Trump contra Colorado  

No es preciso que Trump hubiera participado en el asalto al Capitolio, basta con que diera consuelo a quienes lo hicieron para ser inhabilitado de por vida para ocupar cualquier cargo electo.

Donald Trump. Foto: Reuters.

Donald Trump. Foto: Reuters.

La Corte Suprema de Colorado ha prohibido que el ex presidente Donald Trump aparezca en la boleta electoral de ese estado, trámite imprescindible para aspirar a la presidencia. Para ello, el alto tribunal estatal invocó la Sección 3ra de la Décimo Cuarta Enmienda que prohíbe desempeñar cargos públicos a aquel que, después de jurar la Constitución “se involucró en alguna insurrección”. Según se afirma, el aludido apelará a la Corte Suprema.
La Constitución de los Estados Unidos es la única en el mundo que ha regido ininterrumpidamente por 234 años, le sigue la de México con 106. Expertos opinan que lo mejor de la Carta Magna estadounidense, y aquello que le confiere universalidad son sus enmiendas, especialmente las 10 primeras (excepto la 2da derecho a portar armas) y la 3ra (alojamiento de militares en viviendas privadas), el resto constituye una virtual declaración de derechos.
Las enmiendas 13,14 y 15 fueron resultado de la Guerra Civil y debido a las correcciones que introdujeron respecto a la esclavitud y otros asuntos asociados, significaron una reforma trascendente de la sociedad norteamericana que aún no ha concluido.  
La 13ra. Enmienda puso fin a la esclavitud que fue lo máximo que Lincoln pudo lograr en la materia, pero no otorgó igualdad a los ex esclavos ni los convirtió en ciudadanos. La esclavitud que duró 342 años fue sucedida en los Estados Unidos por la segregación racial que, en el sur del país se prolongó por otros 96 años.  
La 14ta Enmienda, adoptada también en 1868, al establecer la igualdad entre todas las personas en el territorio de los Estados Unidos (sean o no ciudadanos), de hecho anuló la sentencia de la Corte Suprema en el litigio “Dred Scott vs. Sandford” dictada en 1857 la cual privó a los habitantes de ascendencia africana, fueran esclavos o no, del derecho a la ciudadanía y despojó al Congreso de la autoridad para prohibir la esclavitud.
La 14ta Enmienda consta de 5 secciones. De ellas nos interesan la primera y la tercera. La primera estableció que: “Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos, es ciudadana de los Estados Unidos”. De este modo introdujo la ciudadanía por nacimiento.
Aunque es obvio, debo reiterar que, al decir todas las personas, las incluye a todas, sin distinción de raza, etnia ni condición migratoria. Toda mujer que da a luz en Estados Unidos, trae al mundo a un nuevo ciudadano de los Estados Unidos.  
La tercera sección, invocada por la Corte de Colorado es categórica: “Ninguna persona podrá ser senador o representante en el Congreso, ni elector del presidente y vicepresidente de los Estados Unidos, u ocupar cargos, civiles o militares, en los Estados Unidos, o en cualquier estado si, habiendo prestado juramento previamente…para defender la Constitución de los Estados Unidos, ha incurrido en insurrección o rebelión contra los mismos, o ha dado auxilio o consuelo a sus enemigos”.
No es preciso que Trump hubiera participado en el asalto al Capitolio, basta con que diera consuelo a quienes lo hicieron para ser inhabilitado de por vida para ocupar cualquier cargo electo, incluso para ser alcalde del más humilde y remoto poblado. No obstante, la Corte Suprema tiene autoridad legal para anular el fallo de la Corte de Colorado. ¿Lo hará? Allá nos vemos.

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