Tribunales cubanos reanudan actividad judicial

Una instrucción del Tribunal Supremo Popular establece que se dará prioridad a los procesos penales en que los acusados permanezcan en prisión provisional, así como a los asuntos que presentan mayor tiempo en los tribunales.

Foto: @hacemos_cuba/Twitter/Archivo.

Foto: @hacemos_cuba/Twitter/Archivo.

Los tribunales cubanos reanudarán la actividad judicial de manera “gradual y progresiva” desde la primera fase de recuperación post COVID-19, de acuerdo con la Instrucción No. 254 del Tribunal Supremo Popular publicada en la Gaceta Oficial.

La instrucción establece que se dará prioridad a los procesos penales en que los acusados permanezcan en prisión provisional, así como a los asuntos que presentan mayor tiempo en los tribunales, informó la Agencia Cubana de Noticias.

Se procederá a tramitar los procesos judiciales de todas las materias, “con excepción de aquellos que no resulten posibles o pertinentes, debido a restricciones o situaciones relacionadas con el enfrentamiento a la actual pandemia”, indica la fuente.

Para evitar posibles contagios, la instrucción ordena el uso obligatorio del nasobuco o msacarilla para todos los trabajadores y demás personas que accedan y permanezcan en las sedes judiciales.

Asimismo, dispone que los actos judiciales se celebren en horarios escalonados, y enfatiza la necesidad del cumplimiento riguroso de las medidas de bioseguridad, cuyo monitoreo deja a cargo de los presidentes de los tribunales.

Cuba: notificaciones y otros trámites judiciales por vía digital

La Instrucción 254 indica que la tramitación de todos los procesos judiciales deben cumplir estrictamente con el acceso a la justicia, la tutela judicial efectiva, el debido proceso y los demás derechos y garantía establecidos en la Constitución y las leyes, actuando en cada caso con la racionalidad, diligencia y flexibilidad que ameriten las circunstancias.

Además, contempla que los tribunales de justicia pueden interrumpir la tramitación de los asuntos judiciales en los municipios donde las autoridades dispongan el retroceso a fases de transmisión autóctona limitada de la COVID-19, producto del empeoramiento de la situación epidemiológica.

Salir de la versión móvil