Cuba establece procedimiento de licitación de locales estatales para trabajadores privados

Publicada en la Gaceta Oficial N. 31, la Resolución 48 del MINCIN establece que mediante la licitación “se concede el uso y disfrute del inmueble en arrendamiento y la venta o arrendamiento de bienes muebles”, a los titulares de formas de gestión no estatales.

Foto: Otmaro Rodríguez/Archivo OnCuba.

Foto: Otmaro Rodríguez/Archivo OnCuba.

El Ministerio de Comercio Interior cubano (MINCIN) estableció un procedimiento para licitar locales estatales y arrendarlos a trabajadores por cuenta propia y cooperativas del sector de la gastronomía, el comercio y los servicios. 

Publicada en la Gaceta Oficial N. 31, la Resolución 48 del MINCIN establece que mediante la licitación “se concede el uso y disfrute del inmueble en arrendamiento y la venta o arrendamiento de bienes muebles”, a los titulares de formas de gestión no estatales, informó Cubadebate.

Según la norma, ese proceso deberá regirse “por los principios de transparencia, igualdad y publicidad”, y contará con la participación de los trabajadores de la unidad a arrendar, los trabajadores por cuenta propia o personas naturales residentes en Cuba que soliciten gestionar el local, y las cooperativas no agropecuarias de las actividades de gastronomía, comercio y servicios interesadas en el arrendamiento.

La resolución ahora publicada también establece que para la licitación se tendrá en cuenta tanto la existencia de establecimientos con o sin actividad comercial, como la demanda de locales para el ejercicio del trabajo por cuenta propia en las actividades gastronómica y de servicios.

Precisa que el titular al que se le otorgue la licitación –que deberá desarrollarse en un término de 30 días hábiles— asume a los trabajadores que laboran en esa unidad, si aceptan trabajar como cuentapropistas o asociarse en una cooperativa no agropecuaria, de acuerdo con la fuente.

El procedimiento impide que una persona solicite un establecimiento en una provincia distinta a la de su residencia.

Asimismo, excluye a quienes hayan “cometido fraude o engaño en proceso de licitación anterior” y a “sancionados por delitos contra la economía nacional o los derechos patrimoniales, y que no estén rehabilitados y reinsertados en la sociedad, o que posean una prohibición de ejercer una actividad u oficio que esté relacionada con el comercio interior u otra forma de actividad económica”.

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El proceso de licitación se realiza previa convocatoria que acuerda el Consejo de Dirección de la entidad estatal que administra el establecimiento, indica la normativa.

La resolución establece, además, que “para la decisión de la adjudicación de la licitación la comisión propone al Consejo de Dirección, entre las ofertas, aquella que asegure las mejores condiciones de precio, calidad, preparación técnica profesional, financiamiento y recuperación del establecimiento y los servicios identificativos de este, además del resultado de la revisión de los documentos, en correspondencia con la actividad que se realice”.

Como parte de sus reformas económicas, el gobierno cubano ha dado mayor espacio al sector no estatal, con medidas como la ampliación de las actividades permitidas a los privados y el establecimiento de algunas facilidades para su labor. No obstante, todavía persisten limitaciones y controversias al respecto, al tiempo que las autoridades han ratificado el protagonismo de las empresas estatales en la economía de la Isla.

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