Criterios ciudadanos consiguen cambios y replanteos en proyecto de ley migratoria

La norma será sometida a la aprobación parlamentaria el próximo 19 de julio en medio de una vorágine de otras sanciones normativas y fiscalizaciones de leyes, entre ellas la controvertida de Soberanía Alimentaria y Nutricional que debe operar en un escenario de severas privaciones.

Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Radio Revolución

Un aluvión de criterios y opiniones de la ciudadanía expresados en redes sociales o vehiculados por canales digitales lograron que el Estado reformulara algunos términos del proyecto de Ley Migratoria, entre ellos las exigencias para adquirir la categoría de residencia efectiva.  

La normativa será discutida y presumiblemente aprobada durante el tercer período ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en su X Legislatura, que tendrá lugar en La Habana a partir del miércoles 17 de julio  y hasta el sábado 20 de julio.

Antes de las sesiones plenarias, los días 15 y 16 de julio,  unos 90 temas serán puestos bajo la lupa por las 11  comisiones permanentes del parlamento, entre ellos la esperada ley de la empresa estatal socialista, un sector al que se le reserva un papel estratégico en el sostenimiento del socialismo en la isla.  

La norma migratoria será sometida a debate el día 19, junto con las leyes de Procedimiento Administrativo y de Condecoraciones y Títulos. Al día siguiente, el 20, se realizarán los análisis de los proyectos de ley de Ciudadanía y de Extranjería.

El caudal de percepciones públicas motivó una nueva versión de la ley migratoria, que “ya está en proceso de reimpresión y discusión para los diputados”, anunció  José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la ANPP en la Mesa Redonda del jueves, que fue versionada por el sitio Cubadebate

“Fue la ley más debatida por los diputados. Ahí se produjeron 55 intervenciones”, refirió Toledo Santander al aludir a una reunión de cinco horas sostenida el pasado 25 de junio, en la que no sobró tiempo para discutir aspectos del proyecto de ley de Ciudadanía.

Residencia efectiva

Uno de los asuntos más examinados por los diputados fue el tema de la residencia efectiva  desde el punto de vista migratorio.

“La ley va a ser precisa en aclarar, que puede ser que la persona no viva los tiempos que definitivamente se establezcan, ha vivido esporádicamente en el país distintos momentos, pero en ese tiempo que se establezca del año natural, esos tiempos acumulan una permanencia”, explicó el letrado.

Asimismo, abundó que serán tomados en cuenta “otras manifestaciones de las personas de tener arraigo con el país”, entre ellas,  si mantiene un domicilio y una familia, si cumple con obligaciones fiscales y si está vinculada a alguna de las organizaciones del país, etcétera.

“O sea, hay una expresión de que la persona  tiene arraigo en la Nación, y entonces eso le permite también solicitar la residencia efectiva”, abundó el legislador.

Igualmente, en la reformulación del proyecto quedó asentado “que una vez adquirida la residencia efectiva, si la persona conserva las condiciones bajo las cuales le fue otorgada ya la mantiene y no tiene que hacer más ningún cambio y es inalterable”.

De igual manera, quedó salvada otra de las preocupaciones de la ciudadanía que tuvieron vocería en los diputados.

Se trata de aquellos  ciudadanos cubanos residentes en el territorio nacional, que por razones de trabajo, salud, estudio u otras causas de similar naturaleza permanezcan fuera del país por un tiempo prolongado. En ese caso, mantienen esa condición cuando así lo acrediten ante la autoridad migratoria, aseguró Toledo Santander.

“Y del mismo modo –recalcó el jurisconsulto– en cuanto a los bienes de la propiedad, que también es un tema que se ha manipulado mucho en redes, y se ha tergiversado, se decidió poner un artículo donde quede bien claro que las personas ciudadanas cubanas residentes en el exterior, en correspondencia con el artículo 58 de la Constitución de la República, tienen derecho al uso, disfrute y libre disposición de los bienes de su propiedad establecidos en el territorio nacional, de conformidad con lo que la ley en tal sentido expresa”.  

Ley de Migración: “La participación popular tendrá impacto directo en la versión final”

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

En el paquete legislativo del período estival del parlamento, será abordado también el proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, redactado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA).

“Este proyecto busca un equilibrio entre el mandato constitucional referido en el Artículo 53 -sobre el derecho a recibir del Estado información de calidad- y la necesaria protección de la seguridad nacional”, dijo Adianez Taboada Zamora, viceministra del CITMA.

Para elaborar el cuerpo de la norma se  recogieron 517 criterios emitidos en las consultas, al tiempo que para su elaboración se tuvo en cuenta el modelo de ley propuesto por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ( Unesco).

A nivel mundial, operan 123 leyes de transparencia y acceso a la información; en América Latina, 33 y en el Caribe, 28.

El proyecto tiene como finalidad regular, controlar y promover la cultura de la transparencia en la gestión pública, en un país donde tradicionalmente las instituciones son reacias a proporcionar información a la ciudadanía y a la propia prensa oficial, de ahí el término del síndrome del misterio, acuñado por la vox populi.   

Conceptualmente, se considera información pública aquella que generan o custodian los sujetos obligados en el ejercicio de sus funciones públicas, así como las personas naturales y jurídicas que reciben financiamiento u otros fondos públicos, contenida en documentos, grabados o registrados, en diversos formatos y cualquier tipo de soporte.

Según el proyecto de ley, los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública y se establecen mecanismos para facilitar ese acceso, así como los plazos de respuesta de las instituciones.

Justo para viabilizar el acceso, se estipula un mínimo de información que debe estar transparentada, lo que evita la burocratización de una solicitud si está orientada hacia esa área desclasificada.

Entre las excepciones del derecho de acceso a la información pública destaca lo que pueda incluir un daño, peligro, afectación o violación para la seguridad nacional, los datos personales, procedimientos jurídicos o administrativos, los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad de datos comerciales, la integridad física o moral de las personas y el medio ambiente.

Una novedad: Ley de Procedimiento Administrativo

Luego de tres años de trabajo en su redacción y sin tener antecedentes técnicos en el país con las características abarcadoras de la nueva norma, se someterá al escrutinio parlamentario el proyecto de Ley de Procedimiento Administrativo.

La norma regulará los procederes de la administración, y parte de la necesidad de estandarizar procedimientos de muy diversa índole,  comentó Andry Mantilla Correa, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

El académico afirmó en el programa Mesa Redonda que se trata de un proyecto extenso y complejo, también elaborado a partir de los aportes colectivos de la experiencia ciudadana, y “de cara a la eficacia del Estado y al fortalecimiento de la institucionalidad”.

“Coloca los derechos y deberes de las personas frente a la administración pública y establece consecuencias jurídicas. Se tuvieron en cuenta 187 opiniones para elaborar la norma”, contabilizó.

De acuerdo con Mantilla Correa, la legislación deberá “mejorar las prácticas administrativas”, al tiempo que reconoce ”a las personas en situación de vulnerabilidad y ofrece la posibilidad de responder a expectativas que los ciudadanos tienen y no siempre las administraciones cumplen”.

Salir de la versión móvil