El bocadito de helado y las ordenanzas en La Habana

No podemos permitir que la ciudad maravilla se nos vaya convirtiendo en la ciudad pesadilla.

Foto: Kaloian.

Por lo visto, La Habana fue siempre una ciudad ruidosa, de griterío y algarabía. Alejo Carpentier, en una conferencia sobre la imagen de la ciudad en 1912, decía que “en todos los tiempos fue la calle cubana bulliciosa y parlera”. 

Describía “el incesante grito de los pregoneros que eran muy característicos y sumamente ruidosos en sus pregones” y recordaba que: “pasaban los vendedores de percheros; pasaba el florero, que era gallego generalmente; pasaban vendedores de dulces; pasaban los heladeros sacudiendo campanillas; andaban detrás los organilleros españoles (…) y aquello era un estrépito constante y continuo dentro de las calles”.

Un siglo después la tradición continúa, aunque un tanto deformada. Hoy día se venden escobas y trapeadores, tamales, ajos y cebollas; se compran televisores y lavadoras rotas, así como pomos de perfume vacíos, en un tono cansino y repetitivo. Hace poco un grito estridente, reiterado, machacón y a gran volumen, ha invadido las calles habaneras: ¡¡El bocadito de helado!! ¡¡El bocadito de helado!! ¡¡El bocadito de helado!!… del que es imposible aislarse ni defenderse. 

Se trata de una obsesiva grabación difundida por medio de potentes altavoces (sospechosamente similares a los que usan las motos de la policía…). Son muchos los vendedores, por lo que el dichoso bocaito delao se ha convertido en la banda sonora de la ciudad y la pesadilla de cualquier persona que necesite un mínimo de tranquilidad en su propio hogar.

Foto: Kaloian.

Bendita convivencia, ¿o maldita?

La ciudad es el espacio de convivencia por definición. Convivencia de edificaciones privadas, de espacios públicos, de ciudadanos y de relaciones sociales. Esa densidad y diversidad urbanas, como es natural, genera conflictos. Y se requiere de algún tipo de regulación, tanto edificatoria como social, para que esa coexistencia no degenere en desencuentro.

La ciudad tiene espacios diversos, ámbitos públicos y privados, en los que se enfrentan intereses distintos. Si bien se considera legítimo impedir la intromisión física en el ámbito privado de la vivienda, en climas cálidos es difícil evitar la invasión del espacio sonoro. 

Un excesivo ruido externo puede molestar al enfermo, despertar al niño que duerme, impedir el trabajo intelectual, interrumpir conversaciones, dificultar oír música o ver la televisión, agrediendo violentamente la privacidad personal o familiar. Ahí es cuando es necesario definir límites.

La gente se pregunta: ¿está permitido difundir por medios electrónicos propaganda en la vía pública? No es lo mismo cantar un pregón a viva voz de vez en cuando, que reproducir centenares de veces a través de potentes altavoces una cantaleta machacona. 

En el caso de que estuviera regulado, ¿a quién se puede acudir para que se cumpla lo establecido? ¿Cuáles son esas reglas u ordenanzas que deberían regir la vida social en la ciudad? ¿Dónde puedo consultarlas? ¿Existen?

Deberían ser normas de rigurosa aplicación no solo para los ciudadanos sino, en primer lugar, para las instituciones. Los individuos deben tener derechos ante la sociedad y la sociedad debe poder defender los derechos de la colectividad. Deben ser reglas claras, públicas, no solo divulgadas y conocidas, sino también entendidas y asumidas por el colectivo. Por desgracia, hoy día no es así.

Foto: Kaloian.

Las primeras ordenanzas

Desde tan pronto como 1574 el rey Felipe II de España tuvo a bien promulgar unas ordenanzas “para el buen gobierno de San Cristóbal de la Habana y de todos los pueblos de la Isla de Cuba” redactadas por Alonso de Cáceres. Hace, pues, unos 450 años que La Habana disponía ya de unas normas que regulaban la vida en común. 

Se trataba de un conjunto de reglas que han ido adaptándose a la evolución de la sociedad cubana a lo largo de cuatro siglos. Constituyen documentos fascinantes desde el punto de vista histórico y antropológico que ilustran los conflictos que enfrentaban los ciudadanos y lo que la cultura del momento consideraba o no legítimo.

Aquí una muestra de esas primeras ordenanzas, que dicen  mucho sobre la época:

47. Que porque los indios beben el vino muy desordenamente y por experiencia se ha visto que mientras lo tienen no trabajan ni entienden en cosa alguna, y de ello suceden muchos otros inconvenientes, que ninguna persona pueda vender vino en el pueblo de los indios, ni en Guanabacoa, ni llevarlo en botijas para lo vender so pena que el que lo vendiere pague 20 ducados y la quinta parte para el juez o diputado o juez que lo sentenciare.

61. Porque hay muchos que tratan con gran crueldad sus esclavos, azotándolos y mechándolos con diferentes especies de resina y los asan y hacen otras crueldades de que mueren, y quedan tan castigados y amedrentados que se vienen a matar ellos y a echarse a la mar o a huir o alzarse y con decir que mató a su esclavo no se procede contra ellos: que el que tales crueldades y excesivos castigos hiciera a su esclavo la justicia lo compela a que lo venda el tal esclavo y le castigue conforme al exceso que en ello hubiere hecho.

63. Que ninguna persona pueda tomar sitio para casa (…)  sin que tenga licencia primero para ello, so pena de 200 ducados

Casi tres siglos más tarde, en 1855 se dictaron las primeras ordenanzas municipales específicas para la ciudad de La Habana. Si bien las de 1574 contenían 88 artículos, estas ya incluían 233 y abarcaban temáticas diversas como la moral, la salubridad y el orden público; el aseo, comodidad y ornato; el abasto; los edificios; los carruajes; los espectáculos y los paseos públicos. Una muestra de estas disposiciones es la siguiente:

16. No trabajarán desnudos de cintura abajo a la vista del público los operarios, artesanos o aprendices bajo multa de 1 a 3 pesos.

24. Se prohíbe arrojar a la calle basuras, inmundicias o animales muertos, so pena de recogerlos el infractor y de pagar de dos a cinco pesos.

42. Cuando se encuentren dos individuos en la calle cederá la acera el que la llevase a la izquierda, a menos que sean de distintas castas, en cuyo caso cederá siempre la de color a la blanca, pena de dos a cinco pesos.

48. Nadie azuzará perros para hacerlos reñir, pena de 2 a 5 pesos.

79. No permanecerán en las aceras de las calles, los cajones, barriles o depósitos de basuras más que el tiempo necesario para que las recojan los carros de limpieza: pena de 1 a 3 pesos.

89. Sin expreso permiso de la autoridad municipal no se interceptará el tránsito de calle alguna; pena de 10 a 15 pesos.

119. Antes de la construcción o reedificación de cualquier edificio deberá presentarse por duplicado la planta y demostración de la fachada del mismo con arreglo a escala y suscrito por persona autorizada  al Ayuntamiento sin la aprobación del cual no podrá procederse a la obra; pena de 50 a 100 pesos y de ser demolida a costa del dueño. El Ayuntamiento oirá el parecer de un maestro mayor arquitecto.

209. El que cortare o estropeare algún árbol, asiento u otro adorno de los paseos públicos pagará de 2 a 5 pesos de multa y repondrá a su costa el daño causado”.

Algunos aspectos, como los constructivos, necesitaron de mayor desarrollo y en 1861 se promulgaron unas específicas “Ordenanzas de la construcción” que fueron actualizadas por última vez en 1963. 

Otros temas regulatorios de la vida urbana fueron olvidados o se dispersaron en multitud de normas de distinto rango. De tal modo que en la actualidad es difícil conocer lo que está legislado y vigente para el funcionamiento de la capital del país.

La regulación del ruido

Uno de los aspectos que ha necesitado de reglamentación en la vida moderna es la emisión de ruidos debido, en buena medida, a la venta masiva de amplificadores y equipos de sonido. Estos alcanzan altos niveles en decibeles lo que, unido a la falta de civismo, afecta la calidad de vida y la tranquilidad ciudadana. 

Aunque la vivencia de la mayoría de la población es que no existe reglamento ni autoridad a quien acudir para que se respete, la realidad es que, por el contrario, es abundante la normativa al respecto.

En un programa televisivo de hace unos años la entonces vicepresidenta del Consejo de Administración de la ciudad calificó a la Habana como “la capital del ruido” y, a continuación, enumeró las abundantes normas existentes al respecto. 

La Ley 81/97 de Medio Ambiente, dictada por el CITMA, prohíbe en su precepto 147: “producir sonidos, ruidos, olores, vibraciones y otros factores físicos que afecten o puedan afectar la salud humana o dañar la calidad de vida de la población”, y establece que es esta entidad la facultada para realizar inspecciones e imponer medidas correctivas. Se basa, para ello, en el Decreto Ley 200/99 para contravenciones en materia de medio ambiente.

La Resolución 4/1991 del Instituto Nacional de la Vivienda, en el “Reglamento General de los Edificios Multifamiliares”, advierte: “No producir ruidos o molestias, ni daños, ni ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los demás vecinos” y dispone que estos pueden dirigirse a la Dirección Municipal de la Vivienda.

El Decreto Ley 141/1988 regula las contravenciones del orden interior y precisa que “contraviene el orden público quien perturbe la tranquilidad de los vecinos, especialmente en horas de la noche, mediante el uso abusivo de aparatos electrónicos, o con otros ruidos molestos e innecesarios; celebre fiestas en su domicilio después de la una de la madrugada turbando la tranquilidad de los vecinos sin permiso de las autoridades competentes”. Según este documento, corresponde a la Policía Nacional Revolucionaria imponer multas a quienes violen esta norma.

Son responsables también de enfrentar la contaminación sonora los especialistas de Higiene y Epidemiología del Ministerio de Salud Pública: “si algún ciudadano o entidad infringe lo dispuesto, los perjudicados pueden reclamar ante el máximo responsable de la unidad generadora del ruido, acudir ante la unidad municipal de Higiene y Epidemiología“.

Por si fuera poco, existen además nueve normas emitidas por la Oficina Cubana de Normalización que establecen los niveles sonoros admisibles, en particular la Norma Cubana 26 de 2004, sobre ruido en zonas habitables.

Queda claro que el problema del ruido es uno de los ejemplos que muestra la inutilidad de las regulaciones jurídicas si no van acompañadas de una poderosa campaña de comunicación y educación, y de una clara voluntad política que sustente la constancia y la firmeza en la inspección, el control y la sanción.

Foto: Kaloian.

Algunas preguntas y algunas ideas

Hoy día no es fácil saber en la ciudad de La Habana cuáles son las reglas del juego. Es tal el nivel de dispersión normativa y son tantos los problemas que se generan cotidianamente que la primera reacción ante ellos es de desconcierto.

¿A qué hora y dónde se puede tirar basura o deshechos de la construcción, quién puede cortar un árbol, abrir una zanja en una calle, llevarse un banco público a casa, pintar una fachada de cualquier color, construir un  muro, cerrar una calle, invadir una acera, cerrar un portal, producir ruidos molestos de alto volumen, quemar desechos, alterar la fachada de un edificio, reproducir música a muy altos decibeles en zonas residenciales, etc.? 

¿Se puede hacer una “venta de garaje” en medio de un parque? ¿Se pueden organizar conciertos en la vía pública en zonas de vivienda por la noche? ¿Se puede invadir y ensuciar los espacios públicos para realizar “ferias agropecuarias” en cualquier lugar de la ciudad? Poca gente lo sabe. ¿A quién acudir para reclamar los derechos? Menos todavía. 

Si no se trata de delitos graves, la policía suele desentenderse de estos conflictos. Cuando comenzaron las denuncias de estas irregularidades a través de las redes sociales hubo al inicio algunas reacciones positivas, pero a estas alturas la administración hace caso omiso de las quejas. 

La creación de los portales del ciudadano generó algunas expectativas que ya casi han desaparecido debido a la habitual “sordera” de esos medios. Dan ganas de preguntar: ¿Hay alguien ahí?

Tan solo hay dos campos mejor reglamentados: el del tránsito y el de las construcciones. Para que fluya el primero se ha separado la circulación peatonal de la vehicular y se han instaurado unas reglas de tránsito públicamente conocidas. Hay señales, hay semáforos, hay una Ley, hay una policía especializada que vela por su cumplimiento y sanciones, cuyas cuantías se conocen. En el resto de los ámbitos ciudadanos todo esto es casi un misterio. 

En el campo constructivo ya comienzan los problemas. Las regulaciones urbanísticas están relativamente dispersas, han sido poco divulgadas y menos argumentadas. Y son violadas impunemente tanto por la población como por instituciones estatales. El desgobierno en otros ámbitos de la vida ciudadana es considerable ya que no están claros los deberes y derechos.

El resultado de este desbarajuste es evidente en el aspecto físico de la ciudad y en la degradación de los comportamientos ciudadanos en términos de convivencia, cortesía, higiene y respeto al prójimo. Me parece urgente una firme reacción en varias direcciones.

Foto: Kaloian.

¿Qué hacer?

♦ En primer lugar, sería conveniente resumir la normativa existente en un único documento y las responsabilidades de su cumplimiento en un solo organismo. La cantidad de instituciones actualmente encargadas permiten “el peloteo” de unas a otras y la evasión de responsabilidades.

♦ En segundo lugar, se necesitaría de una fuerte y asidua campaña de comunicación en los medios masivos y de educación en las escuelas y en las reuniones barriales que instruyera y sensibilizara a la población (y a los funcionarios).

♦ En tercer lugar, dado que este es solo uno de tantos problemas de convivencia ciudadana, sería oportuno redactar, discutir con la población y aprobar unas ordenanzas acordes con la ciudad del siglo XXI que cubrieran toda la temática necesaria en un solo texto.

♦ Por último, sería interesante también debatir la posibilidad y oportunidad de recuperar lo que en el mundo se llama “policía de proximidad”. Guardia municipal, guardia urbana, policía de infantería, el nombre no importa. Lo que se necesita es un policía que camine y conozca el barrio y sus vecinos, que represente la autoridad a la que se puede acudir cuando los problemas no constituyen delitos graves, pero que asegure el orden público y la tranquilidad ciudadana. 

No podemos permitir que la ciudad maravilla se nos vaya convirtiendo en la ciudad pesadilla… Por favor, ¡no más bocaditos de helado…!

On-Décimas: La ciudad de los pregones

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