Cuba: nuevo Instituto de Información y Comunicación Social sustituye al ICRT

La nueva entidad, según el Decreto-Ley 41 publicado este martes, "tiene la misión de conducir y controlar la Política de la Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubano; proponer su perfeccionamiento, así como contribuir a fomentar la cultura del diálogo y el consenso en la sociedad cubana".

Edificio del Instituto Cubano de Radio y Televisión (ICRT), en la céntrica calle 23 de La Habana. Foto: Archivo.

Edificio del Instituto Cubano de Radio y Televisión (ICRT), en la céntrica calle 23 de La Habana. Foto: Archivo.

Un nuevo Instituto de Información y Comunicación Social sustituirá desde este martes en Cuba al hasta ahora existente Instituto Cubano de Radio y Televisión (ICRT).

El surgimiento de la nueva entidad fue dispuesto en el Decreto-Ley 41/2021 publicado este martes en la Gaceta Oficial, cuya entrada en vigor coincide con la propia publicación. 

El Decreto-Ley tiene apenas dos artículos, los cuales disponen la extinción del ICRT como Organismo de la Administración Central del Estado y la creación en su lugar del Instituto de Información y Comunicación Social. Este paso se debe a “la ausencia de un organismo que conduzca y controle el sistema de comunicación social para fortalecer la institucionalidad del país”.

Ante el cambio de la entidad rectora de la comunicación en la Isla, la norma establece que “todas las menciones que en la legislación vigente se hacen respecto a las funciones del Instituto Cubano de Radio y Televisión, se entienden referidas al Instituto de Información y Comunicación Social que por el presente Decreto-Ley se crea”.

El nuevo instituto, según la normativa, “tiene la misión de conducir y controlar la Política de la Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubano; proponer su perfeccionamiento, así como contribuir a fomentar la cultura del diálogo y el consenso en la sociedad cubana”.

Esta política, aprobada en 2018 por las autoridades cubanas, aun cuando reconoce a la información, la comunicación y el conocimiento como un bien público y un derecho ciudadano, ha sido motivo de críticas y controversias por sus preceptos y objetivos, entre los que se deja claro que “el Partido Comunista de Cuba (PCC) es el rector de la comunicación social en el país, traza la política general para su desarrollo y ejerce su control”.

Además, reitera que “la radio, la televisión, la prensa impresa y otros medios de comunicación masiva así como las plataformas tecnológicas empleadas por estos, son de propiedad estatal o social, según las regulaciones que se establezcan, y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada”.

Faltan por conocer, no obstante, las funciones específicas, estructura y composición del nuevo instituto, las que según el Decreto-Ley, serán establecidas por el Consejo de Ministros “dentro de los treinta días posteriores a la fecha de entrada en vigor” de dicha norma. O sea, de este martes.

La creación del Instituto de Información y Comunicación Social tiene lugar a pocos días de la publicación de polémicas normas sobre telecomunicaciones y ciberseguridad. Las mismas confirman al Estado cubano como “titular de los servicios públicos” de este sector con “la facultad de regular, ordenar, controlar y fiscalizar los diferentes servicios y redes”, tipifica posibles “incidentes” en esta esfera y define su nivel de peligrosidad, lo que ha sido visto por opositores y analistas independientes como un instrumento para incrementar el control gubernamental sobre las comunicaciones, en particular en internet.

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En la propia Gaceta Oficial de este martes —la número 96 Ordinaria de 2021— fue publicado el Decreto-Ley 42 que establece la extinción del Instituto de Planificación Física y la creación en su lugar del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo como organismo de la Administración Central del Estado.

Este tendrá “la misión de proponer la política del Estado y del Gobierno en materia de ordenamiento territorial, urbanismo, su gestión, los aspectos de diseño y la arquitectura relacionadas con el urbanismo, el catastro, y una vez aprobada, dirigir y controlar su aplicación, así como ejercer el papel rector en el enfrentamiento a las ilegalidades en el ámbito de su competencia”, según dispone la normativa.

Pero, a diferencia del anterior, la entrada en vigor de este Decreto-Ley será “a partir de los treinta días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial”.

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