Si un país cambia su Constitución y, como resultado, elabora o modifica 107 de sus normas de mayor jerarquía, podrían cambiar muchas cosas en él. Eso está pasando en Cuba.
El Parlamento aprobó unánimemente un cronograma legislativo que esculpe la nación por venir, y pone contenido a la horma que propuso la Constitución. Una Carta Magna sin leyes complementarias es letra muerta. Lo sabe Cuba por su propia historia.
Ese cronograma legislativo no ha tenido publicidad. Llegó al parlamento previamente, y la trasmisión de sus sesiones mostró una aprobación unánime, mano alzada. El sitio oficial de la Asamblea no ha publicado el plan legislativo. Tampoco lo han hecho los medios estatales. La única información detallada al respecto es la ofrecida el pasado 26 de diciembre por el medio independiente El Toque, que tuvo acceso al documento.
Según esa fuente, en efecto, el cronograma incluye 107 normas que abarcan asuntos de interés político, económico, social y cultural. Todas impactarán directamente en la vida ciudadana. Algunas han sido largamente esperadas o reclamadas. Ese es el caso de las anunciadas Ley de Migración, Ley de Empresas, Ley de sociedades mercantiles, Ley de Cine, Ley de Asociaciones, por ejemplo.
Esas y otras normas atienden a necesidades, realidades o demandas de sectores del país que por mucho tiempo han clamado por regulación democrática. Nadie pondría en duda su legitimidad.
Sin embargo, hay una ausencia grande: la de una Ley Integral contra la Violencia de Género. Si el cronograma publicado por el medio mencionado fuera el definitivo, la ausencia de la Ley contra la Violencia de Género necesita analizarse.
Un mes antes de la aprobación del plan legislativo, 40 mujeres entregaron en la oficina de atención a la población de la Asamblea Nacional del Poder Popular una solicitud de que se incluyera esa norma en el cronograma. Dicha solicitud no ha tenido respuesta formal pero tuvo una de facto: no habrá Ley Contra la Violencia de Género en el país, al menos en los próximos nueve años. ¿Por qué?
Mujeres cubanas solicitan Ley Integral contra la Violencia de Género al Parlamento
Hipótesis 1: La violencia de género es poca, no requiere una ley
Según la última encuesta nacional sobre igualdad de género, el 39,6 por ciento de las mujeres ha sido víctima de violencia en algún momento de su vida dentro de sus relaciones de pareja.
De las mujeres violentadas, solo el 3,7 por ciento buscó ayuda. Lo cual podría indicar que existen deficientes capacidades o garantías institucionales para que las víctimas confíen en que esa es una vía de protección o asistencia.
El acoso callejero es motivo de una campaña nacional que, con apoyo institucional, se realiza en el país. Es, en consecuencia, un problema notable.
Según cifras oficiales, la tasa de feminicidio en 2016 cometidos por parejas o exparejas de las víctimas fue de 0,99 por cada 100 000 adolescentes y mujeres a partir de los 15 años. Esa cifra permite decir que fue asesinada en esas condiciones aproximadamente una mujer por semana. Si se consideran otras circunstancias de asesinatos a mujeres que pueden ser calificados como feminicidios (aunque el agresor no sea o haya sido su pareja) la tasa sería superior. Esa cifra es mayor que la de otros países de la región para ese mismo año. Los feminicidios son, entonces, un problema en Cuba.
Especialistas, estudiosas, activistas del tema han sostenido que la violencia hacia las mujeres es un asunto de preocupación, no un mal menor. La hipótesis 1 queda entonces disprobada.
Hipótesis 2: La violencia de género no está en el plan legislativo porque no hay reconocimiento o sensibilidad institucional respecto al tema
Hace veinte años, en 1999, la relatora especial sobre la violencia contra la mujer de la Organización de Naciones Unidas, Radhika Coomaraswamy, instó al gobierno cubano a aprobar una legislación especial para enfrentar la violencia hacia las mujeres y las niñas.
La Federación de Mujeres Cubanas incluyó el asunto como parte de su agenda institucional desde 1990, con la creación de las Casas de Atención a la Mujer y la Familia.
En 2012, el documento final de la Conferencia Nacional del Partido Comunista de Cuba (según la Constitución, órgano rector del Estado y la sociedad) reconoció como prioridad “elevar el rechazo a la violencia de género e intrafamiliar y la que se manifiesta en las comunidades”.
La nueva constitución de la República reconoce en su artículo 43 el deber de Estado de proteger a las mujeres de “la violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones y espacios” y crear “los mecanismos institucionales y legales para ello”.
Si aún quedara duda, el Presidente de la República lo mencionó explícitamente en su discurso de clausura de las últimas sesiones de la Asamblea: “debemos prepararnos para legislar, por su alta sensibilidad, sobre la violencia de género”. El Presidente, en alta voz, reconoció que es un problema y que lleva atención legislativa.
La violencia de género, entonces, sí se reconoce oficialmente.
Hipótesis 3: El cronograma sigue un principio de economía legislativa: reducido número de leyes y sobre temas muy precisos y prioritarios
El cronograma incluye la creación o modificación de 107 normas, entre leyes y decretos leyes. Algunas de ellas son centrales para la vida económica del país, como la largamente esperada Ley de Empresas.
Otras son centrales para la vida política, como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, la mencionada Ley de Asociaciones o el Decreto Ley sobre Derechos de Manifestación y Reunión.
Pero el cronograma no se rige por un principio de economía normativa. Incluye, por ejemplo, una Ley de Patrimonio Cultural y una Ley de Monumentos. Una Ley de Extranjería y una Ley de Migración. Una Ley de Procedimiento Penal y una Ley sobre la Ejecución de las Sentencias Penales. Un Decreto Ley para la Inocuidad de los Alimentos, otro sobre la Comercialización de Productos Agropecuarios, otro sobre el Modelo de Gestión del Sector Agropecuario, y aún otro sobre la Comercialización de insumos, equipamientos y servicios agropecuarios.
Es bastante probable que cada uno de estos pares de normas pudieran tratarse en una. Pero no es así. Son dos, o tres. Una mirada detallada al cronograma permite ver que el principio, si lo hay, es el de prolijidad normativa y no uno de economía.
Pero además de las leyes y decretos leyes sin duda urgentes y relevantes para la vida doméstica, en el cronograma se incluyen otras que dejan dudas sobre si se usó algún principio de jerarquía. Por ejemplo, parece que tendremos Decretos Leyes sobre el Sistema Nacional de Señalización Jurídica, sobre Generalización de Unidades de Servicios y Trámites. También tendremos una Ley de Protección contra Incendios. Y así.
Es difícil argumentar que esas últimas estaban entre las prioridades más urgentes, antes que una Ley Integral contra la Violencia de Género, siendo ese un problema de “alta sensibilidad”, según dijo el Presidente. Que no se incluyó por economía del cronograma, también es falso.
Hipótesis 4: La Ley contra la violencia de género se pidió “desde abajo” y esos no son los canales eficientes o bien vistos en el país
Otra hipótesis es que el canal que se usó para la mencionada solicitud no era el mejor, mirado desde el punto de vista del Parlamento o la dirigencia del país. Sin embargo, esa tampoco parece ser una hipótesis verificable.
La necesidad de una norma específica contra la violencia de género parecía ser un asunto en discusión desde hace varios años, también dentro de las instituciones. La solicitud entregada por las 40 mujeres ciertamente fue un catalizador, pero no era la primera vez que el tema habitaba la agenda institucional.
Pero hay más. Junto a la violencia de género, el Presidente mencionó otros tres temas de alta sensibilidad: orientación sexual, protección animal y discriminación racial.
En el cronograma se consideró un decreto ley sobre protección animal. Colectivos animalistas habían pedido una norma al respecto. Como parte de sus acciones, hicieron una marcha hace unos meses. Hace poco organizaron un plantón fuera de Zoonosis. Y han realizado una exitosa campaña de sensibilización a través de redes sociales. Con el hashtag #LeyDeProtecciónAnimalEnCubaYa animalistas han movilizado opinión pública e interpelado a las organizaciones estatales. El Ministerio de Agricultura se reunió con varios activistas. Y ahora habrá Decreto. La presión desde abajo funcionó para ese tema.
Habrá también una Ley de Identidad, impulsada por el Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex) desde hace años, con el trabajo sostenido de activistas. De modo que otro tema de alta sensibilidad tendrá apoyo normativo.
La discriminación por temas raciales no entró en el cronograma, aunque hace unas semanas se anunció la creación de una comisión gubernamental encabezada por el propio Presidente para atender el asunto, que ha despertado debate entre personas de los mundos de la academia y el activismo.
Parece un absurdo tener que decirlo, pero que la violencia de género no se incluyera en el cronograma no fue porque se hizo una solicitud ciudadana. No es ocioso repetir, sin embargo, que si la ciudadanía no puede solicitar una acción institucional legal y legítimamente porque pueda verse mal, el problema no está en la ciudadanía.
El premio flaco
Ninguna de las cuatro hipótesis mencionadas puede verificarse. Más bien lo contrario.
Entonces, por qué no se incluye una Ley Integral Contra la Violencia de género en el cronograma legislativo aunque es un problema notable, reconocido institucionalmente, que podría haberse integrado en un plan prolijo y que ha sido pedido legítimamente por ciudadanas.
Una respuesta viable podría ser que no se considera que la violencia de género merezca una ley específica. Sin embargo, la ruta normativa internacional, recomendada por organismos internacionales y demandada por movimientos sociales de todo el mundo va en ese sentido desde hace varios años.
Hoy, trece países de América Latina tienen leyes integrales contra la violencia de género. Todos los organismos internacionales reconocen que es un tipo de violencia específica que requiere normas específicas. Y la evolución normativa verifica que el mejor modo de luchar contra ese tipo de violencia es produciendo leyes integrales.
En la conferencia de prensa realizada el pasado 26 de noviembre a propósito de la jornada de la lucha contra la violencia hacia las mujeres y las niñas, la directora del Cenesex dijo que se estaban valorando dos opciones: una ley integral o transversalizar el tema en otras leyes.
Sin embargo, esas no son opciones excluyentes. El modelo que han construido los países que Cuba está mirando como referentes es, justamente, el de las leyes integrales.
La Ley Integral contra la violencia de género: lo que se gana y lo que se pierde
Solo queda pensar que la ceguera jurídica, los baluartes institucionales, los perversos sentidos comunes y políticos machistas son demasiado poderosos como para bloquear el avance de una causa justa, necesaria y urgente.
Aunque no se dijo en las sesiones de la Asamblea, el tema podría atenderse dentro de otras legislaciones. Seguramente en el Código de Familia. Pero eso no es suficiente. Transversalizar el asunto sería mucho más. Tratarlo con profundidad y conciencia en los Códigos Penal y de Niñez, Infancia y Juventud, en la Ley de Salud Pública, la Ley de Vivienda, las Leyes de Educación y de Educación Superior, la de Identidad, Vivienda, Estado Civil, Cultura, Cine, Seguridad Social, Reclamación de Derechos Constitucionales, Asociaciones, la Ley sobre Tribunales populares, la de Procedimiento Penal y la de Procedimiento Civil, Laboral y Económico. En todas esas normas, y en otras, están involucrados procesos relacionados con la violencia de género.
Una Ley Integral sobre ese tema hubiese permitido articular de mejores modos el tratamiento en otras normas, y mostrar voluntad política por el cuidado de nosotras y por una sociedad más justa, más inclusiva, más segura para todas las personas, más actualizada de cara al debate internacional. Pero no sucedió.
A futuro, aún si se trata en todas las normas listadas antes, la lucha contra la violencia de género, ese asunto sensible, se habrá llevado el premio flaco en el concierto legislativo de diciembre de 2019. Eso ya es un dato de la historia.
La ley revolucionara!
En mi modesta opinión, no creo que haga falta una Ley de Violencia de Género, el hombre y la mujer tienen que ser iguales ante la ley. Esta iniciativa ultrafeminista busca darle a un sector poblacional más derechos, es lo que sería un caso de discriminación positiva (o sea proteger a un grupo por encima del otro). Y en la vida, como en la práctica, cuando uno da derechos de más a alguien, es porque se los tuvo que quitar antes a otros. No estoy de acuerdo con la violencia hacia la mujer, todos tenemos madres, hermanas e hijas a las que amamos, pero repito, no hace falta una ley de violencia de género sino aplicar el código penal existente de forma ejemplarizante contra cualquier HP que haga daño a cualquier mujer ¿y por qué no a cualquier hombre?. O sea, los mecanismos punitivos contra estas conductas aberradas ya existen, la lucha sería en todo caso por que se apliquen las penas o sanciones correspondientes ante cada situación. De hecho, hablan de violencia de género, como algo privativo de la mujer sin tener en cuenta que los hombres pueden sufrirla por igual y es mucho más silenciado este asunto, ni siquiera se toma en serio, al punto de que en este texto se habla de una encuesta donde se refiere violencia contra la mujer, me gustaría saber si los que realizaron esta encuesta hicieron preguntas similares a los hombres?. Cada vez que hablan de este asunto tal parece que nos ponen a todos los hombres como si fueramos violadores y asesinos por naturaleza y hablan de feminicidio cada vez que muere una mujer como si cada muerte fuese porque el hombre mata a la mujer porque sí, en razón de su género, porque les gusta matar mujeres y ya, eso no es cierto, muchas de esas muertes que se clasifican por feminicidio las causales en muchos casos son otras que no tienen nada que ver con el odio propiamente dicho hacia la mujer en razón de su género y se cuentan aún así como muerte por violencia de género. En fin, el tema es complejo, pero tres ideas fundamentales: 1-hombre y mujer, deben ser iguales ante la Ley 2-Casi nunca la violencia es en razón del género, existen muchísimas otras causales 3-Apliquen el código penal ya existente con severidad a los HP que incurren en actos de violencia (sin la mediación absurda del género, puesto que vale tanto la vida de un hombre como la de una mujer) y verán que no hace falta ley alguna contra “la violencia de género”. Saludos.
Que puedo añadir a lo que ya expuso Reflexivo…..uno vez mas recalco que no hace falta una ley asi….y si enfocar la que salgan con penas adecuadas para cada accion violenta contra cualquier ciudadano…sea del genero que sea. Eso es igualdad. Si acaso pondria como agravante la que se desarrolle dentro de la familia (sin distincion de genero) pues al final es la familia la celula fundamental de la sociedad y por tanto hay que protegerla.
La mujer cubana es maravillosa de naturaleza. Desde los tiempos antaños ha sabido superarse y dar muestra de su integridad. Nuestras mujeres nos representan y nos honran con su grandeza. Creo que la ley de violencia de genero esta muy bien pensada, dejar en manos de la conciencia de los humanos el tratamieto con igualdad es esperar peras del olmo y la historia lo ha demostrado, el ser humano es incapaz de de responder por conciencia la mismo ritmo que por imposicion. Además las leyes norman y rigen el comprtamiento de la sociedad imponiendo estilos de vida y su educacon cívica.