Un Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos libró a dos bancos franceses de fuertes demandas que fueron interpuestas bajo el paraguas del Título III de la Ley Helms-Burton.
Las entidades beneficiadas fueron los bancos Sociedad General S.A. y BNP Paribas, consideradas pilares de la finanzas francesas y europeas. Sobre ambas pendían acusaciones de burlar las sanciones estadounidenses contra Cuba al negociar transacciones con el Banco Central de la isla.
Emitido el pasado martes, el dictamen del Tribunal de Apelaciones del 2º Circuito de Estados Unidos convino en que no son suficientes los argumentos interpuestos por los demandantes, en su mayoría hijos y nietos de Carlos y Pura Núñez, propietarios del Banco Núñez que fue intervenido por el gobierno cubano en 1960.
De acuerdo con reportes de prensa, en 2019, los reclamantes exigían al banco Société Générale S.A. un pago de aproximadamente 792 millones de dólares, con el argumento de que generó cientos de millones de dólares en honorarios al prestar dinero y procesar transacciones con la isla desde 2000 hasta 2010. Por el mismo motivo, exigían una compensación a BNP Paribas.
El banco francés Société Générale S.A. @SocieteGenerale enfrenta una demanda en #EEUU bajo el #TítuloIII de la #LeyHelmsBurton vs #Cuba, activado como parte de la creciente hostilidad de Washington https://t.co/i5BIat78d0 #LeyGarrote #NoNosEntendemos @IrmaMartinezC @NaiviMontane pic.twitter.com/8d5YQ47Og0
— Banco Central de Cuba (@BancoCentralCub) July 12, 2019
Sin embargo, los bancos franceses solicitaron la desestimación de la demanda basándose en que los demandantes carecían de legitimación, dado que la mayoría de sus alegaciones habían prescrito y que “las alegaciones oportunas no alegaban de manera plausible el tráfico”.
En tal sentido, la sentencia ahora emitida considera que “las alegaciones restantes no sostienen de manera plausible una violación de la Ley Helms-Burton”.
Asimismo, el Tribunal de Apelaciones confirmó las sentencias del caso emitidas por el tribunal de distrito de Nueva York, que en 2023 también desestimó la demanda.
A la sazón, la jueza federal de distrito Mary Kay Vyskocil decidió que los herederos carecían de pruebas de que los fondos de ese banco siguieran fluyendo a través del Banco Nacional de Cuba, incluso después de que se advirtiera al banco francés al respecto.
Igualmente, la jueza de Manhattan señaló que carecía de jurisdicción sobre BNP Paribas y que, además, muchos de los reclamos contra la institución financiera eran demasiado antiguos.
Multas ejecutadas
En noviembre de 2018, el banco de inversión Société Générale (SG) aceptó pagar más de 1340 millones de dólares a las autoridades de Estados Unidos, como multa por haber violado entre 2004 y 2010 el embargo/bloqueo impuesto por Washington a Cuba.
Anteriormente, en junio de 2014, los Departamentos del Tesoro y de Justicia de Estados Unidos y el estado de Nueva York impusieron una multa récord de 8970 millones de dólares al banco francés BNP Paribas, por no acatar los regímenes de sanciones unilaterales del gobierno norteamericano contra diversos países.
En el caso específico de Cuba, se acusó a esa institución bancaria, según el Fiscal General de Estados Unidos de entonces, Eric Holder, de haber “procesado miles de transacciones con entidades cubanas, que totalizan más de mil 700 millones de dólares”.
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Título III
El Título III de la Ley Helms-Burton permite a cualquier ciudadano estadounidense, incluyendo a cubanos naturalizados, cuyas propiedades fueron confiscadas por el Gobierno cubano a partir del 1 de enero de 1959, interponer reclamaciones ante los tribunales estadounidenses contra cualquier persona que “trafique” con dichas propiedades.
El instrumento había sido suspendido por períodos de seis meses por todos los sucesivos presidentes de Estados Unidos desde la Administración Clinton, hasta que el gobierno de Trump lo activó en mayo de 2019.
A través de tal mecanismo, de marcado carácter extraterritorial, se da la posibilidad de promover una acción en las cortes estadounidenses contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en el territorio cubano en propiedades nacionalizadas luego del 1 de enero de 1959.
La medida fue contestada con leyes antídoto por México, Canadá y la Unión Europea, para proteger a sus ciudadanos con intereses comerciales y financieros en la isla.
No obstante, amparadas en la Helms-Burton se han interpuesto un grupo de demandas contra empresas extranjeras con negocios en Cuba, e, incluso, compañías estadounidenses aunque hasta ahora la mayoría de los casos no han prosperado de la forma en que esperaban los demandantes.