Cuba: normativa hace obligatorio el distanciamiento social y permite solo las salidas “estrictamente necesarias” durante la pandemia

Según una resolución del Ministerio de Salud Pública, el incumplimiento de esas y otras medidas sanitarias "puede generar responsabilidad administrativa o penal, según se disponga por las autoridades correspondientes".

El Ministerio de Salud Pública cubano emitió disposiciones específicas para atender la epidemia del coronavirus en la Isla. Foto: Otmaro Rodríguez.

El Ministerio de Salud Pública cubano emitió disposiciones específicas para atender la epidemia del coronavirus en la Isla. Foto: Otmaro Rodríguez.

Mantener el distanciamiento social, usar correctamente el nasobuco o lavarse las manos periódicamente durante la epidemia de Covid-19 en Cuba, tienen ahora carácter obligatorio y respaldo legal, de acuerdo con la resolución 128/20 publicada esta semana en la Gaceta Oficial.

Según la normativa, el incumplimiento de esas y otras medidas sanitarias –como realizar solo las salidas “estrictamente necesarias”– “puede generar responsabilidad administrativa o penal, según se disponga por las autoridades correspondientes”.

La resolución emite disposiciones sanitarias “específicas complementarias” para la actual etapa de prevención y control de la propagación de la Covid-19 en el territorio nacional cubano.

La misma complementa las medidas aprobadas en una resolución anterior, la número 82 del Minsap fechada el 23 de marzo y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del 9 de abril, la cual dictó “disposiciones sanitarias, higiénicas y epidemiológicas para la organización y funcionamiento de los servicios de salud y otros servicios públicos y actividades vinculados a la población ante la situación de emergencia epidemiológica”.

De acuerdo con el documento, las nuevas medidas “estarán vigentes hasta tanto perdure el riesgo epidemiológico” y son “de obligatorio cumplimiento para las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras”.

Su objetivo es “evitar la extensión de la propagación de la enfermedad y lograr el control epidemiológico que permita el funcionamiento seguro de la sociedad y la economía nacional”.

Como parte de estas medidas las personas deben “permanecer en las viviendas o lugares de residencia” y solo “el miembro de la familia de menor riesgo clínico-epidemiológico” es designado para realizar salidas “estrictamente necesarias”, para adquirir comida, aseo y medicamentos.

Y si “por circunstancias impostergables o con motivo de las funciones laborales de determinado personal”, alguien más debe salir de la vivienda, “de forma permanente deberán observarse las medidas sanitarias dispuestas”.

Firmada por el Ministro de Salud Pública cubano, José Ángel Portal, la resolución también establece que las personas tienen la obligación de asistir a la institución de salud más cercana en caso de presentar síntomas de la Covid-19, o saber que es contacto de un caso confirmado con el coronavirus.

Asimismo, impone la obligación de ofrecer información veraz a las autoridades sanitarias, de realizar el tratamiento indicado por el médico y cumplir con el ingreso que le corresponda, según disponga el personal de la salud.

La normativa igualmente establece disposiciones sanitarias básicas y protocolos específicos para el control de la epidemia y la atención a los pacientes, de obligatorio cumplimiento por parte de las instituciones.

En Cuba, la salud es un derecho de todas las personas contenido en la Carta Magna, que también dispone la responsabilidad del Estado de garantizar el acceso, la gratuidad y calidad de los servicios de atención protección y recuperación.

Por su parte, varias disposiciones legales vigentes en la Isla establecen que “frente a situaciones excepcionales a causa de epidemias que impliquen riesgos graves e inmediatos para la salud, el Minsap dictará las disposiciones sanitarias de cumplimiento obligatorio encaminadas a limitar los daños a la salud humana, a controlar o interrumpir la cadena epidemiológica en la transmisión de las enfermedades”.

Otro día sin fallecidos, 10 nuevos contagios y menos ingresos por Covid-19 en Cuba

Cuba acumula hasta el momento 1.840 contagios confirmados con el nuevo coronavirus y 79 fallecidos a causa de la enfermedad.

Este jueves fue otro día sin muertes por la Covid-19 en la Isla. Los nuevos casos bajaron a 10, al tiempo que también descendió el número de ingresados por la pandemia, que ahora es de 913.

No obstante, ante este escenario favorable las autoridades sanitarias han llamado a no bajar la guardia y a extremar las medidas para evitar un alza en la cifra de contagios.

Aquí puedes conocer los datos más actuales y cómo evoluciona la curva del coronavirus en Cuba. 

Salir de la versión móvil