Disminuyen plazos y trámites en los Registros Civiles de Cuba

Foto: Sayli Sosa

Foto: Sayli Sosa

Mientras espera ser atendida, la mujer revisa una vez más la carpeta amarilla donde hace solo unos instantes guardó un papel. Hace más de dos meses sale y entra del Registro del Estado Civil porque su hermana, que vive fuera de Cuba, la ha invitado a visitarla. Para poner los papeles en regla ha debido certificar que efectivamente son hermanas, que las dos son hijas de sus padres, que sus hijos son suyos. Ha sido una suerte de macabro viaje a la semilla que todavía no termina.

Afincada con las dos manos en el buró de la recepcionista, otra mujer parece agotada del ir y venir. En Camagüey le han dicho que no aparece en el registro con ese tomo y ese folio, y le sugirieron que preguntara en Ciego de Ávila, toda vez que ella fue inscripta en 1962 y para entonces ambos territorios eran una sola provincia.

Afuera también están una decena de personas a la espera de que continúe o comience un largo camino de solicitudes, subsanaciones, certificados y sellos timbrados.

Según ha publicado la prensa estatal, en 2016 este estado de cosas podría cambiar. Con el año nuevo entrarán en vigor en Cuba tres resoluciones del Ministerio de Justicia que persiguen “agilizar diversos trámites jurídicos que consumen demasiado tiempo y recursos de la población, debido a la ineficacia de entidades y a la innecesaria solicitud de documentos”.

Las normativas se traducen en menos “papeleo” y burocracia para  los ciudadanos. La práctica actual en la solución de un trámite en el archipiélago implica varias visitas a las instituciones involucradas, firmas que van y vienen, horas de espera e, incluso, algún que otro “regalo” que catalice la “reacción”.

Aquí le proporcionamos seis claves para entender cómo impactarán en la ciudadanía estas disposiciones:

  1. A partir del 4 de enero de 2016 las certificaciones de nacimiento y defunción ya no tendrán caducidad. Respondiendo a la lógica de que se puede nacer y morir una sola vez en la vida, y de que ese hecho no cambia en el tiempo, se elimina el plazo de vigencia que hasta ahora tenían.
  2. La subsanación de errores en los documentos de los menores ya no requerirá que comparezcan los dos padres. Con uno, basta.
  3. Cuando se utilice un poder notarial para un trámite, los especialistas de los registros solo anotarán los datos necesarios y devolverán el documento. En la actualidad, se debe poseer más de una copia porque en la medida en que avanza el proceso se adjuntan ejemplares a los expedientes abiertos en cada instancia involucrada.
  4. En el caso de las subsanaciones, si las certificaciones indispensables para corregir los errores de asiento o escritura están en el sistema automatizado o en los registros notariales, ya no es necesario que las personas las soliciten, sino que, por oficio, los registradores las tramitan internamente.
  5. El carné de identidad recuperará su valor como documento oficial, contentivo de los datos más importantes de un ciudadano. En muchos de los trámites en que hasta ahora las instituciones estatales pedían una certificación de nacimiento ahora podrá ser presentado el carné de identidad.
  6. Se anuncia que los organismos estatales deberán establecer convenios con los Registros del Estado Civil y certificar buena parte de las solicitudes de información que hacen a los ciudadanos, a través de encargados o apoderados. Esto podría aligerar el trabajo de los registros y le evitaría a los usuarios el exceso de burocracia.

términos trámites

La aplicación de las resoluciones emitidas por el Ministerio de Justicia y publicadas en la Gaceta Oficial, deberá tener un impacto notable en la disminución de los tiempos de gestión de los documentos que expiden los registros.

Según Olga Lidia Pérez Días, Directora de Notarías del Ministerio de Justicia, “se ganará en protección a los derechos de los consumidores de este servicio; nótese que en el 85.7 por ciento de los asuntos el término es hasta 10 días; y de ellos el 29.2 por ciento es inferior a cinco días hábiles.

“Esto agiliza el servicio, sin menoscabo de la seguridad jurídica, porque el Notario necesita tiempo para calificar los asuntos y documentos que le aporten los interesados. Las consultas son gratuitas.”

En el caso de testamentos para personas con inminente peligro de muerte, “los términos publicados no se aplican, pues el Notario no puede negarse a prestar sus servicios, aun fuera del horario de trabajo”, dijo la funcionaria.

Términos trámites1

Como se intuye, ya comienzan a aparecer las suspicacias sobre la capacidad real de los Registros Civiles de cumplir con estos plazos, por culpa de la conectividad de poca calidad que tienen varios registros en el país y las prácticas dilatadas de sus operarios.

A las decenas de cubanos que cada día bregan su particular via crucis de entuertos burocráticos, la noticia les cae como agua del cielo; pero el recelo y la presunción de ineficiencia solo será vencido con la puesta en práctica de las medidas.

 

 

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