Nueva Ley de Migración eliminará el límite de 24 meses en el exterior para residir en Cuba

La norma, publicada como proyecto este lunes junto a la Ley de Extranjería, establece el nuevo concepto de "residencia efectiva migratoria" y busca ofrecer "soluciones migratorias que coadyuvan a la inserción de los cubanos en el nuevo modelo económico".

Viajeros en aeropuerto de Cuba. Foto: Kaloian / Archivo.

Viajeros en aeropuerto de Cuba. Foto: Kaloian / Archivo.

La futura Ley de Migración, cuya aprobación por el parlamento cubano está prevista para este año, promete cumplir con un largo anhelo de los cubanos: eliminar el límite de 24 meses de estancia en el exterior para residir en la isla.

Aun cuando este límite se encuentra actualmente “congelado” gracias a una moratoria vigente desde la pandemia, sería la nueva ley —publicada este lunes por la Asamblea Nacional como paso previo a su respaldo parlamentario— la encargada de darle la estocada definitiva.

La nueva norma, que sale a la luz aun como proyecto legislativo, introduce el concepto de “residencia efectiva migratoria” y busca ofrecer “soluciones migratorias que coadyuvan a la inserción de los cubanos en el nuevo modelo económico”.

De acuerdo con el texto, de 65 páginas y publicado de conjunto al proyecto de Ley de Extranjería, “se suprime el tiempo de estancia de 24 meses en el exterior y la designación de migrante por esta razón, a partir de la nueva definición de residencia efectiva migratoria”.

En su fundamentación apunta que, a tenor con “las mejores prácticas internacionales”, brinda “un tratamiento a los cubanos cuando se encuentran en el territorio nacional, similar al de los cubanos residentes, excepto en aquellos aspectos que la Ley establece otro”.

Además, en su primer artículo, la nueva ley establece como su objeto “regular el proceso migratorio cubano, bajo una condición sistémica de desarrollo”, al tiempo que afirma estar dirigida a “alcanzar una migración regular, ordenada y segura, de conformidad con lo establecido en la Constitución”.

 

Residencia efectiva migratoria y extranjeros

Acerca del concepto de “residencia efectiva migratoria”, el proyecto publicado explica que la misma es “la condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes, cuando permanecen durante cada año calendario, anterior a la fecha en que se certifica, la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional”.

La misma también podría alcanzarse “mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”.

A partir de lo anterior, la legislación establece que los cubanos pueden ser residentes en el territorio nacional —los que a su vez pueden ser residentes efectivos o transitorios— o en el exterior. Cada categoría tiene sus particularidades y prerrogativas, normadas por la ley.

De igual manera, la ley establece las categorías y clasificaciones migratorias de los extranjeros, al tiempo que explica que los nacidos en la isla que renuncien a la ciudadanía cubana, una vez aprobada dicha renuncia, serán “considerados extranjeros y en consecuencia están sujetos a lo establecido en la presente Ley, la de Extranjería y sus respectivos reglamentos”.

Quienes así lo hagan “no pueden identificarse en Cuba como ciudadanos cubanos, y a los efectos de la entrada y salida al país están sujetos a la presentación del pasaporte extranjero correspondiente, exigencia de visado y los documentos de viaje que correspondan”.

La norma establece igualmente los derechos migratorios de los ciudadanos cubanos y extranjeros, regula los trámites, el pasaporte y las condiciones para la entrada y salida del territorio nacional.

Además, incluye un título dedicado a la trata de personas y el tráfico de migrantes, y otro sobre medidas y sanciones migratorias.

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Publicación para consulta

Tanto el proyecto de Ley de Migración, como el de Extranjería, fueron publicados este lunes en el sitio web de la Asamblea Nacional “con el objetivo de promover la participación ciudadana y contribuir a la cultura jurídica”, apuntan medios oficiales.

“Para ello, el órgano legislativo incluyó en su página oficial los textos de ambos proyectos, así como sendos correos electrónicos mediante los cuales los interesados podrán expresar criterios y sugerencias sobre estos temas”, informa Cubadebate.

Con anterioridad, la Asamblea también publicó recientemente los proyectos de leyes de la Transparencia y el Acceso a la Información Pública, de Procedimiento Administrativo y del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones de la República de Cuba.

“Estas propuestas legislativas serán sometidas a análisis y discusión por parte de los diputados, con vistas a su presentación oportunamente en el Parlamento cubano”, concluye la información oficial.

En años previos, las autoridades cubanas han hecho lo mismo con otras leyes ya aprobadas, aunque no resulta claro en todos los casos cuál ha sido la retroalimentación recibida de la población, y en qué medida las sugerencias y comentarios recibidos han sido tomadas en cuenta en el texto final.

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