El primer ministro Manuel Marrero anunció este viernes una revisión y actualización de las normas jurídicas que rigen el funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), a dos años de su creación.
Citado por Cubadebate, el jefe de gobierno dijo que ello está en correspondencia con lo que establecieron las propias normas, y en ese encargo labora un grupo de trabajo multidisciplinario.
“Para nada habrá un paso atrás con esa decisión, existe un consenso en avanzar a partir del incremento de los actores económicos en el país. Pero en este proceso de actualización siempre habrá distorsiones que arreglar y conducir”, señaló el funcionario, en referencia a cuestiones asociadas al volumen de aprobación de las mipymes y los términos de tiempo en que se realiza.
Marrero agregó que se trabaja en la actualización de la lista de las actividades prohibidas para todos los actores económicos y se estudia la creación de dos instituciones: una para atender los actores económicos no estatales y otra para la empresa estatal socialista.
“Estamos convencidos de que será para bien de todos; y eso lleva, por supuesto, una gran participación de ustedes por la responsabilidad en la implementación y control de las normas”, explicó a los más de 470 asesores jurídicos, consultores y abogados y profesionales del sector.
Asimismo, precisó que otro de los retos radica en el asesoramiento a los Gobiernos municipales y provinciales, en el perfeccionamiento de los proyectos locales, de la contratación económica, la inversión extranjera, la administración pública, así como los servicios legales a las sociedades mercantiles.
Mipymes y la necesidad imperiosa de una visión integral y estratégica
Cuba publicó en agosto de 2021 las normativas que rigen la creación y el funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) de propiedad estatal, privada o mixta.
El decreto-ley 46 publicado en la Gaceta Oficial establece que las mipymes son unidades económicas con personalidad jurídica, que poseen dimensiones y características propias, y que tienen como objeto desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad.
Entre sus facultades, las mipymes pueden exportar e importar, gestionar y administrar sus bienes, definir los productos y servicios a comercializar, así como sus proveedores, clientes, destinos e inserción en mercados; y operar cuentas bancarias y acceder a cualquier fuente lícita de financiación.
Las mipymes cubanas pueden estar integradas por uno o más socios, se constituyen como sociedades mercantiles y se clasifican en dependencia del número de personas ocupadas como: micro empresa, cuyo rango de ocupados es de uno a 10 personas; pequeña empresa, de 11 a 35; y mediana empresa, de 36 a 100 personas.
El Gobierno cubano dio luz verde a principios de junio de 2020 su creación como actores económicos que cuentan con autonomía empresarial, pero cuyo ejercicio se limita a sectores no estratégicos.
El lenguaje que utilizan los medios cubanos es bastante
ambiguo, hasta el punto de no saber lo que en realidad se quiere decir. Espero que siempre sea un paso al frente y para bien de Cuba.