13 ciudadanos cubanos fueron sentenciados a diversas condenas que ascienden hasta 30 años de privación de libertad, como resultado del juicio oral realizado entre los días 5 y 7 de un sonado caso de intoxicación de casi un centenar de personas por el consumo de alcohol metílico robado del Instituto de Farmacia y Alimentos (IFAL) de la Universidad de La Habana.
De acuerdo al diario Granma “el tratamiento penal a este caso evidencia la voluntad de nuestro Gobierno y de sus autoridades de preservar la seguridad ciudadana mediante el enfrentamiento al delito y las ilegalidades, para los que nunca habrá impunidad. Sin embargo, lamentables incidentes como este constituyen una lección a todos aquellos ciudadanos que —quizás sin percatarse de su actuar negligente— le hacen el juego a elementos inescrupulosos capaces de vender hasta la propia muerte.”
El hecho salió a la luz a finales del mes de julio de 2013, cuando la Dirección Provincial de Salud Pública de La Habana emitió una nota sobre la grave intoxicación de 46 personas –a la postre fueron declarados 99, de las cuales fallecieron 11– por ingestión del popularmente conocido como alcohol de madera.
La “bebida” fue comercializada ilegalmente en el Consejo Popular Balcón Arimao, un barrio al oeste de la capital, y fue suministrada por Ramón Hernández Argudín, Augusto César Valdés Alonso y Abelardo Santos Rivero, custodios del IFAL, quienes sustrajeron 60 litros de metanol del centro.
Como consecuencia se conformó un equipo multidisciplinario integrado por especialistas del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud Pública, quienes fueron apoyados por autoridades políticas y gubernamentales locales.
Al finalizar la investigación, se desarrolló la vista del juicio oral entre los días 5 y 7 de mayo pasados, en el Tribunal Provincial Popular de La Habana, constituido en la Sala Especial del Tribunal Municipal Popular del municipio de Diez de Octubre.
Granma apunta que, además de los sancionados penalmente, “dado el descontrol evidente y el no cumplimiento de las funciones inherentes a sus cargos, al permitir un ambiente de desorden que facilitó que personas no idóneas ejercieran como custodios en objetivos de valor económico y sustrajeran esta sustancia letal”, el Ministerio de Educación superior decidió separar de la enseñanza universitaria al Decano de la mencionada institución universitaria, Juan Abreu Payrol, y removió de sus cargos al Vicedecano de Inversiones, así como a los jefes de los departamentos de Farmacia y de Seguridad y Protección.
El alcohol metílico o metanol es un producto utilizado como reactivo en laboratorios y centros de investigación; es sumamente tóxico para el organismo humano, y su consumo puede provocar graves secuelas, como la ceguera, e incluso la muerte.
Compartimos con ustedes la lista de los sancionados y sus respectivas condenas:
1. Ramón Hernández Argudín (custodio del IFAL): delitos de Robo con Fuerza en las Cosas, Homicidio por Imprudencia y Lesiones Graves (30 años de privación de libertad).
2. Augusto César Valdés Alonso (custodio del IFAL): delitos de Robo con Fuerza en las Cosas, Homicidio por Imprudencia y Lesiones Graves (27 años de privación de libertad).
3. Abelardo Santos Rivero (custodio del IFAL con una participación de menor gravedad en el robo): (6 años de privación de libertad).
Hernández Argudín y Valdés Alonso deberán indemnizar a los damnificados por la ingesta de alcohol metílico y junto a Santos Rivero, reparar el daño material causado al IFAL.
4. Katya Pineda Despaigne (vecina del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación de Carácter Continuado (5 años de privación de libertad).
5. Héctor Gelasio Mesa Santana (vecino del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación de Carácter Continuado (4 años de privación de libertad).
6. Juan Miguel Antúnez Paneque (vecino del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Encubrimiento al haber ayudado a ocultar los recipientes donde se encontraba el alcohol (4 años)
7. Zenaida Despaigne Arroyo (vecina del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación (3 años de privación de libertad, subsidiada por limitación de libertad).
8. Diógenes David Lora (vecino del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación (3 a 4 años de privación de libertad).
9. Jorge Enrique Savigne Sierra (vecino del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación (3 a 4 años de privación de libertad).
10. Ramón Villalonga Toriza vecino del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación (3 a 4 años de privación de libertad).
11. Dalia Rosa Pineda Despaigne (vecina del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación a menor escala (9 meses de privación de libertad, subsidiada por trabajo correccional sin internamiento).
12. Ana Obdulia Rodríguez Sibila (vecina del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación a menor escala (9 meses de privación de libertad, subsidiada por trabajo correccional sin internamiento)
13. Oilda Cira Tejeda Mendoza (vecina del Consejo Popular Balcón de Arimao): delito de Receptación a menor escala (6 meses de privación de libertad, subsidiada por igual período de limitación de libertad).
Demasiados benévolas las leyes para este tipo de gente q por n poco d dinero acaba con la vida d otros, sin embargo en otros casos q no se afectan vidas humanas son demasiado fuertes!!!!! Revisemos nuestro código penal
Esto es un ejemplo de como el gobierno de cuba castiga a los asesinos del pueblo, todo el peso de las leyes a estos señores asesinos.
y a los asesinos de los pacientes de Mazorra, sólo unos añitos por irresponsabilidad, cuando deberían haberlos acusado de asesinato en masa…