Cuba: más de 1.200 coleros han sido procesados desde marzo

“Colero”, en la definición particular de Cuba, es la persona que —para obtener beneficios económicos— se dedica a organizar las filas para adquirir productos en una tienda o cualquier otro establecimiento.

Calle Villegas y O´REILLY, Habana Vieja. Colas para comprar alimentos en La Habana. Foto: Otmaro Rodríguez

Alrededor de 1285 “coleros” han sido procesados en Cuba desde el inicio de la pandemia de COVID-19, en marzo, por delitos relacionados con actividad económica ilícita, desobediencia, acaparamiento y propagación de epidemias, informaron medios estatales.

En este tiempo ha habido un notable incremento de las colas debido a la carencia de productos esenciales, derivada de la grave crisis económica experimentada por Cuba y agudizada ahora por la pandemia. 

“Colero”, en la definición particular de Cuba, es la persona que —para obtener beneficios económicos— se dedica a organizar las filas de quienes desean adquirir productos en una tienda o cualquier otro establecimiento.

Una aplicación móvil para “controlar” las colas en Cuba

 

De acuerdo con el presidente de la sala de lo penal de Tribunal Supremo Popular, Magistrado Otto. E. Molina, “las tipicidades delictivas en las que incurren los denominados “coleros” están previstas en el Código Penal, pues estos delitos influyen en el desabastecimiento de los comercios y provocan una alteración en la correcta distribución de los productos, lo cual deriva en que no lleguen a las personas todas las mercancías necesarias para satisfacer sus necesidades”.

Molina explica que el artículo 228.1 del Código prevé que quien, con ánimo de lucro, realice alguna actividad de producción, transformación, venta de mercancía o prestación de un servicio sin la debida licencia, puede ser sancionado desde 3 meses a 1 año de privación de libertad; con multas de 100 a 300 cuotas, o ambas con ambas medidas.

Asimismo, “si la persona adquiere los productos con el propósito de revenderlo, estaría incurriendo en el delito de especulación previsto en el artículo 230 inciso A, del Código Penal”, según el experto.

Otro de los delitos relacionados con esa actividad es el de acaparamiento, cuando la persona intenta comprar productos para uso propio, pero en cantidades injustificadas acorde a sus necesidades normales, expone el magistrado.

Del total de coleros sancionados en la Isla, 453 recibieron medidas profilácticas, 634 fueron multados y 280 estuvieron acusados por los delitos de actividad económica ilícita, desobediencia, acaparamiento y propagación de epidemias, de acuerdo con un reporte publicado en su sitio web por el Ministerio del Interior cubano (Minint). 

La nota del Minint detalla que el 85% de las 1367 acciones de enfrentamiento realizadas en La Habana contra este tipo de actividad se concentró en los municipios Centro Habana, Playa, Plaza, Diez de Octubre, Habana Vieja, Boyeros y San Miguel del Padrón.

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