¿Está usted de acuerdo con el Código de las Familias?

Yo voto SÍ. ¿Y usted?

Foto: Kaloian Santos.

El venidero domingo 25 de septiembre, entre las siete de la mañana y la seis de la tarde, las cubanas y los cubanos con derecho al voto responderemos a la pregunta que encabeza estas páginas. Una semana antes se realizará la votación en el exterior, con las definiciones que establezca el Consejo Electoral Nacional.

Viviremos así el referendo sobre el nuevo Código de las Familias, cuya versión 25, y última, fue aprobada el pasado 22 de julio, por la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Esta versión mantuvo los principios que han sustentado esta propuesta desde que se hiciera pública. La disputa entre afirmar derechos, de un lado, o negarlos, de otro, será dirimida una vez más. En esta ocasión será en las urnas, como decisión directa del soberano.

El Código de las familias y la decisión ciudadana

En su fundamentación, la versión 25 del Código de las Familias subraya los principios que han transformado el criterio tradicional de la familia y de sus derechos como institución, así como los correspondientes a cada uno de sus integrantes. Consagra la dignidad como la esencia de los derechos, vinculada al libre desarrollo de la personalidad, la protección a la vida familiar y a la igualdad.

Reitera, además, el derecho de todas las personas a fundar una familia y a organizarla en la forma que estimen. También el derecho al uso equilibrado del tiempo que propicie el desarrollo integral, sin sobrecargas domésticas y de cuidado, y la corresponsabilidad en las tareas de educar y proteger a los hijos y las hijas. El derecho al libre desarrollo de la personalidad, ratificado, implica que cada persona decida el sentido de su propia existencia, de acuerdo a sus valores, ideas, expectativas y gustos.

Se reitera la supresión de criterios heteronormativos como reguladores de las relaciones familiares. Quedan fuera de estas el matrimonio; las uniones de hecho afectivas, la adopción, la maternidad y la paternidad mediante el uso de una técnica de reproducción asistida; el divorcio es concebido como un acto de voluntariedad que no necesita ventilar motivos de culpabilidad. La posibilidad de pactar la vida económica en la pareja se esgrime como otro modo de protección fuera de aquel criterio.

El Código viabiliza la protección que ofrece la Constitución referente a las familias; lo hace desde la protección a derechos concretos. Asimismo, consagra la corresponsabilidad que existe entre la familia, el Estado y la sociedad.

Mención especial merecen, frente a toda discriminación en el espacio de la familia, los derechos de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes, así como de las personas adultas mayores y aquellas que se encuentren en situación de discapacidad.

La versión 25 se divide en 11 títulos, 474 artículos, 5 disposiciones transitorias y 44 disposiciones finales. Entre sus aspectos principales reitera:

Según queda expuesto en los fundamentos de la nueva versión, algunos criterios, emanados de los diferentes procesos de consultas, no pueden ser tomados en cuenta sin que con ello se vulneren los derechos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales de los que Cuba es parte.

Sin embargo, algunas de las modificaciones incorporadas apuntan a:

La Ley Electoral del 13 de julio de 2019 define a la Asamblea Nacional como el único órgano facultado para convocar a referendo legislativo y, en su artículo 256, consigna que en este “los ciudadanos con derecho electoral, mediante el voto libre, igual, directo y secreto, expresan si ratifican, aprueban, modifican o derogan determinada disposición jurídica”.

Tendrán derecho a votar los ciudadanos y ciudadanas mayores de 16 años de edad el día de la celebración del referendo, con excepción de las personas impedidas por las circunstancias previstas en la Constitución y la ley.

El Código se considerará aprobado finalmente si recibe más del 50% de los votos válidos depositados en las urnas. Para ello es imprescindible, sobre todo, que cada vez más personas comprendamos, asumamos y decidamos votar por una apuesta de sociedad que se parezca a las relaciones de poder dignas, afectuosas, con base en los derechos y la responsabilidad, y en compromiso con el bienestar personal y común al que nos invita esta ley.

Este Código nos convoca a vivir sus esencias emancipadoras más allá de las familias. Por esa razón, ante la pregunta, ¿está de acuerdo con el Código de las Familias?, yo voto SÍ. ¿Y usted?

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