El Consejo de Estado cubano aprobó este lunes un decreto-ley que extenderá el plazo para que los cubanos cambien los pesos convertibles (CUC) aún en su poder, en algunas sucursales bancarias seleccionadas para ese proceso.
Esa moneda saldrá de circulación a partir el 1ro. de julio, cuando se cumple el plazo dispuesto en el decreto-ley 17 “De la Implementación del proceso de Ordenamiento”, informó la Agencia Cubana de Noticias.
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La nueva normativa tuvo en cuenta la compleja situación epidemiológica provocada por la COVID-19 en la Isla, que ha impedido a muchas personas naturales canjear sus CUC, por lo que extiende el plazo para realizar esas operaciones hasta 180 días desde su entrada en vigor.
De acuerdo con la fuente, la Ministra Presidente del Banco Central de Cuba queda encargada de dar a conocer las sucursales bancarias escogidas para ello.
En la sesión del Consejo de Estado, encabezada por el titular de la Asamblea Nacional del Popular, Estaban Lazo, se emitieron cuatro decretos-leyes y dos acuerdos relacionados “con importantes temas de la actualidad cubana”.
El órgano del Parlamento Cubano aprobó un decreto-ley para actualizar el régimen especial de la seguridad social de los miembros del Ministerio del Interior (Minint) que, entre otros asuntos, “amplía el concepto de combatientes, permitiendo la protección en materia de seguridad social a los civiles que realizan funciones de regulación, evaluación y control en los diferentes niveles del organismo”.
Asimismo, la norma reconoce como “servicio activo” el periodo de estudio en cursos de nivel medio superior o para cargos en las instituciones docentes del Minint a los alumnos de nuevo ingreso.
Establece requisitos mínimos para obtener una pensión por antigüedad y modifica el cálculo de las pensiones, “con el objetivo de estimular la permanencia en la institución, entre otras garantías”, indica la fuente.
Otro decreto-ley adoptado durante la sesión del lunes fue el “De la Misión del Ministerio de Cultura”, que estipula que este organismo tiene la misión de “proponer la política cultural del Estado y, una vez aprobada, dirigir y controlar su implementación en el país”.
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También se aprobó el decreto-ley “De las Infracciones Electorales y sus Efectos”, que regula el régimen jurídico relativo a las infracciones electorales en Cuba y sus efectos, además de los principios, los sujetos, las conductas, las sanciones, las autoridades competentes para su aplicación y los procedimientos para resolver los recursos que se interpongan.
Por otra parte, el Consejo de Estado acordó dejar sin efecto la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley no. 127 «Ley Electoral» que establecía por única vez, un mandato de cuatro años para las asambleas municipales del Poder Popular, y cuyo plazo culminaría el próximo 17 de diciembre.
En consecuencia el mandato vigente de esas asambleas será de cinco años, acorde a lo previsto en la Constitución de la República de Cuba.