Los organismos de la Administración Central del Estado y demás órganos e instituciones estatales comenzarán durante el primer trimestre de este año una “gradual descentralización de competencias y transferencia de recursos hacia los municipios y excepcionalmente a la provincia“.
El proceso, definido por la Agencia Cubana de Noticias (ACN) como de “extraordinario alcance administrativo, económico y social” fue determinado por el Decreto 140/2025, del Consejo de Ministros, el cual entrará en vigor a los 90 días de haberse publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria número el pasado 29 de diciembre del año.
Este paso, apunta ACN, se rige por lo establecido en la Constitución y consiste en “la transferencia de funciones, atribuciones, actividades, responsabilidades, estructuras y recursos, del sistema de entidades atendidas por los organismos y órganos, hacia el municipio y excepcionalmente a la provincia”.
El objetivo esencial sería “implementar la autonomía municipal mediante la distribución de competencias entre los distintos niveles de gobierno, que contribuya a un desarrollo integral, armónico y sostenible del país”.
“La misma debe ser necesariamente acompañada de las estructuras, trabajadores y los recursos financieros y materiales directamente vinculados con las actividades y los servicios transferidos, que aseguren su continuidad y eficiencia”.
Capacidad y derecho de los órganos locales
Se realiza por etapas, conforme a criterios que permitan una “adecuada y clara asignación de competencias y transferencias de recursos hacia los territorios”, así como “la flexibilidad y heterogeneidad”, al permitir adaptaciones y ajustes, según las características de cada uno de ellos y en aras de una gestión pública “eficiente, inclusiva y alineada con las necesidades de la población local”.
También, apunta la fuente, “se tiene en cuenta la subsidiaridad, basada en que las decisiones que se adopten en el nivel local, más cercano al ciudadano, son aquellas que no pueden tomarse en el nivel central, reconociendo la capacidad y el derecho de los órganos locales administrativos del Poder Popular para cumplir sus responsabilidades”.
Otros principios recogidos en el decreto son el de equidad y desarrollo humano integral, dado que la descentralización debe tener en cuenta su impacto en el bienestar general y calidad de vida de las personas, a partir del crecimiento económico y la participación de los ciudadanos en la gestión de gobierno.
De acuerdo con la normativa, se excluyen del proceso sectores o actividades como defensa y seguridad nacional; relaciones exteriores; políticas monetaria, cambiaria, financiera, tributaria y bancaria; infraestructura pública de alcance e interés nacional y ordenamiento territorial y urbanismo, entre otras.
Una comisión temporal nacional, de carácter gubernamental y presidida por un vice primer ministro, será la encargada de dirigir, impulsar y controlar el desarrollo del proceso de descentralización, precisa el propio decreto.
El proceso es de carácter definitivo y vinculante, pues una vez concluido resulta irrevocable, no puede estar sujeto a cambios posteriores y constituye una obligación efectiva para los órganos y organismos competentes, señala la disposición, según subraya ACN.











