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Inicio Cuba Sociedad Sociedad

Medidas de seguridad predelictiva en Cuba: 2+2 no son 4

por
  • Raudiel F. Peña Barrios
    Raudiel F. Peña Barrios,
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    raudiel_pena
noviembre 19, 2015
en Sociedad
34

(…) considerar al hombre como una cosa: ¿puede haber una fórmula más expresiva de la incivilidad?
Francesco Carnelutti (1989):
Las miserias del proceso penal, p.28.

Si una institución del Derecho Penal puede ser, y de hecho lo es, ampliamente criticada, son las medidas de seguridad. Estas se remontan a un período en la evolución de las Ciencias Penales, en las que se buscaba la prevención del delito a partir de adoptar medidas profilácticas contra el potencial delincuente. Tuvieron una fuerte impronta a nivel mundial, por lo que fueron acogidas por los países europeos y de Latinoamérica durante todo el siglo XX.

Su razón de ser fue la prevención sobre aquellas personas que por su conducta, presentaran una alta proclividad a cometer delitos. Sin embargo, en más de una ocasión se emplearon de forma arbitraria contra determinadas minorías. El ejemplo clásico fue el período del nacionalsocialismo alemán de Adolf Hitler (1993-1945), en que los ajenos a la comunidad (judíos, homosexuales, prostitutas, etcétera) las sufrieron intensamente.

Hoy existe el criterio de que son incompatibles con lo que se ha dado en llamar Estado de Derecho.

Lo cierto es que las medidas de seguridad menoscaban algunos de los postulados elementales del Derecho Penal moderno. En primer término el principio de in dubio pro reo, que constituye un pilar de la presunción de inocencia, se vulnera con la intención de preservar el orden social. Esto supone que ante la duda sobre si una persona es propenso a cometer un delito, se actúa de forma tal que se protege a la sociedad del potencial delincuente. La intervención estatal se produce antes de que el individuo ejecute alguna acción tipificada como delito. Adoptar el sistema de la peligrosidad menoscaba el principio de que, para que una conducta sea calificada y en consecuencia sancionada como delito, debe estar establecida como tal y con anterioridad a la realización de esa conducta.

Su utilización como criterio para el tratamiento penal y preventivo, explica la imposibilidad de hacer catálogos completos de situaciones peligrosas. Ante el juicio de peligrosidad se responde por lo que se es, por todos los actos pasados y con vista a los futuros. Por tanto, las medidas de seguridad no son consecuentes con los principios garantistas del Derecho Penal actual. Son contrarias al espíritu y los postulados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como de diversos tratados internacionales sobre esta materia.

La primera experiencia en Cuba con este tipo de medidas, se remonta a la adopción del Código de Defensa Social de 1936. En la actualidad siguen vigentes de acuerdo a lo dispuesto en el Código Penal (Ley No62 de 1987). El artículo 72 de esta ley considera como estado peligroso, la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista. Además, a continuación recalca que dicho estado se aprecia cuando en el sujeto concurre alguno de los índices de peligrosidad reconocidos. Estos son la embriaguez habitual, la dipsomanía, la narcomanía y la conducta antisocial. De todas estas modalidades, la más controversial por lo difícil de conceptualizar es la conducta antisocial.

De acuerdo con el Código Penal, se entiende que una persona incurre en una conducta de este tipo cuando quebranta habitualmente las reglas de convivencia social mediante actos de violencia. También por cometer otros actos provocadores, violar derechos de los demás; o porque su comportamiento en general daña las reglas de convivencia o perturba el orden de la comunidad. De igual forma se incluye al que vive como un parásito social, del trabajo ajeno; o explota o practica vicios socialmente reprobables.

Para enfrentar estos comportamientos tendentes a delinquir, el Código Penal recoge un paquete de medidas. Al declarado en estado peligroso se le puede imponer la medida de seguridad predelictiva más adecuada, dentro de un listado que abarca las terapéuticas, reeducativas y de vigilancia por los órganos de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR). Las llamadas reeducativas son el internamiento en un establecimiento especializado de trabajo o de estudio; o la entrega a un colectivo de trabajo, para el control y la orientación de la conducta del sujeto. Estas se aplican a los individuos antisociales, y pueden durar un año como mínimo y cuatro como máximo.

En la práctica cotidiana, las medidas que implican internamiento son la principal herramienta, y habitualmente la única, para enfrentar, por ejemplo, la prostitución. De esta forma, las personas que se prostituyen pueden pasar hasta cuatro años internados en un centro de reeducación privadas de libertad. Debo aclarar que en Cuba no está penalizada la prostitución, pero la interpretación de los índices de peligrosidad ha conllevado al internamiento, en casos donde la supuesta conducta antisocial se ha asociado a este fenómeno. Generalmente dichos centros están ubicados en áreas de establecimientos penales, lo que significa que los llamados asegurados comparten espacio con personas sancionadas por la comisión de algún delito.

Lo cierto es que los criterios legales que se manejan hoy en Cuba sobre esta temática dan pie a la arbitrariedad. Que existan las medidas de seguridad predelictiva pone en tela de solfa algunos de los más elementales derechos individuales reconocidos por nuestra Constitución. No por gusto aquellas han quedado hoy desterradas de una buena parte de las legislaciones penales del mundo, y para algunos, entre los que me incluyo, son aberraciones jurídicas. Las respuestas a fenómenos que no hemos sido capaces de erradicar debido a nuestras carencias (materiales y espirituales), no pueden suponer la limitación del derecho a la inserción o reinserción social de las personas.

La sociedad cubana puede exigir que se utilicen otros mecanismos de respuesta que no provengan necesariamente del Derecho Penal. Prevenir factores de exclusión que conllevan al ejercicio de conductas contrarias al bien común, parece un inicio lógico en este sentido. Lo anterior debe ser responsabilidad de todas las instituciones estatales, y de cuantos actores sociales estén dispuestos a contribuir.

Por otra parte, legitimar el derecho al desacuerdo y la interpelación política cuando estas no supongan un menoscabo de la soberanía nacional, también sería un paso importante en el largo camino de prevenir desafueros. Más de una vez se confunde intencionadamente lo “antisocial” con conductas y opiniones críticas frente al orden institucional y político. Ideas como estas podrían ser tenidas en cuenta para un nuevo Código Penal por venir, que debería contribuir un paso más en la democratización de la Cuba del presente y el futuro.

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* Raudiel F. Peña Barrios, cubano, jurista, reside en La Habana.

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Comentarios 34

  1. rosa says:
    Hace 9 años

    muy buen articulo! tenemos que perder el miedo a decir las verdades si queremos una cuba mejor! es hora que el gobierno cubano deje de irrespetar al pueblo cubano, sobre todo a aquellos que se oponen al orden político!

    Responder
  2. La mora says:
    Hace 9 años

    Este tema está como los derechos humanos…cada vez que se acuerdan lo sacan a relucir. QUÉ HORROR!!! Con tantos temas interesantes para debatir y seguir lloviendo sobre mojado.

    Responder
  3. rosa says:
    Hace 9 años

    Mora mientras no se respeten los derechos humanos habrá que sacar el tema!! Son los derechos mas elementales que debemos tener todos los seres humanos, y en cuba se carecen de muchos de ellos, eso si es un HORROR!!!

    Responder
  4. Maria Valdes Rodda says:
    Hace 9 años

    Muy buen texto.

    Responder
  5. celia says:
    Hace 9 años

    Estoy de acuerdo con la aplicación de la peligrosidad, que es como se conoce esa ley aquí en cuba,si se aplicara como antes no hubiera tantos delitos en cuba,creo que una persona que ha estado un montón de veces preso es un peligro para la sociedad, todos sabemos que en las prisiones muy pocos son los que se rehabilitan,soy medico,trabaje cumpliendo mi servicio social hace ya un tiempo en una prisión en la provincia de guantanamo y lo que vi allí fue tremendo,presos que en el año que estuve allí, salieron y entraron mas de 4 veces,de ese tipo de personas no se puede esperar nada bueno,igual que esa cantidad de jóvenes que ni estudian ni trabajan son propensos a delinquir,( que nadie me los justifique diciendo que en cuba los salarios son muy bajos y por eso no trabajan, por favor._ y creo que la sociedad debe protegerse d ellos,hay un refrán que mas o menos dice así ,EL OCIO ES LA MADRE DE TODOS LOS VICIOS.es mi opinion y no preciso que nadie me la discuta por favor ,el que quiera que de la suya

    Responder
  6. reinaldo says:
    Hace 9 años

    me hubiese gustado que fuese una lectura rápida. Empezó generalizando tanto y con palabras tan técnicas que opté por no leer. Una lástima

    Responder
  7. Daniel says:
    Hace 9 años

    me paso lo mismo que reinaldo.. me perdi… esto es para gente normal

    Responder
  8. ex recluso says:
    Hace 9 años

    Celia, ud será doctora, pero de trabajo social no sabe absolutamente nada. Si los presos no se reeducan es por el no cumplimiento de las metodologías existentes en el sistema de prisiones, q están escritas, q son ciencia constituida. Y q no quiere decir q se reeduque el 100%, pero al menos un % debería ser reeducado, la idea es siempre hacer por salvar al hombre, no echarlos allí a q se mueran, se pudran en la inmoralidad, si eso pasa, si no se les apoya con cientificidad, pues claro q una y otra vez volverán a delinquir. Y el trabajo con el preso no termina el día q sale del penal, sigue en la calle, en su reinserción, pero es q tampoco eso se cumple, el primero y posiblmente el único q lo atiende afuera es el jefe de sector q lo está velando pa de nuevo meterlo preso. Esto es una cadena bien larga, q debe comenzar antes de apresarlo (precisamente para no llegar a apresarlo). Lo importante es salvar al hombre, repito, y en esa cadena, ud como médico debe jugar un papel también importante: La verdad es q deja mucho q desear su criterio, y sobre todo esa intolerancia a q le critiquen, entonces no vierta criterios, guárdeselos, pq desde q dice cosas tan disparatadas, para un médico Dios mío, ya está expuesta a q los demás le discutan.
    El sistema de prisiones cubano es, comparado con la mayoría inmensa del mundo, muy justo y muy abocado a salvar al hombre, pero como todo, muchas veces se cae en la rutina, en la desidia. Todos lso planes están hecho, las metodologías comprobadas, pero falta aceitarlo, tocarlo con la mano, como todo en la vida. Y todo pasa, por la correcta selección por vocación de los combatientes q ahí trabajan pq para eso hace falta tener mucha vocación. Lo principal, una vez más, es el hombre.

    Responder
  9. Pepe says:
    Hace 9 años

    Celia, a ti te parece bien que se aplique la ley de peligrosidad, pero a muchos se le olvida que esa misma arma se utilizó contra los gays, contra el que no trabajaba, con el que no iba a votar en las elecciones o con el que escribia cosas no afines a la “moral socialista”. Echa la Ley, echa la trampa o el garrote en este caso. y para La Mora para mi el tema mas interesante que puede existir es el derecho a la integridad del ser humano y aunque en Cuba existe una salud y una educacion decente por enumerar solo unas pocas, se reprime a quien piensa y se expresa de forma pacífica en contra del gobierno.

    Responder
  10. Gema says:
    Hace 9 años

    Creo que Raudiel ha dado una buena conferencia para el conocimiento general del origen, critica y razones para el sostenimiento de la figura de peligrosidad reconocida y probada, como estado pre – delictivo dentro del Derecho Penal ….. En Cuba, dentro de los principios del Derecho Penal y Justicia Social, se prioriza la prevención de la comisión del delito y, el trabajo por la re educación del comitente.
    Las estructuras organizativas, tanto políticas, sociales, policiales y judiciales desde las instancias primarias en la sociedad cubana, están creadas para darle prioridad a estos objetivos…. Nada es infalible ni escapa a los vicios que combaten…. Hay malos educadores en cualquier parte y. por desgracia estos son capaces de crear problemas peores a los que se debe enfrentar…
    También hay que diferenciar el poco margen que existe entre “el pensar y expresarse en forma pacífica en contra del gobierno” (como dice Pepe) y, la acción de expresarse en lugares públicos con alteraciones con frases ofensivas a los creencias de otras personas o grupos sociales y/o religiosas de la sociedad provocando desordenes y alteraciones del orden….
    Por ejemplo, no es lo mismo, hacer una procesión pacifica por 5ta. Avenida, con letreros y carteles diciendo lo que se piensa que, ese mismo grupo en ese mismo lugar pero, tirando octavillas a la vía publica, gritando consignas ofensivas contra dirigentes políticos, gubernamentales, etc., contra las creencias políticas y/o religiosas de otra parte de la sociedad …. Eso ya no es un problema de “pensamiento o de conciencia” …….
    Cuando sentimos que “esta tronando” rápidamente pensamos en que está a punto de llover…. Asi mismo, todo el mundo sabe que, cuando alguien no trabaja ni estudia, pasándose el día entre personas de baja moral social, mas tarde o temprano intentara cometer algún hecho delictivo…. Siempre hay excepciones pero lo normal es eso… Esa es la importancia que tiene el mantenimiento de esa figura de “Estado Pre – Delictivo”…. También podemos decir popularmente que, es preferible equivocarse injustamente por uno, que perder el juego por muchos….

    Responder
  11. Gema says:
    Hace 9 años

    Para agregar algo más sobre el Estado de Peligrosidad o Estado Pre delictivo….En muchos países del “Primer Mundo”, se contempla el Estado de Peligrosidad Delictiva a partir del momento en que la persona pasa por primera vez por un tribunal, el nivel de la causal comenzara a ser arrastrado y, siempre se le tendrá en cuenta….

    Responder
  12. Osvaldo says:
    Hace 9 años

    Heil Celia!
    A favor de la “Ley de peligrosidad” y no se le puede “discutir” su opinión.
    Habría que ver si tendría la misma opinión si le encarcelaran u hostigaran a un ser querido apoyados en semejante ley violatoria del derecho a la libertad del ser humano.

    Responder
  13. Rey says:
    Hace 9 años

    Hay personas que nacen en el cepo y se sienten mal cuando dejan de sentir los latigazos

    Responder
  14. celia says:
    Hace 9 años

    Foristas que no están de acuerdo conmigo,por favor uds son los primeros que cuando les roban en sus casas o le sucede algún hecho delictivo invocan esta ley,duele mucho que t roben lo que con tanto sacrificio se adquiere o le causen un daño a un familiar o amigo,aquí en cuba somos demasiado benévolos con los delincuentes,tengo dos misiones en países de América del sur y allí si que maltratan a los delincuentes,y cuando están molestando mucho ,los sacan del aire y nunca mas se sabe de ellos y nadie se queja de eso,al contrario,así que déjense de ser tan sensibles y rueguen por que nunca les suceda nada.si por desgracia les sucede, ese día me darán la razón

    Responder
  15. celia says:
    Hace 9 años

    Pepe yo me refiero a la esencia de la ley,que después la misma haya degenerado y fuera mal aplicada en esos casos que tu dices, mal hecho.LA DELINCUENCIA ES LA QUE NO SOPORTO, Y SIEMPRE QUE PUEDA LA COMBATIRÉ.ODIO A LOS LADRONES, A LOS ASESINOS,A LOS VIOLADORES.

    Responder
  16. Rey says:
    Hace 9 años

    La idea de Gema que es preferable equivocarse con uno que perder el juego por muchos es una muestra de lo poco que se valora al individuo como parte integral de la sociedad en Cuba. Esa misma filosofia la uso Hitler, justificando el aniquilamiento de los judios para que la sociedad alemana no se echara a perder, es la misma que uso Fidel Castro en su momento para enviar a la UMAP a individuos sospechosos de ser religiosos, homosexuales y otras “lacras” que perjudicaban a la sociedad. Es correcto que quien haya cometido un delito aparezca en algun registro de criminales, pero es injusto que alguien, solo por apreciacion personal y /o con intereses nada claros, ponga a una persona que hasta el momento es inocente (mientras no se demuestre lo contrario) en una lista negra . Al criminal que se le trate sin piedad.

    Responder
  17. Gema says:
    Hace 9 años

    Rey, tienes mucha razón fue un error el utilizar esa “frase popular sobre la equivocación” , también dije “que nada es infalible” y, que “siempre hay excepciones”. No creo que fuera Fidel el “equivocado” al mandarse injustificadamente a personas inocentes a algún tipo de prisión; esa responsabilidad nace en las manos de individuos algunas veces oportunistas, mal intencionados y equivocados en la valoración de parámetros y valores humanos.
    Es indudable que “el individuo”, el hombre o el ser humano es la base de la sociedad, cuando estos se unen y luchan por mantener los conceptos acordados en esa unión.. Conceptos que cambian proporcionalmente a la misma velocidad con la cual se desarrollan, al descubrirse las fallas conceptuales que lo sustentan y/o al cambiar las causas que lo motivaron.

    Responder
  18. Armando Chaguaceda says:
    Hace 9 años

    No le añado ni quito una sola coma. Excelente. felicidades al autor y a OnCuba

    Responder
  19. Khiusttin says:
    Hace 9 años

    Mira es cierto que la aplicación de los estatutos legales en ocasiones se pasan por los encargados de aplicarla, pero como dijo Celia —cuando te roben en tu casa te duele–, cuando una persona que no trabaja en ninguna de las diversas modalidades vive mejor que tú, que te pasas el día entero sacrificándote por ganar un salario que no te alcanza para nada; lo primero que haces aunque no lo quieras reconocer es decir que está haciendo la policía no ven esto o qué y te lo dice una persona que tiene amplio conocimiento del tema, lo primero que debemos hacer es dejar que cada cual haga su trabajo, conocer un poco del trabajo de ellos porque nadie quiere ser policía ese es un trabajo que es muy criticado por todos, pero que falta hacen, se lo que diran no estoy ajeno a ello pero se han preguntado porque lo hacen saben cuantas quejas les hacen solo por ayudar (no todos son corruptos ni abusadores existe un buen grupo que le gusta su trabajo), pensemos que la prevención del delito es la mejor arma contra el delincuente y así se evitan los hechos delictivos de cualquier categoría.

    Responder
  20. Manuel says:
    Hace 9 años

    No estoy de acuerdo con la ley de peligrosidad, le da mucho poder judicial al estado, prestandose para el abuso a minorias y a personas con ideas politicas que difieren de la politica estatal. No es secreto que en cuba se abusa de esta ley, creo que el cuidadano de ser asumido inocente y es el trabajo del estado de probar que no es, existen leyes en paises del primer mundo que trata ante la corte con mas severidad a aquellos que sean jusgados y probados culpables si su delito en causa es el tercer delito. La diferencia es que el acusado ya a cometido el delito antes los ojos de la ley e acusado por tal delito, no propenso a cometer uno y tiene derecho al proceso judicial, solo condenado con mas severidad si es encontrado culpable.

    Responder
  21. celia says:
    Hace 9 años

    oye osvaldo y me imagino que no eres el de los 5u4 ,lee bien lo que escribí e interpretalo,hablo de los delincuentes no de las personas honestas , por favor dejen ser tan sensibles

    Responder
  22. Gema says:
    Hace 9 años

    Es muy difícil encontrar a un demente que reconozca su demencia… Es mucho más difícil, encontrar a un “castigado” reconociendo que había justa razón para su castigo…. Incluso el que llega a reconocer su culpabilidad, hace todo lo posible por minimizarla.
    Los anales Jurídicos en todo el mundo, están repletos de famosos juicios donde fueron erróneamente sancionados personas inocentes pero que fueron encontrados “culpables”… Generalmente, por el empleo y re manejo de elementos probatorios y/o desestimación de otras que lo podrían absorber.
    No existe nada absolutamente puro como para hacer feliz al ciento por ciento de las personas, siempre existirán aquellos que se sentirán afectados de una u otra forma por alguna medida… Lo importante es que la medida tomada logre beneficiar a la mayor cantidad posible y que esta se emplee hasta que cambien las condiciones que motivaron su origen. Eso es Justicia.

    Responder
  23. jorgealejandro1 says:
    Hace 9 años

    La figura de “peligrosidad predelictiva” es una monstruosidad jurídica en cualquier país donde no haya una dictadura. Es una prueba más de que la situación del ciudadano cubano es detotal indefensión frente algobierno. Todo el mundo es inocente hasta tanto no se pruebe que es culpable. Y eso se tiene que aprobar en un juicio con todas las garantías procesales que estipula la ley.

    Pero bueno, qué se puede esperar d eun sistema en que ponen a la policía a corretear azoteas para que la gente no vea tv por cable…

    Cuba es el Macondo del Caribe… y no por culpa del embaro, ¿Eh?

    Responder
  24. Pogolotti says:
    Hace 9 años

    Cada vez que relea este interesante trabajo y lo comparta con mis amigas y amigos, además de conocer acerca de la denominada conducta antisocial y peligrosidad predelictiva, entre otros términos jurídicos, recordaré la imagen de un mestizo y un negro siendo interceptados por la Policía Nacional Revolucionaria. Gracias por tanto paraíso reforzador de estereotipos.

    Responder
  25. Héctor says:
    Hace 9 años

    Sólo unos apuntes a lo debatido. ¿Hasta qué punto la situación socioeconómica de las últimas décadas ha favorecido y sigue favoreciendo el desarrollo de la delincuencia en Cuba?-el cuestionamiento anterior partiendo siempre del concepto de que delincuente -lo tipificado en el código penal-es aquel sujeto que comete un delito tipificado por la ley y, en consecuencias, sancionable. En este concepto está implícito el tema de la asignación del abogado (hay que pasar por una acusación de disidente o CR-como les ¨etiquetan¨en el sistema penitenciario para saber a que me refiero, el juicio-supuestamente imparcial-,las reclamaciones, y un largo etcétera).

    Responder
  26. higinio says:
    Hace 9 años

    El odio a la delincuencia no puede ser un factor que amerite el desconocimiento del derecho a la libertad y a la presunción de inocencia, como principios del reconocimiento de los derechos fundamentales de la persona, es como tratar a una persona como enferma sin saber que padece, el remedio antes de la enfermedad declarada, y ese sencillo ejemplo es el que nos ilustra el colega Raudiel.-

    Responder
  27. Gema says:
    Hace 9 años

    Decir que en el mundo solamente existe Blanco y Negro seria como negar que entre un número y otro no existen infinitos números….
    Las Leyes, son creadas siguiendo un Patrón General Internacional pero, siempre dependerán de las características e intereses de la Sociedad que las crea.
    La Constitución de cada país, representa “ La Ley Primera” de cada país y, a ella se deben todas las organizaciones que funcionen en el país, sin importar los intereses que persiga cada organización, NUNCA SERA ILEGAL, si se ajusta a la Constitución.
    El Sistema de Leyes Sociales, Comerciales, Penales y Militares, tienen que ser basadas acorde con la Constitución.
    La fuente principal del Derecho, radica en la experiencia cotidiana de la Sociedad en cuestión; las Leyes se crean, se emplean y se modifican, según los cambios propios de la Sociedad pero nunca deberán violar a los preceptos de la Ley Primaria pues serian “Nulas de Pleno Derecho”.
    La Oposición, si es “opuesta” al Sistema de Gobierno, tiene que demostrar que dicho gobierno viola la Constitución vigente y legalmente aprobada. Pero si la oposición es contra la Constitución, entonces no tiene otra salida, que incorporarse al Sistema y demostrar que ella, La Constitución vigente, no responde a los verdaderos intereses del Pueblo…. Si no puede demostrar alguna de esas cosas, mejor es que se deje de tonterías, rabietas y pataletas, porque no tendrá derecho a ser reconocida Nacional ni Internacionalmente.

    Responder
  28. jorgealejandro1 says:
    Hace 9 años

    Gema:

    Pues tiene Ud razón. todo lo que vaya conttra la constitución es,por definición ilegal, no obstante el gobierno cubano la viola flagrantemente:

    1- Los actos derepudio, desde el 80 a la fecha donde se dieron y se dan golpizas, en ocasiones hasta con peligro de lavida del afectado;y sin que fuera este el agresor, son inconstitucionales,amén de que durante su ejecución se cometen varios delitos muy bien tipificados en el código penal. enb este caso,los agentes dela ley no impiden la comisión delos delitos, sino que salvaguardan a los que los cometen.

    2- El exigirle a un ciudadano cubano un permiso de entrada a Cuba (Llámese “habilitación del pasaporte”,o como les dé la gana ponerle) es anticonstitucional. De hecho Cuba es el único país del hemisferio que lo hace.

    3- El exigirle un pasaporte cubano para viajar a Cuba a personas que ya han adquirido una ciudadanía extranjera,viloa claramente el Art 32 de la Constitución, que, ni reconoce la doble ciudadanía, y que dice textualmente que al adquirirse otra ciudadanía,automáticamenteseperderá lacubana. Pero la explicación aquí es muy fácil: Sacarle a la gente los más de 400 dólares por el pasaporte cubano ( Que fuera de Cuba es más una cruz y una carga que otra cosa), más los 200 por la renovación cada dos años; tener a su merced al individuo cuando vaya a Cuba,y hasta puede ser que darle unas nalgaditas por el horrible pecado de no querer ser parte dela construcción del socialcosadesa, y haber tenido la suerte de poder largarse con viento fresco.

    Responder
  29. Rey says:
    Hace 9 años

    Gema, por favor que aca la mayoria somos cubanos. Sus conceptos son muy bonitos, pero usted sabe que una cosa dice el borracho y otra el bodeguero y hay decenas de pruebas de que ni siquiera la Constitucion Vigente se cumple al dedillo, Donde en esa constitucion se dice que un cubano no se puede mudarse dentro de la isla como le de la gana?, donde estan las mas de diez mil firmas que en su momento present Osvaldo Paya a la Asamblea Popular y que ignoraron totalmente?, que hay de la propuesta del CENESEX sobre el derecho de los gays al matrimonio y que se presenta todos los años?, donde dice en esa constitucion que puedes estar preso por meses sin cargos y luego liberado sin explicacion alguna?, donde dice que el cubano que vive en el exterior esta sujeto a la voluntad del gobierno a regresar al pais?, que parte de la constitucion ampara a los que dan golpes a damas indefensas?. Es cierto, cada pais ajusta su constitucion acorde a sus intereses. Es por eso que la de Cuba juro lealtad fiel a la Union Sovietica y se apertrecho de tal manera que segun esa constitucion, nadie puede cambiarla. Es asi o no?

    Responder
  30. Hécto Mendoza says:
    Hace 9 años

    Señores, no especulen más. Quien hace la ley, hace la trampa y estos tipos han sido tramposos y mentirosos desde el primer día

    Responder
  31. Reinier says:
    Hace 9 años

    Excelente análisis de un tema por el que hace tiempo esperaba un tratamiento de nuestra prensa… Hay que explicarle a la gente que tiene derechos, que hay normativas y principios que rigen la vida moderna, que son necesarios conocer y defender. Una pena que sea acá y no en el Granma o en el Juventud donde se analice esto…. Gracias a On Cuba esta vez. Muy bien.

    Responder
  32. Rigoberto-Rondon says:
    Hace 9 años

    Durante los ochenta y los noventas casi todos los días me pedían el carnet. donde fuera, con quien fuera, a lo que fuera. no importa si salía de mi trabajo a las diez de la noche… lo que fuera. siempre lo mismo con lo mismo. siempre se oía venir igual…. ciudadano buenas noches, carnet de identidad por favor, decía una voz popular.

    Responder
  33. Darío says:
    Hace 9 años

    Se ve que lo escribió un jurista.

    En cuanto a: “3- El exigirle un pasaporte cubano para viajar a Cuba a personas que ya han adquirido una ciudadanía extranjera,viloa claramente el Art 32 de la Constitución, que, ni reconoce la doble ciudadanía, y que dice textualmente que al adquirirse otra ciudadanía,automáticamenteseperderá lacubana”

    Al no ser la Constitución de aplicación directa y carecer de Ley de Ciudadanía o un mecanismo definido en ley para la pérdida de esta ciudadanía cubana (impuesta hasta los tuétanos siempre que se pueda, para poder ejercer el control sobre las criaturas) eso es inejercitable. O sea, no sucede y tienes que seguir saliendo y entrando con pasaporte cubano. Cubanos para siempre.

    …como diría Cantiflas, ahí está el ‘detalle’.

    Responder
  34. Gabriel says:
    Hace 9 años

    No era Foucault el que decia que la justicia tiene su basamento en el poder, alegando que alguna vez en la historia la esclavitud fue legal, el racismo fue legal? En fin, que en Cuba, como en todo el globo terraqueo la justicia la determinan los poderosos, unos mas cool que otros

    Responder

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