Gobierno cubano da a conocer polémica norma sobre ciberseguridad

La Resolución 105 "Modelo de Actuación Nacional para la respuesta a incidentes de ciberseguridad", publicada en la Gaceta Oficial No. 92, llega a un mes de las protestas antigubernamentales del pasado julio —articuladas y divulgadas en buena medida a través de las redes sociales—, lo que ha generado críticas y suspicacias sobre la misma. 

Un hombre revisa internet en su celular en La Habana, durante la pandemia de la COVID-19. Foto: Otmaro Rodríguez / Archivo OnCuba.

Un hombre revisa internet en su celular en La Habana, durante la pandemia de la COVID-19. Foto: Otmaro Rodríguez / Archivo OnCuba.

El Gobierno de Cuba dio a conocer este martes una nueva y polémica normativa de ciberseguridad, que tipifica posibles «incidentes» en esta esfera y define su nivel de peligrosidad, como parte de un paquete de normas sobre las Telecomunicaciones en la Isla.

La Resolución 105 «Modelo de Actuación Nacional para la respuesta a incidentes de ciberseguridad», publicada en la Gaceta Oficial No. 92, llega a un mes de las protestas antigubernamentales del pasado julio —articuladas y divulgadas en buena medida a través de las redes sociales—, lo que ha generado críticas y suspicacias sobre la misma. 

No obstante, el sitio oficial Cubadebate señala que se trata de «la ejecución de lo establecido en el Decreto 360/2019 que tiene carácter preventivo y alcance a toda la sociedad», y asegura que «habilita, a partir de deberes y derechos, la protección sin diferencias a los ciudadanos, la sociedad civil y las instituciones estatales y privadas de todo tipo».

Entre sus objetivos, añade la publicación, «está garantizar a través de la gestión de incidentes de ciberseguridad, la prevención, detección y respuesta oportuna ante posibles actividades enemigas, delictivas y nocivas que puedan ocurrir en el ciberespacio».

«Bajo esta nueva resolución, serán tipificados hechos que hasta el momento no tenían un respaldo legal en el país en el entorno de la red de redes como los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión», detalla la información oficial, según la cual en la primera categoría se encuentra «el eco mediático de noticias falsas, entendido como la divulgación de noticias falsas, mensajes ofensivos, difamación con impacto en el prestigio del país».

Historias des-conectadas

Por su parte, se contempla como difusión dañina «la difusión a través de las infraestructuras, plataformas o servicios de telecomunicaciones /TIC, de contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del estado, incite a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas».

De igual forma, define al ciberterrorismo, la ciberguerra, el fraude y la subversión social como «incidentes de agresión» con un nivel muy alto de peligrosidad. Dentro del primero engloba «acciones mediante el uso de las TIC cuya finalidad es subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo». 

También «alterar gravemente la paz pública», «desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional» y «provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella».

En la ciberguerra se incluyen «métodos de Guerra No Convencional» y otros para «justificar acciones políticas, económicas, subversivas o de injerencia», en tanto considera fraude toda «acción que resulta contraria a la verdad y a la rectitud que perjudica a personas e instituciones del Estado». Mientras, «pretender alterar el orden público» y «promover la indisciplina social» están contempladas dentro de la «subversión social».   

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Otras categorías tipificadas por la nueva resolución, con sus diferentes subcategorías y niveles de peligrosidad, tienen que ver con desastres naturales, daños físicos, incidentes contra la dignidad y la individualidad, comercialización ilegal, fallas técnicas y de infraestructura, programas malignos, ataques técnicos o de intrusión y compromiso de la información, entre otras.

Activistas, opositores, organizaciones no oficiales e internautas temen que la nueva normativa sea aplicada a discreción por el gobierno y sirva al mismo para acallar las voces disidentes en las redes y procesar a quienes critiquen al sistema cubano y sus dirigentes. En este sentido, ya han comenzado a publicarse en las propias redes sociales quejas y críticas a las autoridades de la Isla por la nueva normativa.

Además, en la Gaceta Oficial de este martes fueron publicadas otras normas que, según el Ministerio de las Comunicaciones, «actualiza» y «fortalece» el cuerpo legal de Cuba en estas temáticas. Entre estas se cuenta el Decreto-Ley No 35 de «las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico», que establece que «el estado cubano es titular de los servicios públicos de telecomunicaciones y tiene la facultad de regular, ordenar, controlar y fiscalizar los diferentes servicios y redes de telecomunicaciones/TIC; así como le corresponde otorgar el derecho a su explotación», apunta Cubadebate.

Finalmente, se incluyen en el paquete un grupo de reglamentos sobre las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el Espectro Radioeléctrico, el uso de los Servicios de Radiocomunicaciones por Satélites y el de Interconexión, Acceso e Instalaciones Esenciales de Redes de Telecomunicaciones.

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