Trovador cubano Fernando Bécquer declarado culpable por abuso lascivo

El músico, quien había sido denunciado por un grupo de mujeres, recibió una sentencia de 5 años subsidiada con limitación de libertad, según fuentes oficiales, que ha sido considerada por muchos como insuficiente y puede ser apelada por ambas partes.

El trovador cubano Fernando Bécquer, acusado de abuso sexual por un grupo de mujeres y encontrado culpable por un tribunal cubano. Foto: Havana Times en español / Archivo.

El trovador cubano Fernando Bécquer, acusado de abuso sexual por un grupo de mujeres y encontrado culpable por un tribunal cubano. Foto: Havana Times en español / Archivo.

El trovador cubano Fernando Bécquer, quien había sido acusado por un grupo de mujeres de haber abusado sexualmente de ellas, fue declarado culpable este miércoles por un tribunal cubano.

El juicio tuvo lugar ayer en el Tribunal Municipal de Centro Habana, se extendió alrededor de 12 horas y en el mismo declararon alrededor de 30 mujeres, según medios no oficiales y publicaciones en las redes. 

Tras la audicencia, esta mañana fue a dado a conocer el fallo y el acusado fue hallado culpable “por el delito de abuso lascivo”, de acuerdo con lo informado en su perfil de Twitter por la Federación de Mujeres Cubanas (FMC).

La organización añadió que “según el debido proceso, ambas partes (defensa y fiscalía) tienen el derecho a una segunda instancia”.

Por su parte, la revista Muchacha, publicación periódica de la Editorial de La Mujer, perteneciente a la FMC, confirmó que Bécquer fue declarado culpable y añadió que recibió “una sentencia de 5 años subsidiada con limitación de libertad”.

El medio consideró que “la resolución del Tribunal Municipal de Centro Habana acorde con el Código Penal vigente (Ley 62 de 1987), es un acto de justicia con las demandantes” y apuntó que “el proceso vivido deja un mensaje fundamental a la sociedad cubana: la violencia de género no puede quedar impune”.

Además, se solidarizó con las demandantes y agradeció su valentía, “así como a las personas y organizaciones que las acompañaron”, y aseguró que la FMC “está en disposición de seguir acompañando a las demandantes que así lo soliciten”.

Las primeras denuncias públicas contra Bécquer se conocieron en diciembre del año pasado, tras publicarse cinco testimonios al respecto en la revista digital El Estornudo. A estas denuncias le seguirían otras —algunas de las cuales se remontaban hasta dos décadas atrás— en medio de un creciente debate en las redes sociales, donde tampoco faltaron quienes salieron en defensa del trovador.

La escritora Elaine Vilar Madruga fue la primera en interponer una acusación ante la ley y a ella le siguieron más víctimas. Ahora, tras realizarse finalmente el juicio y conocerse la sentencia, las demandantes y muchas otras personas celebraron que el acusado fuera hallado culpable por los abusos que se le imputaban. 

No obstante, también muchos han estimado como insuficiente la condena dictada en primera instancia y, en particular, han lamentado que el trovador no haya sido sentenciado a internamiento en una prisión, aunque reconocen que dicha sentencia sienta un importante precedente en la Isla.

Según lo previsto en el Código Penal todavía vigente, la sanción de limitación de libertad entraña que el sancionado no puede cambiar de residencia sin autorización del tribunal, está obligado a comparecer ante este cuantas veces sea llamado a hacerlo, y debe observar una actitud de “estricto cumplimiento” de las leyes y de respeto a las normas de convivencia, entre otros aspectos.

Esta sanción, de acuerdo con lo todavía normado, “se cumple bajo la supervisión y vigilancia de las organizaciones de masas y sociales del lugar de residencia del sancionado”, y la policía, previa información del tribunal es la encargada de coordinar las “formas adecuadas” para la ejecución de lo dictado judicialmente.

“Si el sancionado se niega a cumplir las obligaciones inherentes a la sanción de limitación de libertad o, durante su ejecución, las incumple u obstaculiza su cumplimiento, o es sancionado a privación de libertad por un nuevo delito, el tribunal dispondrá que cumpla lo que resta de la sanción de privación de libertad originalmente fijada, después de deducir de la misma el tiempo cumplido de aquella”, añade el Código Penal. 

Dicho Código será sustituido en semanas por uno nuevo, ya aprobado por la Asamblea Nacional y no exento de polémica por algunos de sus contenidos, el cual entrará en vigor en diciembre. En este, según la revista Muchacha, “se incrementa la protección a las víctimas, se actualizan figuras delictivas y aumenta la sanción a las diversas formas de violencia de género”.

Salir de la versión móvil