Cuba invita a la inversión extranjera

¿Qué busca el gobierno cubano al aprobar una nueva Ley de Inversión Extranjera? ¿Es un viraje significativo o una simple actualización del cuerpo legislativo? ¿La isla más grande del Caribe se abre sin restricciones al empresariado internacional?

Cuba no ha gozado de mucha aceptación entre los hombres de negocios y las transnacionales. Lo reconoció el propio ministro cubano de Comercio Exterior e Inversión Extranjera (IE), Rodrigo Malmierca, ante el Parlamento cubano, cuando aseguró que uno de los obstáculos para la aplicación de la nueva ley serían “los errores cometidos en el pasado en esta actividad”.

El repentino deseo de recibir entre 2 mil millones y 2 mil 500 millones de dólares anuales en financiamiento externo choca con esos antecedentes. Sin embargo, la nueva ley y el proceso de discusión que acompañó su aprobación, dan luces sobre la profundidad del cambio.

La primera señal de transformación está en los impuestos suprimidos para quienes se establezcan en la Isla: el de los ingresos personales, el aduanero, los impuestos sobre las utilidades (durante ocho años) y por la utilización de la fuerza de trabajo, así como la exoneración del pago del impuesto a la venta mayorista durante el primer año de operaciones (después de ese período tendría una bonificación del 50%).

Además, el Ministerio de Finanzas y Precios puede conceder exenciones totales o parciales de manera temporal o permanente a los inversores, previa consulta con el Consejo de Ministros.

Giro de 180°

Entre las novedades más mencionadas de la nueva Ley está la invitación explícita enviada hacia los empresarios cubanos dispersos por el mundo. Su presencia como inversionistas en Cuba nunca estuvo prohibida; pero hasta ahora ningún emigrado ha entablado negocios en la Isla.

“Un cubano que reside en el exterior y tiene una empresa seria, con experiencia, con capital suficiente para desarrollar un negocio, puede ser evaluado. No hay ninguna limitación para el capital de cubanos que residen en el exterior”, aseguró Déborah Rivas, directora general de Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX).

Otra prueba es la voluntad política de aceptar la futura existencia de empresas de capital totalmente extranjero, sin la presencia de inversores nacionales o del Estado cubano. Esta posibilidad existía en la ley anterior, pero nunca fue aprobado un proyecto con esas características.

Limitaciones

Los nuevos proyectos de inversión serán analizados caso a caso por una Comisión de Evaluación de Negocios con Inversión Extranjera, integrada por un grupo importante de Organismos de la Administración Central del Estado cubano y otras entidades gubernamentales.

Otro límite impopular que persiste son las agencias empleadoras. Los futuros inversores dependerán de estas para la contratación de la fuerza de trabajo que requieran.

A diferencia del marco anterior, estas agencias no tendrán un fin recaudatorio, sino simplemente brindarán un servicio de orientación. En el escenario precedente, esas entidades retenían una parte importante del salario de los trabajadores, que pasaba a las arcas del Estado.

El argumento gubernamental a favor de estas agencias, es el desconocimiento de los inversores acerca del país y su capital humano; así como el hecho de que estas garantizarán el respeto de los derechos laborales de los empleados cubanos, al exigir el cumplimiento del Código de Trabajo y de la Seguridad Social. “No podemos regalar nuestra fuerza de trabajo”, aseguró Rivas a un diario nacional, al ser interrogada sobre el tema.

El pago a los trabajadores contratados es otra de las potestades de las agencias empleadoras, pues negociarán el salario con la entidad inversionista. El monto a remunerar a los empleados es otro tema que no queda claro. El MINCEX afirma que su conformación partirá de consideraciones como el salario estipulado en la región latinoamericana y el salario promedio en Cuba.

Fuera de la Isla, la principal dificultad radicaría en la persecución por parte del gobierno de Estados Unidos a las operaciones financieras procedentes de Cuba. También se reconoce la situación de endeudamiento externo de Cuba y el déficit de la capacidad constructiva, que ya afecta a las inversiones que emprende el Estado cubano.

¿Y el cubano que no se fue?

Cuba abre su economía a empresarios venidos de fuera, pero no hace lo mismo con los potenciales emprendedores que se encuentran en su propio territorio. El profesor Jesús Arboleya comentó al respecto que “debido a prejuicios políticos, la ley cubana ni siquiera reconoce la existencia de pequeñas empresas privadas, por lo que estas formas de propiedad están metidas en el saco de los ‘trabajadores por cuenta propia’, sin reconocer sus especificidades”.

Sin embargo, no ha hecho falta aprobar una legislación para que estos reciban capital desde el extranjero. El protagonismo de los emigrados cubanos en el “cuentapropismo” es una realidad concreta. Desde sus países de residencia, otros cubanos financian los proyectos de sus familiares, amigos o socios en Cuba, una oportunidad surgida tras la apertura de los pequeños negocios en 2010.

Para Arboleya, esta situación supone una curiosa brecha al bloqueo, en el caso de los cubanoamericanos o emigrados a ese país, “una masiva rebelión contra sus medidas” complicando su implementación”.

Déborah Rivas señaló que la nueva Ley es exacta al definir los inversores potenciales como necesariamente personas jurídicas: entidades como empresas y cooperativas, no personas naturales. Sin embargo, aclaró que todos los cubanos que tienen la posibilidad están invirtiendo en el país, en el sector de trabajo por cuenta propia, incluidos capitales provenientes de las remesas, “eso no está prohibido”.

El cuentapropista cubano no tiene acceso a un mercado mayorista, solo puede trabajar en aquellas actividades previstas y legalizadas por el Estado, y está sometido a un régimen tributario progresivo en el que debe entregar la mitad de todos sus ingresos después de obtener 60 mil pesos cubanos (unos 2 mil 400 USD).

Una solución a los problemas nacionales

Para el gobierno de La Habana, la IE es una solución a una cadena de problemas que encara el país, desde la desaceleración económica hasta los desequilibrios demográficos. Igualmente, quienes llevan las riendas de la economía cubana han manifestado públicamente su deseo de imitar la relación con la IE que sostienen los llamados “procesos exitosos de desarrollo económico” refiriéndose a aquellos países con tasas de crecimiento por encima del cinco por ciento anual.

El objetivo es duplicar, y hasta triplicar, el porcentaje de crecimiento de la economía cubana, que para 2014 está previsto en el rango de 2,2.

Durante la sesión parlamentaria que aprobó la ley, Marino Murillo, vicepresidente del Gobierno y jefe de la comisión gubernamental al frente de la “actualización económica” proyectó todos los escenarios posibles para convencer a cada diputado presente en la Asamblea de una idea: es imposible evitar la inversión extranjera y al mismo tiempo crecer económicamente.

Además del crecimiento, se pretende dejar de importar productos que puedan producirse en Cuba, y sustituir el petróleo extranjero que consume la Isla por nuevas fuentes de energía renovables.

Un paraíso descapitalizado

Aparte de la ley, ¿qué puede ofrecer Cuba como plaza de inversión? La respuesta la dio en 2012 el Centro de Estudios de la Economía Cubana de la Universidad de La Habana, en un estudio realizado como parte de un contrato con la Delegación de la Unión Europea en la Isla.

El informe explica que “desde la óptica del inversionista extranjero se tiene que, si bien Cuba es un mercado de pequeñas dimensiones, a su vez es un país con sistemas productivos muy poco desarrollados, en el que ‘casi todo está por hacerse’ y que actualmente importa gran parte de lo que consume”.

El estudio agrega que esa situación “coloca un sinnúmero de posibilidades o nichos de mercado ante los ojos de los inversionistas y es esa la razón por la que se sienten motivados a entrar. También debe considerarse que, en términos de precios, el mercado interno puede resultar más atractivo debido a la escasa competencia, la ausencia de una legislación antimonopolio”.

En Cuba ya no solo se consideran innegables los beneficios de la IE, como dijera Raúl Castro en la apertura de una cumbre regional, sino que se convirtió en un sinónimo de desarrollo.

El texto legislativo no será publicado oficialmente hasta mediados de junio de 2014. Su contenido, así como la interpretación que han hecho sus redactores y las explicaciones dadas a los legisladores que lo aprobaron, dan señales de que la nueva ley es una invitación seria a los inversores extranjeros a que hagan negocios en y con Cuba.

Algunos detalles

Para poder desarrollarse, Cuba necesita, al año, entre 2 mil y 2 mil 500 millones de dólares en inversiones. A este objetivo apunta la nueva Ley de Inversión Extranjera: actualización de la que regulaba la actividad desde hace casi veinte años. Si bien persisten aspectos desfavorables para el desempeño óptimo de la presencia y concurso de capital extranjero en Cuba, la legislación conforma una propuesta más audaz y emerge bajo un evidente signo de apertura.

La nueva ley reduce a la mitad los impuestos sobre las utilidades, suprime el impuesto al uso de mano de obra y ofrece una moratoria de ocho años para empezar a tributar sobre las ganancias.

Según el Centro de Estudios de la Economía Cubana, entre los elementos negativos que hasta el momento observaban inversionistas internacionales, estaban: el demorado y poco transparente proceso de autorización de los negocios; el régimen de contratación de fuerza de trabajo bajo una agencia empleadora, y el Estado como definitivo y único partner, entre otros.

Atendiendo a este y otros diagnósticos, es posible evaluar en qué medida la nueva legislación soluciona estas disconformidades.

Algunas modificaciones a la ley precedente

• El estándar de compensación regulado en la Ley 77/95 (previa indemnización) como garantía en casos de expropiación de bienes de los inversionistas extranjeros, fue adecuado al precepto constitucional que establece “debida indemnización”.

• Se introduce un capítulo que regula las acciones de control a las modalidades de inversión extranjera.

• Sobre el régimen de solución de conflictos, se realizan precisiones referidas, en particular, a la intervención de los tribunales nacionales.

• Se prevé el tratamiento a la inversión extranjera en el momento de la unificación monetaria. 

Sectores disponibles

Todos, con excepción de los servicios de salud y educación a la población, y de todas las instituciones armadas, salvo en sus sistemas empresariales.

Actividades priorizadas son aquellas que:

• generen encadenamientos productivos

• transfieran tecnología

• desarrollen infraestructuras industriales

• sean generadoras de energía, especialmente renovable

• se destinen a la producción agrícola

• desarrollen la industria agroalimentaria

• se dirijan a la producción de hidrocarburos y a la minería

• potencien el turismo, incluido el de salud.

Garantías a los inversionistas

Sobresalen la de plena protección y seguridad, la imposibilidad de ser expropiados, salvo por motivos de utilidad pública o interés social, con la debida indemnización por el valor comercial establecido de mutuo acuerdo. Además, el Estado garantiza que los beneficios concedidos a los inversionistas extranjeros y a sus inversiones se mantienen durante todo el período por el que sean otorgados.

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