El Consejo de Estado cubano aprobó un nuevo decreto ley, que establece regulaciones y principios para garantizar la inocuidad de los alimentos en la Isla, una normativa sin antecedentes en Cuba.
La directora general de la Oficina Nacional de Normalización, Nancy Fernández, explicó que el Decreto Ley 9 de 2020 y su reglamento, publicados este viernes en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, establecen responsabilidades de los sectores empresarial, presupuestado y no estatal para garantizar la inocuidad de los alimentos.
Las normativas tienen como objetivo garantizar alimentos inofensivos y nutritivos, así como proveer la protección de la salud a lo largo de la cadena alimentaria, con un enfoque educativo, preventivo e integral, dijo Fernández, citada por la Agencia Cubana de Noticias.
También promueve un ambiente competitivo de los actores involucrados en esa actividad y vela por los derechos y la salud de los consumidores.
La norma define conceptos de calidad y de fraude vinculados a la actividad de producción y comercialización de los alimentos, y prevé medidas administrativas a personas naturales y jurídicas por incurrir en violaciones como el empleo fraudulento de ingredientes, empaque, etiquetado e información sobre el producto.
Las personas naturales y jurídicas responsables por estos hechos pueden ser multadas, ocupadas sus muestras, y retenidos sus productos y materias primas, de acuerdo con la fuente.
Además, pueden ser objetos de decomiso, clausuras de establecimientos, locales, paralización de procesos productivos, suspensión o retiro temporal o total de las licencias y de sus registros sanitarios.
Asimismo, si la autoridad reguladora aprecia que además del daño o riesgo detectado puede ser constitutivo de delito, está en la obligación de denunciarlo, de acuerdo con lo establecido en la legislación penal vigente.
Ante infracciones en materia de inocuidad alimentaria, las personas naturales que ejercen el trabajo por cuenta propia pueden ser multadas en correspondencia con las cuantías establecidas en la legislación específica para ese sector.
El nuevo decreto ley entrará en vigor 180 días después de ser publicados en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.