Cuba responde a las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República, informa la Gaceta Oficial No. 38.
En la Isla, según la Cámara de Comercio, hay más de 600 sucursales de firmas foráneas, las cuales tienen como limitante la imposibilidad de importar y exportar directamente con carácter comercial; realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; o distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
Dos de las compañías que renovaron sus licencias fueron la francesa Sucres et denrees (SUCDEN), que realiza actividades relacionadas con azúcares y artículos de confitería, y la de Barbados Sherritt International Investments (Cuba) Limited, que atiende inversiones en petróleo, níquel, turismo, agricultura, bienes raíces, azucarera y financiamiento.
Se mantendrá la compañía china Top Sport Holdings Limited, autorizada a realizar actividades comerciales que involucren carnes y pescados, leche y productos lácteos, plantas, hortalizas, café, té, yerba mate y especias, cereales, grasas y aceites, seda, entre otros.
Las españolas Manuel Revert y Cía., S.A., que comercializa materias albuminoideas, plástico, madera, algodón…, y la Sociedad Anónima Ibérica de Distribuciones Industriales (SAIDI), enfocada en plásticos, manufacturas e instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía; también permanecerán en la Isla.
La compañía suiza Agostini GMBH (orgánicos, metales preciosos, radiactivos, aceites) y la eslovaca Slovenske Energeticke STRO-JARNE, S.A. (reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos) igualmente seguirán en territorio nacional junto a otras.
Le fue denegada la solicitud de renovación, por ejemplo, a la española Billabona Eximport S.L. El Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras explicó que “han variado las condiciones e intereses que justificaron el otorgamiento de la Licencia que le fuera concedida a la referida compañía”.
El establecimiento de compañías extranjeras en Cuba está condicionado, según el Centro para la Promoción del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, por el Decreto 206 de 1996 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, que autoriza el establecimiento de los interesados en mantener una sucursal para atender directamente sus relaciones comerciales con empresas y organismos cubanos.
También regula las negociaciones con quienes aspiran a poseer un representante –sin llegar a la apertura de una oficina propia–, previo el otorgamiento de un contrato de agencia por una entidad nacional.
Los trámites para el establecimiento de una Sucursal o para actuar como Agente comienzan con la solicitud del interesado ante el Encargado del Registro y concluyen con su inscripción o denegación, en un término no mayor de sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud de inscripción.