Cuba: entran en vigor normativas sobre micro, pequeñas y medianas empresas

Las nuevas normas sobre Mipymes mantienen la prohibición de emprender negocios en unas 112 actividades para el sector privado y cooperativo.

Restaurante privados ofertan ventas de comida para llevar. Foto: Otmaro Rodríguez.

Restaurantes privados ofertan comida para llevar. Foto: Otmaro Rodríguez/Archivo OnCuba.

Este lunes entró en vigor un paquete de normativas que legaliza la creación de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en Cuba, además de establecer cambios en el funcionamiento de las cooperativas no agropecuarias (CNA) y del trabajo por cuenta propia en la Isla.

Las nuevas normas mantienen la prohibición de emprender negocios en unas 112 actividades para el sector privado y cooperativo, de acuerdo con un reporte de Cubadebate.

Cuba hace pública la normativa que rige las Mipymes

El decreto-ley 46 publicado en la Gaceta Oficial establece que las Mipymes son unidades económicas con personalidad jurídica, que poseen dimensiones y características propias, y que tienen como objeto desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad.

Ese tipo de empresas, ya sean estatales, privadas o mixtas (unión de las dos primeras), se diferencian en las leyes cubanas de acuerdo a la cantidad de personas que las integran.

Las microempresas serán conformadas por una y hasta 10 trabajadores, mientras las pequeñas son integradas por 11 y hasta 35, y a partir de esa cifra se consideran medianas empresas, que no deben exceder los 100 trabajadores.

La normativa, que impide a las personas naturales ser socios en más de una Mipyme, “no parece favorecer la función de los inversionistas, hay indeterminación respecto a la posible asociación de PYMES privadas y capital extranjero, y ofrece un tratamiento asimétrico a actores privados y estatales”, según el economista cubano Pedro Monreal.

A través de su cuenta de Twitter, el experto opinó que “la definición de la forma de sociedad de responsabilidad limitada (SRL) como único tipo societario de las PYMES, imposibilita la adopción de la forma de sociedad anónima (SA) que pudiera ser más flexible para incentivar a posibles inversionistas”.

En cuanto a las cooperativas no agropecuarias, las nuevas normas eliminan el reglamento y las restricciones como el número de socios y el alcance territorial, indica Cubadebate.

Habemus normas. Tendremos MPyMEs

Asimismo, el Decreto-Ley 44 establece importantes cambios al trabajo por cuenta propia, al definir a sus titulares como trabajadores autónomos, que además podrán contratar hasta tres empleados.

En Cuba hay unas 602 000 licencias de trabajo por cuenta propia en la actualidad, y a partir de las nuevas disposiciones muchos titulares deberán convertir su negocio en Mipymes o CNA, añade la fuente.

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