Todas las empresas estatales de Cuba establecerán por sí mismas el salario de sus trabajadores, en lugar de tener que regirse expresamente por indicaciones centralizadas.
Esta medida, que ya venía aplicándose desde hace unos años en un grupo de empresas, quedó generalizada a través de un nuevo decreto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTTS), en vigor desde su publicación este sábado en la Gaceta Oficial.
Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organización del Trabajo del MTSS, explicó a la prensa que lo ahora normado “transfiere al sistema empresarial la facultad de aprobar el salario de sus trabajadores”, al tiempo que lo desvincula de “la obligatoriedad de sujetarse únicamente a la escala salarial única y los calificadores de cargos centralizados por el Ministerio”.
El funcionario apuntó la norma hace “una descentralización de la facultad (de fijar los salarios) y la gestión del capital humano” y, con ello, “pone en similitud de condición a todos los actores económicos para decidir sobre asuntos esenciales”, reseña Cubadebate.
La intención es “promover, estimular el incremento de productividad, de eficiencia” y, en consecuencia, “aportar al presupuesto del Estado”, señaló el directivo del MTSS.
El nuevo Decreto convierte en política general una facultad que “ya venía aplicándose de forma experimental desde 2021 y que mostró resultados concretos y sostenidos en productividad, utilidades y salarios”, refiere, por su parte, el diario Granma.
Sarmiento Cabanas detalló que en el centenar de entidades que ya venían aplicando este sistema la productividad media fue de 14 mil pesos mayor al resto de las empresas estatales. Mientras, el salario medio en las mismas ascendió hasta los 9558 pesos, más de 2 mil pesos sobre la media.
Pública la Gaceta Oficial Ordinaria No. 95, las normas jurídicas que actualizan la organización del sistema salarial en el Sistema Empresarial Estatal cubano!
Decreto 138 y sus complementarias!#Cuba #MtssCuba pic.twitter.com/xNoGVwyIJk— MTSS CUBA (@MTSS_CUBA) December 21, 2025
Particularidades de la norma
Según detalla Granma, la nueva norma “faculta a las empresas para diseñar su propia arquitectura salarial, la cual comprende la escala salarial interna, la relación de cargos y sus evaluaciones, así como los pagos adicionales”.
El medio explica que este cambio en los sistemas salariales debe garantizar un salario similar para los trabajos de similar complejidad, y al mismo tiempo reconocer las condiciones y resultados distintos de los trabajadores.
Además, establece que el pago debe hacerse “en correspondencia con la cantidad y calidad del trabajo”, y debe estar en vinculación con los resultados de la empresa.
El nuevo sistema también debe tener en cuenta el principio de protección mínima. El mismo “garantiza que el salario que se fije al trabajador no podrá ser inferior al salario mínimo nacional ni al salario básico que el trabajador percibía el año anterior”, detalló Sarmiento Cabanas.
De igual forma, “descentraliza la facultad de autorizar excepciones a la aplicación del Decreto a los jefes de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, y permite a las empresas incrementar las cuantías de algunos pagos adicionales e incluso crear nuevos, vinculados a la antigüedad o conocimientos especiales”, añadió el reporte de prensa.
Trabajadores cobrarán un pago adicional a partir de los salarios de los puestos vacantes
“Tratamientos diferenciados”
De acuerdo con el resumen de Granma, la normativa del MTSS estimula “sectores estratégicos” con “tratamientos diferenciados”.
Tal es el caso de las empresas de alta tecnología, a las que se le aplicarán “indicadores propios de su modelo de gestión, sin medirlas contra el crecimiento del aporte al presupuesto estatal”.
Mientras, a las empresas exportadores se les medirá el desempeño “por el cumplimiento de indicadores físicos”.
Otra novedad es que el Decreto “generaliza la aplicación de sistemas de pago por rendimiento a todos los trabajadores de la empresa” y establece que, “como mínimo, un 30 % del fondo de salario debe responder a este concepto”,
De acuerdo con Sarmiento Cabanas, la planificación del fondo de salario de las empresas no debe “deteriorar el aporte por rendimiento de la inversión estatal comprometido con el presupuesto”.
“Si la empresa garantiza en su plan el crecimiento de este aporte, puede proyectar un incremento del fondo salarial”, refiere Granma. Por el contrario, si no cumple lo previsto, el fondo de salario “se ajusta”, aunque “siempre protegiendo el salario básico”.











