38 pesos: precio máximo del litro de leche en el nuevo contrato de comercialización para 2025

Una resolución del Ministerio de la Agricultura pretende respaldar el plan de la economía e incrementar la oferta por la vía estatal con un mayor control de la contratación, el comercio y la bancarización de los productores privados.

Foto: René Pérez Massola / Trabajadores / Archivo.

Foto: René Pérez Massola / Trabajadores / Archivo.

38 pesos será el máximo precio a pagar por el Estado cubano para el litro de leche de máxima calidad, unos 31 centavos de dólar al cambio oficial.

En el mercado de las mipymes un kilo de leche en polvo, que promedia siete litros de leche fluida, tiene un precio topado actual de 1 675 pesos por kilogramo (13,84 USD) , por lo que un litro estaría rozando los 2 USD.

La cifra de 38 pesos aparece codificada en un paquete de normas que entrarán en vigor a partir del próximo año mediante la Resolución 275/2024, del Ministerio de la Agricultura, para organizar y controlar la comercialización de bienes agropecuarios, forestales y tabacaleros, que acaba de ser publicada en la Gaceta Oficial de la República.

En cuanto al acarreo y el enfriamiento de la leche, debe pactarse su precio en el contrato por acuerdo entre las partes. El mismo se comenzará a pagar a partir de un kilómetro de distancia.

La entrega de leche al circuito de la industria y el comercio estatales será de 87 % de la producción y el sobrecumplimiento de la entrega de la leche vacuna solo tendrá como destino las empresas del Ministerio de la Industria Alimentaria (MINAL), específicamente el Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria (GEIA), y se pactará a precios únicos para todo el país.

Por su parte, la cooperativa agropecuaria certificará la relación de los productores con sobrecumplimiento mensual y notificará de ello a la empresa láctea para, presumiblemente, evitar subdeclaraciones posteriores, de acuerdo con la norma.

En los casos de los productores agropecuarios que no puedan entregar leche fresca y sean aprobados en la comisión municipal de la leche, se contratará el potencial productivo en forma de queso. El precio de ese producto se pactará entre las partes, entre otras condiciones.

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Nuevos actores, el plan y la bancarización

El nuevo paquete deberá incorporar en el proceso de contratación a los nuevos actores económicos que realicen actividades productivas, transformadoras o comercializadoras de productos agropecuarios, forestales y tabacaleros.

Además, potenciar el controvertido proceso de bancarización de todas las operaciones, lo cual debe quedar consignado en el contrato, como una de las formas de pago.

El sector privado o no estatal, igualmente, estará obligado a fortalecer el funcionamiento de la empresa estatal socialista y de las cooperativas agropecuarias en la realización del proceso de contratación.

Según indica la normativa, la contratación de las producciones agropecuaria, forestal y tabacalera debe respaldar el plan estatal de la economía y permitir incrementar la oferta a todos los destinos por la vía del Estado.

A su vez, según señala el texto, las autoridades tendrán una herramienta más eficaz para “vincular la producción con el proceso de comercialización, en aras de ofrecer seguridad, trazabilidad, eficiencia y satisfacción a su demanda en los destinos finales”.

Prioridad del encargo estatal

El inciso f, por su parte, establece que las cooperativas agropecuarias contratarán las producciones pecuarias como la porcina, el ganado menor y las diferentes crianzas y las procedentes de los módulos pecuarios, con prioridad del encargo estatal.

Luego de satisfacer esa prioridad, entonces podrá atender el autoconsumo, ferias agropecuarias, puntos de venta de su propiedad u otros establecimientos de la red minorista existente en el país, en cualquiera de las monedas autorizadas.

Acota el documento que las “tierras de propiedad privada tienen una función social dada la especialidad de este bien inmueble, de manera que deben estar en óptimas condiciones productivas y sus titulares ser parte del proceso de contratación”.

Por otra parte, la resolución reconoce al sector cooperativo como un “actor esencial” para el desarrollo de la contratación, en plano de igualdad con el resto de los actores de la economía para la producción y comercialización de productos agropecuarios, forestales y tabacaleros.

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Contratación del 80 % del plan

En el caso de las producciones del sector que no tienen carácter exportable, ni destino a la industria y al balance alimentario municipal o las de arroz, frijoles, maíz, café, cacao, coco, leche, carne, plantas medicinales, flores y plantas ornamentales; se contrata no menos del 80 % del plan.

Para ello, se tomarán en cuenta los rendimientos agrícolas e indicadores productivos de referencia de cada localidad; las tecnologías empleadas y las especificaciones de calidad e inocuidad, según los documentos normativos para la compraventa mayorista o minorista, de estos productos para su comercialización en los diferentes destinos.

Sin embargo, están exentos de obedecer a la norma, salvo que así lo deseen, las personas naturales y jurídicas que sean propietarios de tierras y bienes agropecuarios cuya extensión sea menor de una hectárea y sus producciones estén destinadas al autoabastecimiento familiar.

Igualmente, quedan fuera del radio de acción de la medida, aquellos propietarios de tierras y bienes agropecuarios que arrendaron sus terrenos al Estado, y poseen áreas destinadas al autoabastecimiento familiar; y los usufructuarios de tierras destinadas al autoabastecimiento familiar, conocidos como los usufructuarios de los 6 cordeles.

También, los usufructuarios de tierras con áreas entre 800 y 2 500 metros cuadrados, destinadas al autoabastecimiento familiar y los usufructuarios de tierras que, por el grado de infestación o malezas de las tierras entregadas, están en término para limpiarlas y ponerlas en producción.

Observaciones críticas

En un hilo en la red social X, el economista cubano Pedro Monreal no tardó en apreciar que el paquete del Ministerio de Agricultura “pudiera ser el peor traspié de política económica en Cuba desde el ordenamiento”.

 “Se basa en el diagnóstico erróneo de que la contratación inadecuada es causa significativa de la débil capacidad de respuesta de oferta del agro”, apuntó.

Según el académico, la nueva resolución “invierte la dinámica de la conexión entre producción y distribución. En realidad, es el fallo de oferta derivado de la carencia de insumos e infraestructura, la baja inversión y mercados disfuncionales lo que origina problemas de contratación.”

El profesor e investigador agregó que “la contratación agropecuaria expresa la arrogante noción de que la planificación centralizada es más efectiva que el mercado para asegurar el cálculo económico (distribución racional de recursos). La norma es una variante de contratación forzada”.

“En su fabulación estatista, los planificadores pudieran estar aumentando la incertidumbre en el mayor segmento de actividad privada de Cuba, el cual no solamente es crucial para la seguridad alimentaria, sino también el mayor empleador del país”, concluyó Monreal.

Actualmente, Cuba importa más del 70 % de los alimentos que necesita, con un costo de más de 2 000 millones de dólares al año, a razón de 35 millones semanales, lo cual se ha convertido en un gasto insostenible junto con las erogaciones para cubrir las necesidades energéticas.

Leyes aprobadas como la de Soberanía y Seguridad Alimentarias son hasta el momento papel mojado y no ha podido cumplir con sus propósitos, según han reconocido las propias autoridades.

En diciembre pasado, una minuciosa fiscalización al Ministerio de Agricultura por una comisión de la Asamblea Nacional se topó con un montón de problemas irresueltos, algunos que datan desde los años 90, pero otros eran de actualidad.

La investigación de campo intercambió e inquirió información con cerca de 11 000 personas, incluidos unos 3 000 productores.

Descapitalización, indisciplinas, mala gestión y magras inversiones hablaron entonces de la decadencia —hasta ahora indetenible— de un asunto de seguridad nacional.

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