucional la promoción de la equidad en los cuidados.

Luego, la Constitución tendría que asegurar una ley que regule licencias intransferibles para hombres y mujeres para el ejercicio del cuidado, mecanismos institucionales de protección de quienes realizan trabajo no remunerado a tiempo completo, y muchas más propuestas que de seguro emergerán para bien, al menos, del 50 por ciento de la población cubana.

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