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La Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos (OFAC) anunció este martes nuevas restricciones relacionadas con Cuba que entrarán este miércoles, entre ellas la prohibición para las instituciones bancarias sujetas a jurisdicción estadounidense de abrir o mantener cuentas de cubanos considerados emprendedores del sector privado.
Según la alerta publicada por OFAC, los bancos que ya mantengan cuentas de estas personas deberán bloquear tanto las cuentas como los fondos y reportarlos a esa oficina, a menos que exista una autorización específica. El acceso posterior a los fondos bloqueados requerirá una licencia específica de OFAC.
La medida modifica una autorización que desde mayo de 2024 permitía a instituciones bancarias estadounidenses abrir y mantener cuentas a nombre de emprendedores privados cubanos para realizar operaciones autorizadas o exentas de las regulaciones sobre Cuba.
La OFAC precisaba entonces que esos empresarios podían acceder de forma remota a las cuentas y efectuar transferencias vinculadas con operaciones permitidas.
El nuevo paquete regulatorio se apoya, entre otras disposiciones, en la Orden Ejecutiva 14404, firmada por el presidente Donald Trump el 1 de mayo de 2026, y en las nuevas Cuba Sanctions Regulations (CSR), establecidas bajo el título 31 del Código de Regulaciones Federales. Ambas entran en aplicación el 30 de septiembre.
La orden ejecutiva establece un régimen de sanciones adicional al ya existente Cuban Assets Control Regulations (CACR) y permite sancionar a determinadas personas extranjeras vinculadas con actividades consideradas perjudiciales en relación con Cuba, así como a instituciones financieras extranjeras que realicen o faciliten determinadas operaciones significativas con personas sancionadas.
Menos margen para determinadas operaciones financieras
Entre los cambios anunciados figura también la eliminación de la autorización para las denominadas operaciones financieras “U-Turn”. Hasta ahora, las instituciones bancarias sujetas a jurisdicción estadounidense podían procesar determinadas transferencias en las que Cuba o un ciudadano cubano tuvieran intereses, siempre que las operaciones comenzaran y terminaran fuera de Estados Unidos y ninguna de las partes estuviera sometida a jurisdicción estadounidense.
A partir del 30 de septiembre, esa autorización desaparece y las instituciones bancarias podrán rechazar esas operaciones.
OFAC también amplió la prohibición para las personas sometidas a jurisdicción estadounidense de realizar operaciones financieras directas e indirectas con entidades incluidas en la Cuba Restricted List, administrada por el Departamento de Estado.
La lista comprende entidades y subentidades vinculadas al control, actuación o beneficio de los servicios militares, de inteligencia o seguridad cubanos, según la normativa estadounidense.
Las nuevas disposiciones alcanzan además determinadas actividades de viaje. Desde este miércoles, las personas sujetas a jurisdicción estadounidense ya no podrán asistir ni organizar reuniones o conferencias profesionales en Cuba bajo la autorización que anteriormente contemplaba esa actividad. OFAC estableció un período de 30 días para concluir determinadas operaciones vinculadas con esa autorización, hasta el 30 de octubre.
También modificó las reglas para los viajes educativos relacionados con Cuba: deberán realizarse bajo la supervisión de una organización sometida a jurisdicción estadounidense y, en la mayoría de los casos, los viajeros deberán estar acompañados por un representante de la entidad patrocinadora. El denominado viaje educativo grupal “people-to-people” deja de estar autorizado.
OFAC mantiene, no obstante, determinadas operaciones autorizadas o exentas de las regulaciones sobre Cuba. Su Licencia General 1, emitida en mayo, establece que las operaciones autorizadas o exentas por las regulaciones existentes continúan permitidas en las condiciones previstas por estas.
Las sanciones, las reformas y el sector privado
El economista y emprendedor cubano Oniel Díaz se refirió a las nuevas medidas en una publicación en Facebook, en la que situó el cambio regulatorio especialmente en el terreno de las relaciones bancarias del sector privado cubano.
Díaz señaló que la medida supone que los bancos sometidos a jurisdicción estadounidense “ya no pueden abrir ni mantener cuentas bancarias para cubanos que sean emprendedores privados independientes”, mientras que las cuentas existentes deberán ser bloqueadas y reportadas a OFAC, salvo que exista una autorización específica. Según su explicación, el acceso a esos fondos también requeriría una licencia específica de la oficina estadounidense.
Díaz recordó que la posibilidad de que los emprendedores privados cubanos accedieran a cuentas en bancos estadounidenses había sido aprobada durante la administración de Joe Biden en mayo de 2024. Esa autorización permitía a los emprendedores del sector privado independiente abrir y operar cuentas para transacciones autorizadas o exentas.
Aquella posibilidad tuvo una aplicación limitada porque muchos bancos no llegaron a utilizarla a gran escala ante el riesgo de incumplir otras disposiciones del régimen de sanciones estadounidense. Según Oniel Díaz, solo un número reducido de mipymes y otros actores privados cubanos consiguió abrir esas cuentas.
Esas cuentas eran utilizadas fundamentalmente para operaciones con Estados Unidos. En ese contexto, Díaz consideró que la nueva regulación “cierra” esa vía bancaria para los emprendedores privados cubanos que ya disponían de ella.
También llamó la atención sobre un efecto que considera más relevante que el número de cuentas directamente afectadas. Aunque, según su valoración, la cantidad existente era reducida y el impacto inmediato podría parecer limitado, afirmó que “la señal es clara en términos del futuro”.
En particular, relacionó la nueva regulación con las medidas adoptadas por el Gobierno cubano en junio de 2026 para ampliar la participación del sector privado en la economía. Las nuevas restricciones estadounidenses “crean obstáculos adicionales” para el desarrollo de esas posibilidades, especialmente en el ámbito financiero.
“Esta medida crea obstáculos adicionales para el éxito de la nueva posibilidad que el gobierno cubano le dio al sector privado desde junio de 2026 con sus 176 medidas, en particular su participación en el sector financiero, al cerrar cualquier opción de conexión bancaria por mínima que fuera con EE.UU., sede del principal mercado para este tipo de entidades y hogar de la comunidad cubanoamericana que constituye fuente de capital semilla y poder de compra en Cuba”, aseguró.
Primer ministro dice que “ya se aprecian cambios” tras las reformas económicas en Cuba
Estados Unidos, dijo el empresario, constituye el principal mercado para buena parte de las entidades privadas cubanas y que la comunidad cubanoamericana representa una fuente de capital y demanda para ese sector.
Asimismo, planteó además un posible efecto sobre bancos de terceros países que mantienen relaciones financieras con empresas privadas cubanas. Según su análisis, esas instituciones podrían reforzar sus procedimientos de cumplimiento normativo y de debida diligencia, conocidos como compliance y due diligence, ante el nuevo escenario regulatorio estadounidense.
Este endurecimiento podría generar “nuevos obstáculos y dificultades” para los pagos asociados a compras internacionales realizadas por el sector privado cubano, que participa mayoritariamente en la importación de alimentos, combustibles y otros productos de primera necesidad.











