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Cuba elimina el límite de 60 años para aspirar a la presidencia de la República

Se trata de un proceso que marca una de las modificaciones políticas más significativas desde la promulgación de la Constitución de 2019 y quita una camisa de fuerza autoimpuesta por el liderazgo histórico.

por
  • Redacción OnCuba
    Redacción OnCuba
julio 19, 2025
en Política
1
Máximos líderes de la revolución. Fidel Castro 1959-2008, Raúl Castro 2008-2018 y Miguel Díaz-Canel 2018-2028 Foto. AMD

Máximos líderes de la revolución. Fidel Castro 1959-2008, Raúl Castro 2008-2018 y Miguel Díaz-Canel 2018-2028 Foto. AMD

Bajo el apremio de una escasez de opciones políticas de cara a 2028, en que debe concluir el mandato de Miguel Díaz-Canel, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este viernes una reforma constitucional que elimina el límite máximo de 60 años para ser elegido presidente de la República.

Con 440 diputados presentes —de los 462 escaños del Legislativo unicameral— y un 95,2 % de participación, la reforma fue adoptada por unanimidad mediante votación nominal, donde cada legislador expresó su voto en voz alta.

Contexto

La reforma, que afecta el artículo 127 de la Constitución vigente, suprime la exigencia de no exceder los 60 años de edad para una primera elección presidencial, manteniéndose los demás requisitos: ser mayor de 35 años, gozar de derechos civiles y políticos, ser cubano por nacimiento y no poseer otra ciudadanía.

El límite etario había sido incorporado en 2019 a propuesta del general Raúl Castro, con el objetivo de promover una renovación generacional tras seis décadas de liderazgo de los hermanos Castro, rodeados de un equipo de colaboradores cercanos en edades muy avanzadas.

“Durante la redacción y el proceso de aprobación del proyecto de Constitución, el límite de los 60 años como edad máxima para ocupar dicho cargo se incorporó a partir de una propuesta del propio General de Ejército, fundada en su experiencia personal, y resultó lo más recomendable en aquel momento”, recordó en la sesión Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea.

Razones para quitarse una camisa de fuerza

Esta vez, el argumento central para la supresión del tope etario es el marcado envejecimiento de la población cubana, que ha alterado el panorama demográfico desde la promulgación constitucional de 2019.

“Las circunstancias actuales son diferentes a las del momento en que fue aprobada la Constitución, caracterizadas por un marcado envejecimiento poblacional. En consecuencia, es necesario no limitar la posibilidad de elegir a personas que, cumpliendo con los requisitos establecidos, puedan asumir el cargo, siendo esto más conveniente para la Revolución y contribuyendo al fortalecimiento de la institucionalidad y la preservación del proceso revolucionario”, expuso Lazo en su intervención ante el plenario.

Según datos oficiales de la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI) de Cuba, en 2019 aproximadamente el 20,4 % de la población tenía 60 años o más, lo que representaba alrededor de 2,2 millones de personas adultas mayores en ese momento.

Para 2025, esta proporción habría aumentado significativamente, situándose en torno al 24,4% de la población, lo que corresponde a más de una cuarta parte de los cubanos que viven la tercera edad.

La reforma fue promovida por el Consejo de Estado a propuesta del exmandatario y diputado Raúl Castro, de 94 años, tras ser avalada previamente por el Buró Político del Partido Comunista, máximo órgano de poder en la isla.

“Se busca no limitar que personas en pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, con una edad superior a los 60 años y que hayan demostrado fidelidad a la Revolución, compromiso con sus ideales y trayectoria revolucionaria, puedan ser elegidas para tan altas responsabilidades”, precisó el presidente del Parlamento cubano al anunciar la medida.

A la luz del requisito ahora eliminado, Roberto Morales Ojeda, actual secretario de Organización del Comité Central del PCC y uno de los pocos “presidenciables” bajo la vieja cortapisa, ahora será acompañado por más figuras competitivas para el cargo en el año 28. 

¿Quién podría ser el próximo presidente de Cuba?

Citas de diputados y debates internos

El debate, transmitido parcialmente por la televisión nacional, recogió argumentos técnicos, políticos y demográficos.

Al referirse al cambio de la Carta Magna, José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, afirmó que “habrá que cambiarla solo cuando determinadas circunstancias lo exijan. Este proceso es único: la Asamblea Nacional del Poder Popular es el único órgano con potestad constituyente y legislativa de la República, el único órgano que puede reformar la Constitución”.

Otra de las voces fue la del diputado Yaisel Osvaldo Peter Terry, representante por Ranchuelo, Villa Clara:

“Las condiciones y la situación demográfica del país en este año no tienen que ver con las de 2019. Esto no tiene que ver con los períodos de mandato del presidente ni con sus atribuciones, sino con un requisito que, en 2019, era necesario… Lo presentado no contradice ningún artículo constitucional”.

Por su parte, Raúl Alejandro Palmero, diputado por Arroyo Naranjo, defendió la adaptabilidad del sistema político.

“La reformabilidad es un rasgo esencial de las constituciones, pues son normas vivas. La Constitución de 1976 ya fue reformada en 1978, apenas dos años después de su aprobación. Ahora, esta reforma favorece el acceso de un mayor número de personas al cargo”, manifestó el legislador.

Entretanto, Edelso Pérez Fleita, diputado por Ceballos, Ciego de Ávila, apuntó que “ese acápite de la Constitución había sido propuesto precisamente por el compañero Raúl Castro en 2019 y entonces había generado algunas opiniones. Hoy hay que resaltar el valor de que haya partido de Raúl su propuesta de modificación”.

Mecanismo legal

La reforma constitucional se tramita conforme a los artículos 103, 108 y 226 de la Constitución, que le otorgan a la Asamblea la potestad exclusiva para enmendar la carta magna, siempre que cuente con una mayoría calificada de al menos dos tercios de sus integrantes, requisito que fue superado de manera holgada en esta votación.

El procedimiento no requirió la ratificación mediante referendo, ya que no modifica ni las funciones ni el periodo de mandato del presidente, según aclaró Esteban Lazo.

El presidente Miguel Díaz-Canel, de 65 años —primer mandatario electo bajo la Constitución de 2019 y reelegido en 2023—, manifestó ante la Asamblea que la medida “responde a las realidades actuales” de Cuba y permitirá “una selección más amplia” para optar al cargo.

Actualmente, la edad promedio del gabinete es de 60 años, en tanto algunos de sus principales cargos exhiben una edad provecta, con el vicepresidente Salvador Valdés Mesa con 80 años, y vice primeros ministros como Ramiro Valdés (92 años) y Ricardo Cabrisas (87), lo que refleja un entorno en que la experiencia y trayectorias longevas son la norma en los máximos niveles de decisión.

Impacto y pareceres

La decisión se produce en un escenario de crisis multidimensional, atravesado por la escasez de bienes básicos, inflación, prolongados cortes eléctricos, semicolapso de servicios básicos y una ola migratoria tan inédita como desenfrenada.

Tal avalancha de factores ha puesto a prueba tanto las estructuras políticas como institucionales de la isla que hasta ahora han contenido otro estallido social como el acontecido el 11J21.  

Para el oficialismo, eliminar el límite etario amplía el espectro de elegibles y refuerza la institucionalidad, evitando obstáculos innecesarios para que dirigentes experimentados y con lealtad probada puedan asumir la máxima responsabilidad estatal en momentos decisivos para el país y cuando la llamada generación histórica habrá desaparecido en el breve plazo.

En contraste, críticos y observadores internacionales han señalado que la reforma podría permitir la permanencia de figuras históricas u oficiales de larga trayectoria al frente del Estado, extendiendo la influencia de cuadros políticos nacidos en los 50 y 60 aún activos en la toma de decisiones.

“¿Maquinación disfrazada de reforma constitucional?”, se preguntó en su cuenta en X el economista independiente Pedro Monreal.

La modificación regirá para las próximas elecciones presidenciales, previstas para 2028. En Cuba, el voto por el presidente no es directo desde los electores, sino que son los diputados a la Asamblea Nacional los que pueden ejercer ese derecho.

Etiquetas: Asamblea Nacional del Poder PopularCubapresidencia
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Comentarios 1

  1. Livio Delgado says:
    Hace 7 horas

    El poder de unos emperadores tropicales, pusieron en la constitución de sus tierras los 60 años como límite cuando le convinieron para colocar a “su elegido”, y ahora lo quita para poder colocar al próximo elegido. Para eso sirve la asamblea ÚNICA al partido ÚNICO. 

    Responder

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