La Sección 3 de la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos contiene la llamada cláusula de la descalificación. Dice literalmente: “Ninguna persona podrá ser senador o representante en el Congreso, o elector de presidente y vicepresidente, ni ocupar cargo alguno, civil o militar, en Estados Unidos o en cualquier estado, que, habiendo prestado previamente juramento como miembro del Congreso, o como funcionario de Estados Unidos, o como miembro de cualquier legislatura estatal, o como funcionario ejecutivo o judicial de cualquier estado, para apoyar la Constitución de los Estados Unidos, haya participado en una insurrección o rebelión contra la misma, o dado ayuda o consuelo a sus enemigos”.
Promulgada después de la Guerra Civil (1861-1865), la Sección fue diseñada originalmente para el periodo inmediato posterior, llamado la Reconstrucción. Los historiadores coinciden en señalar que se utilizó poco, en su mayor parte durante el lapso no muy largo comprendido entre su ratificación (1868) y la promulgación de la Ley de Amnistía (1872), que eliminó la descalificación de los confederados y sus simpatizantes.
Sin embargo, es a lo que varios académicos y expertos legales han venido acudiendo para fundamentar que Donald Trump no pueda presentarse como candidato republicano a la presidencia. En otras palabras, para inhabilitarlo políticamente.
Entre ellos sobresalen los profesores J. Michael Luttig y Laurence Tribe —uno conservador, el otro liberal—, para quienes las acciones de Trump relacionadas con el asalto al Capitolio el 6 de enero, así como sus esfuerzos por anular las elecciones de 2020, le impedirían, de hecho, postularse para el cargo.
“Quienes escribieron la Enmienda 14 no eran tontos. Se dieron cuenta de que si esas personas que intentaron derrocar el país, que intentaron deshacerse de nuestras transiciones pacíficas de poder, vuelven al poder, sería el fin de la nación, el fin de la democracia”, le dijo Tribe a CNN.
De manera similar, los profesores William Baude y Michael Stokes Paulsen, vinculados con la organización conservadora y libertaria The Federalist Society, se han pronunciado a favor de este punto. De acuerdo con su enfoque, la Enmienda 14 “descalifica al expresidente Donald Trump, y potencialmente a muchos otros, debido a su participación en el intento de derrocamiento de las elecciones presidenciales de 2020”.
La Sección 3 está “viva y vigente“, y “podría tener un impacto importante en las elecciones de 2024”, han señalado por su parte los profesores de Derecho William Baude, de la Universidad de Chicago, y Michael Stokes Paulsen, de la Universidad de St. Thomas, igualmente conservadores.
Esto significa, al menos teóricamente, que los políticos que participan en una rebelión contra el Gobierno (o la alientan) no solo pueden ser destituidos de sus cargos, sino además puede impedírseles ocupar puestos estatales y federales.
Antecedentes
Ciertos seguidores de Trump han aparecido en los medios y otros foros públicos asegurando que la Sección 3 de la Enmienda 14 nunca se ha aplicado después del siglo XIX. Pero es falso. Lo afirman por mala memoria, desconocimiento u omisión deliberada.
El Congreso la utilizó en 1919 para desbancar a un miembro de la Cámara de Representantes acusado de ayudar a Alemania durante la Primera Guerra Mundial. El implicado, Víctor Berger, fundador del Partido Socialdemócrata de Estados Unidos y de su sucesor, el Partido Socialista, fue condenado en 1919 a 20 años de prisión por violar la Ley de Espionaje (1917) a partir de hacer públicas sus opiniones contra la guerra.
Sin embargo, un año antes, en 1918 y estando bajo acusación, en Milwaukee lo eligieron de nuevo para la Cámara de Representantes. Una vez en Washington, se presentó en la Cámara para ocupar su puesto, pero el Congreso decidió formar un comité para determinar si un convicto y un opositor a la guerra debía sentarse ahí.
La respuesta sobrevino el 10 de noviembre de 1919: fue negativa. Declararon vacante su asiento y descalificaron a Berger justamente a partir de lo que establecía la Sección 3 de la Enmienda 14. El veredicto, por cierto, fue anulado por la Corte Suprema en 1921 en el caso Berger vs. Estados Unidos.
Por otra parte, en nuestros días varios grupos y organizaciones de la sociedad civil han venido cuestionando la elegibilidad de ciertos candidatos que se postulan para el Congreso con el argumento de que su participación en los hechos del 6 de enero de 2021 los hace inelegibles para el cargo. Y ha habido acciones concretas en estos dominios.
Por ejemplo, en septiembre de 2022 un tribunal estatal de Nuevo México destituyó al comisionado Couy Dale Griffin, fundador del grupo Cowboys for Trump, de su cargo en el condado de Otero y le prohibió postularse para ocupar cualquier puesto en el futuro, teniendo en cuenta su participación en los sucesos del Capitolio, en los que fue un factor activo trepando barreras y muros hasta acceder a un área restringida del edificio federal.
En todo esto hay, sin embargo, un problema de fondo: la Sección 3 de la Enmienda 14 nunca se ha aplicado a un expresidente o a un presidente, por lo que, en efecto, estamos en una situación inédita en más de dos siglos de experiencia constitucional.
Se le estaría aplicando a un individuo, entonces presidente de Estados Unidos, que convocó a sus partidarios instándolos a “luchar como el infierno” para recuperar el país, los mismos que irrumpieron violentamente en el Capitolio aquel 6 de enero para, como mínimo, perturbar la transición pacífica del poder.
En este punto, como en otros, hay división entre juristas y expertos.
El presidente
“Nos encontramos en un territorio completamente nuevo si un presidente en ejercicio es declarado culpable de crímenes que cometió, como podría ser el caso aquí “, dijo Eric J. Segall, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Georgia y experto en la Constitución. “Hay muy poca jurisprudencia al respecto. Tendremos que ver“.
La manzana de la discordia es si la cláusula de descalificación es aplicable a los presidentes. De hecho, los expertos coinciden en que nunca ha quedado muy claro cómo funciona la descalificación según la Enmienda 14. Por esa razón, la cuestión no es comprensible desde posicionamientos ideológicos, propios de observadores distantes en los que opera la subjetividad y no el conocimiento jurídico-constitucional.
El caso plantea varios problemas. El primero y más importante, en efecto, es el siguiente: ¿La descalificación contenida en esa Cláusula 3 se aplica a la presidencia? La Cláusula de Enjuiciamiento (impeachment) —es decir, el Artículo II, Sección 4 de la Constitución—, se refiere expresamente al presidente y establece lo siguiente: “El presidente, el vicepresidente y todos los funcionarios civiles de Estados Unidos serán destituidos de su cargo tras juicio político y condena por traición, soborno u otros delitos y faltas graves“.
Pero la Sección 3 de la Enmienda 14 no menciona específicamente al presidente. En lugar de utilizar un lenguaje similar a la Cláusula citada, sus redactores solo dicen que se aplica a una “persona… que, habiendo prestado previamente juramento, como miembro del Congreso, o como funcionario de los Estados Unidos, o como miembro de cualquier legislatura estatal, o como funcionario ejecutivo o judicial de cualquier estado, haya participado en una insurrección o rebelión“ contra esos poderes.
El presidente, sostienen los literalistas, nunca ha sido “miembro del Congreso“ ni “miembro de ninguna legislatura estatal“, ni “funcionario ejecutivo o judicial de ningún estado“. Por consiguiente, la única manera de que el elemento jurisdiccional de la Sección 3 lo cubra sería si hubiera prestado juramento “para apoyar la Constitución“ como “funcionario de Estados Unidos“.
Y con esto llegamos al punto de ebullición. En esas interpretaciones, no necesariamente conservadoras, el presidente y el vicepresidente no son considerados “funcionarios de Estados Unidos“…
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Además de lo visto al inicio de este artículo, los no literalistas entienden, por el contrario, que el presidente no es sino otro funcionario —el de mayor rango, naturalmente— y que haber jurado la Constitución durante el acto de la toma de posesión hace que esté sujeto igualmente a la Enmienda 14, Sección 3.
“Una extraña coalición de activistas liberales y abogados conservadores ha argumentado que el expresidente no es elegible para postularse de nuevo basándose en una interpretación de la Enmienda 14”, sentenció no hace mucho la publicación liberal Político.
Colorado y después
El 19 de diciembre de 2023 se produjo otro hecho sin precedentes en más de doscientos años de historia constitucional estadounidense. La Corte Suprema de Colorado dictaminó que el expresidente Donald Trump no era elegible para ocupar la Casa Blanca, apelando precisamente a la Sección 3 de la Enmienda 14 de la Constitución. Y lo sacó de la boleta presidencial del estado.
“La mayoría del tribunal sostiene que Trump está descalificado para ocupar el cargo de presidente en virtud de la Sección 3 de la Enmienda 14”, escribió el tribunal. Todo un golpe al literalismo. Con ello, quedaba anulado el fallo de un juez inferior según el cual Trump había incitado a una insurrección durante los sucesos del Capitolio, pero no se le podía excluir de la boleta porque la provisión no se aplicaba a la figura del presidente.
El otro lado del pasillo se apresuró a rechazar la conclusión de Colorado, considerándola partidaria y un capítulo adicional de la “cacería de brujas“, pero en general ocultando que se trataba de una votación dividida 4-3 incluso entre jueces asignados por gobernadores demócratas.
“No llegamos a estas conclusiones a la ligera”, escribió la mayoría del tribunal. “Somos conscientes de la magnitud y el peso de las preguntas que ahora tenemos ante nosotros. Asimismo, somos conscientes de nuestro deber solemne de aplicar la ley, sin miedo ni favoritismo, y sin dejarnos llevar por la reacción del público a las decisiones que la ley exige que tomemos”.
La portavoz de Trump, Alina Habba, dijo en un comunicado: “Este fallo, emitido por la Corte Suprema de Colorado, ataca el corazón mismo de la democracia de esta nación. No se mantendrá y confiamos en que la Corte Suprema revierta esta orden inconstitucional”.
Con esa decisión la posibilidad de que otros tribunales y funcionarios electorales siguieran el ejemplo de Colorado y excluyeran a Trump de sus boletas ya estaba ahí. “Creo que puede animar a otros tribunales o secretarios de Estado a actuar ahora que se ha arrancado el vendaje“, pronosticó Derek Muller, profesor de Derecho de la Universidad de Notre Dame.
Y así fue. El 28 de diciembre de 2023 la secretaria de Estado de Maine, Shenna Bellows (d), retiró al expresidente Trump de la boleta primaria presidencial del estado acudiendo a la cláusula de la descalificación. Tomó la decisión después de que algunos residentes del estado, incluido un grupo bipartidista de exlegisladores, cuestionaran la inclusión del candidato.
El hecho marcó la primera vez en la historia en que un funcionario electoral incursiona en esos predios. “No llego a esta conclusión a la ligera. La democracia es sagrada […]. Soy consciente de que ningún Secretario de Estado ha privado jamás a un candidato presidencial del acceso a las urnas basándose en la Sección 3 de la Enmienda 14. Sin embargo, también soy consciente de que ningún candidato presidencial ha participado nunca antes en una insurrección. El juramento que hice de respetar la Constitución es lo primero por encima de todo, y mi deber según las leyes electorales de Maine […] es garantizar que los candidatos que aparecen en la boleta primaria estén calificados para el cargo al que aspiran“.
La flecha ha sido lanzada. Ambas decisiones, la de Colorado y Maine, están suspendidas hasta que la Corte Suprema decida si la Enmienda 14, Sección 3, se aplica o no a esa interrogante persistente que responde al nombre de Donald J. Trump.