EEUU “permite” envío de ayuda humanitaria a Cuba por el coronavirus

La decisión no levanta el embargo económico, solo permite la aplicación de las regulaciones de emergencia en tiempos de catástrofe sanitaria.

La Calle Obispo durante el coronavirus. Foto: Otmaro Rodríguez.

La Calle Obispo durante el coronavirus. Foto: Otmaro Rodríguez.

A partir de la situación de emergencia por el Covid-19, la conocida pandemia del coronavirus, el gobierno de Estados Unidos ha confirmado la vigencia de las excepciones al embargo económico a Cuba ya previstas en la ley para ser aplicadas en la compra o donación de material clínico, incluyendo el envío de remesas y de infraestructura de salud también a cinco países bajo sanciones suyas.

“Estados Unidos se encuentra comprometido en garantizar que la asistencia humanitaria siga llegando a las poblaciones en riesgo en todo el mundo mediante canales legítimos y transparentes para luchar contra el coronavirus de 2019 (Covid-19). Los programas de sanciones administrados por la Oficina de Control de Activos Extranjeros [OFAC, por sus siglas en inglés] de un modo general permiten el comercio humanitario legítimo, la asistencia o las actividades en el marco de las leyes y regulaciones existentes”, afirma un comunicado del Departamento del Tesoro publicado este jueves.

Según la nota, la OFAC insta a los interesados en facilitar esta asistencia durante la pandemia a aprovechar las exenciones a la sanciones, excepciones y permisos relacionados con la asistencia humanitaria y el comercio, incluidos en muchos de los programas de sanciones. “En caso de que individuos, gobiernos o entidades objeto de las sanciones enfrenten algunos retos, tengan preguntas relacionadas con la entrega de asistencia humanitaria a países sancionados o crean que necesitan autorizaciones adicionales, la OFAC se encuentra lista para orientar y responder a los pedidos de licencias especificas”, enfatiza el gobierno.

Esta aclaración incluye a Cuba, Corea del Norte, Irán, Siria y Venezuela, además de Ucrania y Rusia en lo relacionado con el diferendo entre los dos países, surgido por el conflicto fronterizo.

Este comunicado no representa una suavización de las sanciones económicas, sino que Washington reafirma su disposición a aflojarlas en tiempos de emergencia, y pasa a informar la serie de excepciones que pueden ser aprovechadas tanto por entidades públicas como privadas. Denota qué regulaciones hay que apelar y a qué licencias se debe aplicar.

Hay licencias generales, otras que deben ser usadas caso a caso. Se admite también utilizar aquellas licencias que no tienen excepciones, pero que se pueden crear si el producto a exportar es de necesidad clínica e inherente a la ayuda de emergencia que se quiere  enviar.

“El embargo a Cuba tiene como objetivo el régimen comunista cubano, que durante décadas ha oprimido al pueblo cubano y fracasado en entregarle sus necesidades más básicas. Aunque el embargo a Cuba sigue manteniéndose y muchas de las transacciones entre Estados Unidos o individuos bajo jurisdicción estadounidense y Cuba siguen prohibidas, la OFAC dispone de varias licencias generales de modo de permitir ayuda humanitaria y asistencia al pueblo cubano”, afirma el comunicado del Departamento de Tesoro.

De cualquier modo, aunque la gestión de esas exportaciones excepcionales se hacen mediante la OFAC, primero deben pasar por el Departamento de Comercio como entidad que regula las exportaciones en tiempos normales. Las aeronaves o embarcaciones que procedan al trasiego de las mercancías deberán registrarse con las autoridades, aunque la carga de por sí ya se encuentre incluida en la licencia general.

“El documento no ofrece grandes esperanzas. Dicen que no pueden cambiar la política, pero están dispuestos a aplicarla de una forma flexible. Responde a las presiones [internacionales] en un momento en que se cuestionan las sanciones durante esta pandemia”, explica a OnCuba el académico Arturo López-Levy.

En su opinión, el Departamento del Tesoro se refiere exclusivamente a las sanciones primarias, las transacciones norteamericanas directas con Cuba, y no incluye las secundarias, las de terceros países por sus tratos comerciales con la isla, que no pueden ser flexibilizadas. “Definitivamente no quieren desmontar las sanciones primarias, pero dicen que pueden flexibilizarlas. Esto da una idea muy tenue de que es posible que actúen más en esta dirección, aunque lo más probable es que no”, dijo López-Levy.

Aunque puede parecer una flexibilización, realmente no lo es –subraya–, entre otras razones porque esto no cambia la esencia del embargo ni afecta las sanciones secundarias, que son las que se aplican a terceros países cuyas empresas necesitan inscribirse en Estados Unidos para poder  obtener una licencia para negociar con la isla, tanto por la moneda usada como por el medio de transporte. Como se sabe, los barcos o aviones que viajan a Cuba sin permiso de entrar concedido por Estados Unidos quedan impedidos de entrar al países durante los seis meses siguientes.

En resumen, durante esta crisis Estados Unidos manifiesta la disposición de flexibilizar las sanciones primarias pero no toca en las secundarias.

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