El polémico Decreto 349, que busca regular los contenidos culturales en Cuba y ha sido tachado de herramienta de censura por parte del colectivo artístico, se aplicará de manera progresiva y se consensuará con los creadores, anunció hoy el Ministro de Cultura, Alpidio Alonso.
“Contamos con una norma que pensamos salir a consensuar con la masa de creadores y artistas en los próximos días”, declaró el ministro en un programa especial de la televisión estatal cubana, emitido para dar respuesta al revuelo generado en el sector.
Aunque la puesta en vigor del decreto 349 estaba prevista para el 7 de diciembre, las protestas y el malestar expresados por los artistas en los últimos días –varios de ellos fueron incluso arrestados temporalmente por tratar de concentrarse frente al Ministerio de Cultura– han llevado a recular al Gobierno.
Así, la controvertida normativa se aplicará “de manera progresiva” y “no empezará a operar de inmediato en determinadas áreas”, ya que se elaborarán próximamente normas complementarias y se capacitará al cuerpo de inspectores designado para hacerla cumplir.
El punto más polémico del Decreto 349 es el que obliga a que los artistas estén adscritos a una institución cultural del Estado, a la que deben solicitar permiso expreso para poder actuar, exponer y comercializar su trabajo.
El artículo 2.1 del Decreto establece como contravenciones prestar “servicios artísticos sin estar autorizado para ejercer labores artísticas en un cargo u ocupación artística” y que un artista “brinde servicios artísticos sin la autorización de la entidad que corresponda”, entre otras.
El viceministro de Cultura cubano, Fernando Rojas, quien también compareció en el programa televisivo, dijo que hay cuestiones que se han “manipulado o interpretado erróneamente” y en ese sentido sostuvo “en ningún pasaje del Decreto” se establece que “es obligatorio estar en una institución”.
“Tampoco está escrito en el Decreto y se ha estado manipulando y repitiendo es que el artista tiene que pedir una especie de permiso para exhibir su obra”, subrayó.
Rojas afirmó que el Decreto es “un regulador de lo establecido para la comercialización del arte, que une herramientas, que protege al artista y a la institución y apuesta por la relación fecunda entre ellos dos y que no excluye un gran trabajo de educación que tenemos que continuar haciendo”.
Numerosos artistas han mostrado en los últimos meses su rechazo a través de las redes sociales y algunos de ellos trataron esta semana de llevar a cabo protestas pacíficas ante la sede del Ministerio de Cultura, siendo detenidos y más tarde liberados.
El Gobierno aduce que el decreto es un “avance para detener la oleada globalizadora” y “el retroceso de la calidad del consumo cultural”, a la vez que busca desterrar del arte el uso inadecuado de los símbolos patrios, la pornografía, la violencia, el lenguaje vulgar o sexista o la discriminación por raza, género, orientación sexual o discapacidad.
En este aspecto incidió especialmente hoy el ministro de Cultura, que aseguró que el 349 solo trata de filtrar contenidos para evitar manifestaciones de arte “vulgares”, “chabacanas” o “sexistas”, además de prevenir el “intrusismo” en el sector.
Tanto la organización Amnistía Internacional como el Departamento de Estado de EE.UU. se pronunciaron en contra del decreto al considerar que contraviene el derecho a la libertad de expresión y puede ser empleado para censurar contenidos.
Despacio y con Vaselina.
El Decreto 349 establece como contravenciones, entre otras, las conductas siguientes:
“a) el que apruebe o permita la realización de servicios artísticos o la utilización para ello de medios e instalaciones pertenecientes a su entidad o aquellos asociados a la actividad comercial que tiene autorizada, sin que dichos servicios hayan sido aprobados y contratados por la institución cultural a que corresponda la prestación de estos; b) el que realice o permita el pago a un artista o colectivo artístico, sin que dichos servicios hayan sido contratados a la institución cultural a que corresponda la prestación de estos; c) el que como artista individual o actuando en representación del colectivo a que pertenece, brinde servicios artísticos sin la autorización de la entidad que corresponda; d) el que sin estar autorizado por la entidad a que pertenece el artista o colectivo artístico actúe en representación de estos; y e) el que preste servicios artísticos sin estar autorizado para ejercer labores artísticas en un cargo u ocupación artística.”
Y me pregunto por qué el Estado insistiría en totalizar la comercialización del arte y los servicios artísticos cuando las condiciones han cambiado del 97 a la fecha? Estamos ante un caso de medios fundamentales de producción? La obligación de que TODOS los artistas, para comercializar su arte, tengan que hacerlo exclusivamente a través de una institución cultural estatal, debiera revaluarse. Una cosa es que las empresas del Estado ofrezcan el servicio de representación al artista a cambio de un pago y que el artista opte, libremente y en función de sus intereses, por firmar un contrato con ellas para que los represente, porque les conviene según sus intereses, y esa voluntad del artista coincide con la voluntad de la otra parte, la institución cultural del Estado; y otra cosa muy distinta es obligar a TODOS los artistas a comercializar su obra SIEMPRE y EXCLUSIVAMENTE a través de dichas instituciones estatales y que dichas instituciones, por esa obligación, además y en su caso, cobren un porciento en pago a su actividad de “representación comercial”. Por otro lado, que haya instituciones estatales de la Cultura que comercialicen los productos y servicios culturales no tendría que excluir la comercializacion de estos al márgen de aquellas. El Estado protegería las expresiones valiosas que el mercado no favorece y no tendría que invertir recursos en hacerlo con las que se comercializan solas. Son dos actores que han de convivir no excluirse, cada uno juega un papel diferente y necesario, también en los productos culturales.
El decreto establece:
ARTÍCULO 2.1. En la prestación de servicios artísticos constituyen contravenciones las conductas siguientes:
a) el que (cualquier persona natural o jurídica, estatal o no estatal en lo adelante “cualquiera”) apruebe o permita la realización de servicios artísticos o la utilización para ello de medios e instalaciones pertenecientes a su entidad o aquellos asociados a la actividad comercial que tiene autorizada, sin que dichos servicios hayan sido aprobados y contratados por la institución cultural a que corresponda la prestación de estos;
b) el que (cualquiera) realice o permita(ojo con este “permita” aplicable a cualquiera que conozca del hecho directa o indirectamente) el pago a un artista o colectivo artístico, sin que dichos servicios hayan sido contratados a la institución cultural a que corresponda la prestación de estos;
c) el que (cualquiera) como artista individual o actuando en representación del colectivo a que pertenece, brinde servicios artísticos sin la autorización de la entidad que corresponda;
d) el que (cualquiera) sin estar autorizado por la entidad a que pertenece el artista o colectivo artístico actúe en representación de estos; y
e) el que (cualquiera) preste servicios artísticos sin estar autorizado para ejercer labores artísticas en un cargo u ocupación artística. Las conductas señaladas en los incisos a), b) y c) se consideran muy graves y las señaladas en los incisos d) y e) graves.
ARTÍCULO 5. 1. Por la comisión de las contravenciones previstas en el presente Decreto pueden aplicarse indistintamente una o varias de las medidas siguientes: a) apercibimiento; b) multa; y c) comiso de los instrumentos, equipos, accesorios y otros bienes (incluiría todo, desde la vivienda, el negocio, los derechos de autor hasta…el infinito).
2. Conjuntamente con las medidas que se impongan por la contravención cometida, la autoridad facultada puede: a) suspender de manera inmediata el espectáculo o la proyección de que se trate; y b) proponer la cancelación de la autorización para ejercer la actividad del trabajo por cuenta propia, según corresponda.
Me alegraría mucho que se rectificara, aunque sostengo que seria mejor que se derogara y se volviera a normar. La indecencia, lo soez, lo vulgar, el ruido, etc. han de censurarse y prohibirse y reprimirse con medidas coercitivas si fuera necesario, pero esas realidades indeseable no pueden constituirse en excusas. Creo que quieren
Todavia hay 2 raperos presos por estar en contra del decreto 349!! Nadie se pregunta, aparte de que No queremos el decreto 349, donde quedan los derechos a manifestarse pacíficamente? con que derecho meten presos a artistas o a cualquiera que no este de acuerdo con la política del sistema?
Hay que eliminar de raiz todo el arte vulgar procedente de Miami y de los “artistas cubanos” aclamados por lo mas vulgar de Miami, estan trayendo los videos más vulgares para exponer en lugares publicos, no es casulaidad que promueven lo mas vulgar de Cuba y con las remesas y vaijes tratan de fomentarlo. Creo que la gente de Miami deben de llevarse a todos lo regetoneros y artistas vulgares para la radio y televisoras de allá, que es donde tiene más libertad la vulgaridad . Ayudarian mucho al pueblo cubano si relaizan esas acciones
Angel su comentario aqui no tiene pies ni cabeza. Lo que hay que eliminar es la vida vulgar a la que el estado cubano ha sometido al pueblo de Cuba por 60 años. Que puedan ser libres de crecer y conocer, para que la miseria, la sobrevivencia, el salvese quien pueda no sea generalizado como es ahora. Si la vida fuera digna en Cuba para la mayoria, no tendriamos esta ola gigante de canciones vulgares inundando Cuba.
con todo respeto creo que angel tiene razon en algo. el arte vulgar no representa totalmente a los artistas cubanos, pero miami,¨la tierra de la libertad¨ solo le da promocion a esos artistas especificos. milagro y nunca en un show de miami he visto que inviten a buena fe, que ha hecho conciertos alli y es uno de los grupos musicales mas exitosos de cuba en la actualidad. Si el decreto se centra sobre todo en esa expresion musical. tan soes y misogina, esa parte si la apoyo , ahora lo que el ministerio debe hacer es darle apoyo a los artistas jovenes que pese a no pertenecer a ninguna institucion se han esmerado en crear musica con expresiones tipicas cubanas no todos los artistas por cuenta propia hacen musica vulgar.
Cual es la postura de OnCuba al respecto? Podrían hacer un análisis mas profundo, similar a los que hacen en temas de economía? Sobre este tema que piensan y cuales son las valoraciones de los redactores de OnCuba, quienes hacen divulgación y promoción de eventos, artistas y espacios culturales (los cuales no creo que se afecten negativamente con el decreto) y hasta tienen una revista dedicada al arte cubano (revista de notoria calidad).
En lo particular creo que el Ministerio de Cultura tiene el deber de proteger a los ciudadanos de la epidemia de mal gusto, vulgaridad, sexismo, entre otros males que azota a la nación. Y ojo, no estoy justificando la censura política, el arte lo es independientemente de las ideologías y las tendencias políticas.
No creo que se tenga que esperar por la UNESCO o la UNICEF para velar por el presente y el futuro de la cultura, de los niños y de los jóvenes.
Sobre el departamento de Estado que mucho criterio tiene, seguramente sus funcionarios de la Embajada de EEUU en Cuba se quedaron medio sordos y con dolores de cabeza por estar oyendo al Coquito, Manumanu y a Chocolate en algún restaurante o cafetería por ahí, porque seguramente montados en un P no fué.
Este decreto y el apoyo al Matrimonio gay no han sido mas que cortinas de humo para desviar la atención del pueblo del objetivo fundamental: La aprobación de la nueva Constitución de la República, solo los ciegos no quieren verlo.