Las personas naturales podrán ser titulares de hasta tres líneas telefónicas celulares como parte de las flexibilizaciones anunciadas ayer lunes con respecto a las nuevas «condiciones de contratación y uso del servicio celular de telecomunicaciones móviles terrestres» de Etecsa.
El titular de las líneas telefónicas deberá hacerse “responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato vigente para cada uno de los servicios contratados y de los actos realizados por el uso de estas», según la resolución No.593/2014, firmada por el titular del Ministerio de Comunicaciones, Maimir Mesa Ramos, y publicada en la Gaceta Oficial No. 46 Extraordinaria del 10 de noviembre de 2014.
La normativa contempla como primer punto para la ciudadanía, que la formalización del contrato será con personas mayores de edad.
Una vez suscrito el contrato, las operaciones relacionadas con el servicio pueden ser realizadas directamente por el titular o por su representante. No obstante, en lo relativo a la transferencia de titularidad, la representación debe estar amparada por un poder notarial. En el resto de las operaciones que no impliquen transferencia de titularidad, la representación se notifica por el titular a Etecsa.
También se podrán establecer contratos temporales, pero deben fijarse por un término de vigencia de hasta 12 meses, transcurridos estos, deben renovarse.
Los usuarios no titulares del servicio, en caso de fallecimiento, presunción de muerte del titular o que este haya sido declarado como emigrante, pueden presentarse en las oficinas comerciales de Etecsa para solicitar que se transfiera a su nombre la titularidad.
Esta transferencia se podrá realizar luego de que se verifique el fallecimiento o presunción de muerte del titular, que el solicitante es heredero testamentario según lo dispuesto en el Código Civil, o pruebe que ha usado continuadamente el servicio durante un período como mínimo de tres meses.
Si el titular ha sido declarado como emigrante, el solicitante también debe haber mantenido un uso continuado del servicio durante un período como mínimo de tres meses.
La resolución 593/2014 de Etecsa, en su Resuelvo quinto, señala que esta normativa se pondrá en vigencia dentro de los 90 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial.
Me parece una buena noticia.poco a poco las cosas seban haciendo.
se van….
..¿a quién es al que se le ocurren esas cosas?,se complican y le complican la vida a la gente,con tanta jodedera,con una línea de teléfono,….es ridículo,…..
mira que se atracan, si con una sola línea la gente no puede ni pagarla, muchos los han perdido por el dichoso pago cada dos meses, ahora otro cambio para decir que cambian….o se peinan o se hacen papelillos, todo es para joder
Que funcionario tiene tiempo para tanta burocracia. Eso es lo que muchos no entendemos, por un lado, nuestro presidente quiere desburocratizar los tramites en los registros civiles, por el otro, alguien se le ocurre esa barbaridad de tramites……..Dios mio!
Creo que hay algo errado.
pues a mi me parece muz bien, pues los ninnos no pueden tener lineas, cosa que no entieno pq por ejemplo una adolescente de 16 o 17 annos lo puede necesitar para q su familia lo localice, y ETECSA no lo permite (cosa q también deberían permitir). Al menos de esta forma el padre puede tener dos línas para garantiyar la del hijo. También los q tienen negociso particulares pueden querer tener la línea personal y la del negocio.
No quiero discrepar a modo de molestia. Pero, como es posible que yo siendo natural de la habana, no puedo conseguir tener una linea de telefono en cuba por el simple hecho de que resido(y soy ciudadano) en estados unidos. Incuso cuando a los extranjeros, anteriormente, eran los unicos autorizados a tener lineas celulares? Incluso cuando tengo la voluntad de pagar asi etecsa recauda mas fondos para el mejoramiento de nuestra nacion.