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El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) liberó a una pareja venezolana después de que un juez federal de Texas dictaminara que la gestión de su caso por parte de la Administración Trump carecía de fundamento legal.
El juez federal de distrito David Briones, de El Paso, escribió en un contundente fallo: “ICE no había demostrado pruebas convincentes de que Julio César Sánchez Puentes y Luddis Norelia Sánchez García, detenidos durante nueve días, eran miembros de la pandilla Tren de Aragua y, por lo tanto, “enemigos extranjeros”.
El presidente Donald Trump ha invocado una ley de 1798 y afirmado que puede usarla para deportar a migrantes venezolanos que, según alega, pertenecen a una pandilla que ha declarado una organización terrorista.
Esta es la base utilizada por la Administración para enviar a cientos de migrantes venezolanos, sin el debido proceso, a una megaprisión en El Salvador.
Briones escribió en su decisión que las acusaciones de este caso se basaban en “múltiples niveles de rumores, ocultos en declaraciones de individuos que no tienen conocimiento personal de los hechos que declaran”.
“Este tribunal se siente claramente ofendido de que los demandados desperdicien recursos judiciales para admisión ante el tribunal sin pruebas, pero que, sin embargo, buscan que el tribunal determine que el demandante Sánchez Puentes es ‘culpable por asociación’ al estar casado con su esposa”, escribió Briones.
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Sánchez Puentes y Sánchez García llegaron a Estados Unidos con sus tres hijos en 2022. En el muro fronterizo, se entregaron a agentes de la Patrulla Fronteriza. Se encuentran en el país bajo estatus migratorio temporal protegido y con permisos de trabajo. Han solicitado asilo.
La pareja, residente en el área de Washington DC, llegó a El Paso por un delito menor tras su ingreso al país tras una orden de arresto emitida este año. El 14 de abril, un magistrado federal dictaminó que podrían estar en libertad bajo fianza hasta su comparecencia ante el tribunal en junio, pero fueron arrestados el 16 de abril en el Aeropuerto Internacional de El Paso.
Briones escribió: “Es evidente que los demandados no han demostrado ante este tribunal la evidencia, y mucho menos la evidencia clara, inequívoca y convincente requerida, de que el peticionario Sánchez Puentes sea miembro de Tren de Aragua”.
El juez dictaminó que Sánchez Puentes no puede ser designado “enemigo extranjero” y que “su confinamiento por estos motivos es, por lo tanto, ilegal. El peticionario Sánchez Puentes debe ser liberado”.
Al escribir sobre las acusaciones contra Sánchez García, Briones señaló que los funcionarios de la Administración Trump “se contradicen a lo largo de todo el expediente. Los demandados afirman que el demandante Sánchez García es, de alguna manera, tanto ‘receptor de dinero y vigilante’ como ‘miembro de alto rango del Tren de Aragua'”.
“Los demandados solicitan a este tribunal que acepte sus alegaciones, partiendo de prácticamente nada, para fundamentar sus descomunales afirmaciones de que el demandante Sánchez García es un ‘miembro de alto rango’, o quizás solo un ‘miembro’, o al menos un ‘afiliado’ del Tren de Aragua’”, escribió el juez.