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Cárcel y prohibición de salida por sabotaje a servicios estratégicos, dictamina el Tribunal Supremo de Cuba

La sustracción o daño a componentes de las vías férreas, locomotoras, parques fotovoltaicos, grupos electrógenos y sistemas de telecomunicaciones será tipificada como delito de sabotaje.

por
  • Redacción OnCuba
    Redacción OnCuba
mayo 29, 2025
en Cuba
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Tribunal Supremo Popular de Cuba_ Fiscalía robo

Foto: Tribunal Supremo Popular de Cuba/Facebook.

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El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de Cuba emitió el Dictamen 475, con fecha del 23 de mayo de 2025, en el que establece nuevas directrices para la calificación legal de delitos vinculados a acciones como sabotaje.

La medida refuerza la severidad penal ante hechos contra infraestructuras clave como el transporte público, el sistema ferroviario, instalaciones energéticas y de telecomunicaciones.

El documento establece que la sustracción o daño a componentes de las vías férreas, locomotoras, parques fotovoltaicos, grupos electrógenos y sistemas de telecomunicaciones será tipificada como delito de sabotaje, de acuerdo con el artículo 125 del Código Penal cubano.

Supremo de Cuba: ¿Qué se considerará delito de sabotaje?

Según el dictamen, “los hechos que dañen, sustraigan o alteren componentes de vías férreas, medios de transporte, parques fotovoltaicos, grupos electrógenos, infraestructura de telecomunicaciones o el Sistema Eléctrico Nacional, se considerarán delito de sabotaje”, debido a su intencionalidad y el impacto en intereses estratégicos del Estado.

El Consejo de Gobierno también precisó que se considerará una “modalidad agravada” del delito si existe peligro para la vida, la seguridad colectiva o riesgo de accidentes graves, en referencia al artículo 126 del Código Penal.

La máxima autoridad judicial cubana ordenó a los tribunales priorizar la tramitación expedita de estos casos, “evitando dilaciones, con especial atención a los de mayor gravedad y repercusión social”.

Asimismo, el dictamen señala que habrá “sanciones rigurosas”, dentro de las cuales se evaluarán medidas como la prisión provisional y agravantes específicos, como la actuación en grupo, el uso de menores o la nocturnidad.

Sanciones rigurosas: Prisión provisional y prohibición de salida del país

Dentro de las sanciones rigurosas, el Tribunal Supremo también aprobó la aplicación de sanciones accesorias, entre las que incluyen la confiscación de bienes o, incluso, la prohibición de salida del país.

El dictamen subraya la necesidad de una estrategia de comunicación judicial activa, promoviendo juicios “ejemplarizantes” y su difusión a través de los medios.

Esto, con el objetivo de “elevar la conciencia jurídica y prevenir estos delitos”, según el Tribunal Supremo.

“Proteger los esfuerzos del Estado”

De acuerdo con la institución jurídica, esta decisión busca “uniformar criterios judiciales, garantizar una respuesta penal proporcional y proteger los esfuerzos del Estado en la recuperación de servicios esenciales para el pueblo”, detalla el documento.

La medida se inserta en un contexto de crisis nacional que incluye escasez de combustible y de medios de transporte para la población, así como ataques, sobre todo, contra ómnibus.

Durante 2024, la Empresa Provincial de Transporte de La Habana informó numerosos actos vandálicos cometidos contra vehículos del transporte público en la capital.

En lo que va de 2025, estos incidentes han continuado, registrándose varios ataques, principalmente en La Habana.

  • Lea el dictamen completo aquí.

Etiquetas: Código PenalCubadelitoprisionsabotajesancionesTribunal supremo
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