Cobro de prórrogas a cubanos residentes en el exterior: una cuestión ciudadana

El cobro de un arancel por cada mes de prórroga a la estancia en el exterior ha generado preocupación y rechazo en la emigración cubana.

Los ciudadanos cubanos deberán abonar un arancel por cada mes de prórroga de la estancia en el exterior que se les apruebe a partir del 12 de octubre de 2020. Así lo han comunicado varios consulados, a través de sus páginas web, redes sociales e incluso mediante audios enviados directamente en grupos de la comunidad cubana en cada país.

Hasta el momento, no existe un pronunciamiento oficial sobre ese cobro, que no fue anunciado en la nota informativa divulgada por el MINREX el 9 de octubre. En ella se establece únicamente que, debido a las medidas de enfrentamiento a la COVID-19, se autoriza la prórroga de la estancia en el exterior hasta el 12 de octubre de 2021, “sin perder su condición de residentes en el territorio nacional”, a “los ciudadanos cubanos y extranjeros con residencia permanente en el territorio nacional que tenían aprobadas prórrogas de estancia o se les vencía el término de los 24 y 12 meses, respectivamente a partir del 19 de marzo de 2020”.

Por tanto, la noticia de que esa autorización viene acompañada del cobro de un arancel mensual ha sido recibida con sorpresa en muchos casos y con desagrado, en general. Así lo confirman varias personas que conversaron con OnCuba. Leandro, residente en Argentina, sostiene que en su círculo cercano “a nadie le hace ninguna gracia que el gobierno cubano comience a cobrar las prórrogas de estancia en el exterior. Teníamos la esperanza de que no sucediera en una circunstancia como esta”.

“Por Dios, qué barbaridad. ¿Qué culpa tenemos de esta pandemia? Si aquí hay cubanos que no tienen ni para alimentar a sus hijos. Dar dinero por no perder la residencia en tu propio país…”, lamenta una cubana en un grupo en el que se dio a conocer la noticia.

Con las restricciones de viaje que aún permanecen en muchas partes del mundo, y el aeropuerto de La Habana cerrado y sin fecha definida de apertura, planificar un viaje a Cuba en los próximos meses es imposible o extremadamente difícil para muchas personas. La prórroga gratuita de su estancia en el exterior, anunciada el 19 de marzo, alivió la presión por un tiempo.

El Decreto Ley 302 de 2012, como parte de la reforma migratoria, establece que la persona debe ingresar al país al menos una vez cada 24 meses para mantener la condición de “ciudadano cubano con residencia en el exterior”. Luego de 24 meses sin viajar a Cuba, pudiera solicitarse una prórroga y, previa aprobación, abonar el correspondiente arancel por cada mes prorrogado. Dicho arancel varía según el país de residencia. Por tanto, no se trata de una nueva medida, sino de la aplicación de lo que está establecido para circunstancias ordinarias, en una situación extraordinaria. En esa idea se enmarca una buena parte de los argumentos en rechazo a la medida.

Viajar a Cuba se convierte en un requisito para conservar derechos en la isla; la legislación cubana restringe varios derechos de ciudadanía a la residencia legal en el país. Por ello, es frecuente que las personas se refieran a este tema como “mantener” o “perder los derechos”.

Ciudadanos cubanos, la Patria y la Constitución

Con esos términos lo menciona Anileydi, residente en Ecuador. Ella dice que aún tiene la esperanza de no “perder sus derechos” si a esto del cobro, que le comunicaron por un audio del consulado, “le dan para atrás”. Comparte ese anhelo con Jorge, residente en Brasil. “Estoy esperando algún pronunciamiento de Cuba antes de tomar alguna decisión porque pienso que la medida de cobrar las prórrogas fue tomada a la ligera. Para mí no tiene ni pies ni cabeza y espero que sea rectificada”, nos dice Jorge.

Relata que pensaba viajar a la isla en mayo de este año, pero no fue posible debido a la pandemia. Ahora corre su primer mes de prórroga. “Yo pensaba que a partir del momento en que Cuba canceló los vuelos, ese tiempo no sería considerado por ellos en su conteo de los 24 meses. Es un absurdo que nos cobren después de haber vencido el permiso. Las personas no están dejando de viajar porque no quieren, sino por la situación sanitaria que hay, y las medidas de restricción”, afirma.

A Jorge le han comunicado que debe pagar 240 reales por cada mes de prórroga (unos 60 USD, en dependencia del cambio), pero no se ha podido verificar esa cifra a través de las autoridades consulares en Brasil, por ninguna vía. Anileydi, según la información publicada por los servicios consulares en Ecuador, tendría que comenzar a pagar 40 USD a partir de marzo de 2021, cuando se cumplen los 24 meses sin viajar a Cuba. Su esposo y sus dos hijos menores de edad ya tendrían que pagar a partir de octubre. “En mi casa son 160 dólares mensuales, más los 25 que cuesta la solicitud de cada uno… más el viaje”, calcula con angustia.

El esposo de Anileydi sufrió un infarto el año pasado. Por eso no pudo viajar a Cuba en enero, cuando pensaba hacerlo. Estuvo hospitalizado un mes y en reposo obligatorio otro. Con eso comenzaron a disminuir sus ingresos, el único sustento de la familia. Luego vino la COVID-19, más reducciones de ingresos, atrasos en sus pagos… Para esta familia, la opción más viable es renunciar a su condición migratoria actual.

En un dilema similar se encuentran las familias argentinas que menciona Leandro. Según la información disponible en la web del consulado cubano en ese país, deberán desembolsarse 3400 pesos argentinos (44,59 USD al cambio oficial de hoy) por cada mes de prórroga de la estancia y  2125 (28,26) por la solicitud. “Esas veinte personas de las que hablo forman a su vez ocho familias. Algunas tienen un hijo o incluso dos”, refiere Leandro. “Pongamos por ejemplo que, si cualquiera tiene, como yo, la desgracia de un pasaporte vencido en este mismo tiempo, pues debe añadirle la cifra de 20 825 pesos (unos 269 dólares) para estar en regla y ‘no dejar de ser cubanos’”, agrega.

En esa lógica, la nueva medida contradice el espíritu declarado de la reforma migratoria de octubre de 2012. Desde entonces, diversos pronunciamientos oficiales han defendido la existencia de un proceso “irreversible” y “progresivo” de mejoras en la relación entre la nación y su emigración.

Una cubana residente en España ha iniciado una petición en internet que, al momento de redactar este artículo, recogía cerca de mil firmas. “La mayoría de los países mantienen sus fronteras con Cuba cerradas en el medio de una pandemia que sigue agravando la situación sanitaria, social y económica de las personas en todo el mundo. Los vuelos humanitarios son escasos y costosos, y el viaje se hace más prohibitivo si tenemos que destinar nuestros ahorros a pagar extensiones a los consulados antes de poder comprar un pasaje de avión. Pedimos a la Presidencia de Cuba y al Ministerio de Relaciones Exteriores empatía con lxs miles de ciudadanxs cubanxs que estamos en situación económica precaria, desempleadxs o estudiando y no podemos regresar a Cuba. Pedimos que se eliminen los pagos mensuales y solo se requiera el arancel para presentar la solicitud de extensión de estancia en el exterior”, dice su petición.

Por su parte, tanto el consulado cubano en Estados Unidos como agencias que se dedican a estos trámites en el país han dicho a varios usuarios que aún no se ha determinado completamente cómo se procederá con el trámite de prórroga autorizado para los cubanos por la emergencia de la COVID-19. La Embajada cubana en EE.UU. no ha comunicado si habría que pagar mensualmente y cuál sería el monto, hasta que todos los detalles no les sean orientados.

Cuba y su emigración

Las reacciones negativas que ha provocado la medida en los cubanos que residen fuera de la Isla, como reflejan los testimonios anteriores, se refieren a la situación sanitaria y económica generada por la COVID-19, y a sus consecuencias específicas sobre la población migrante. Remiten, además, al lugar que ocupa la relación con la emigración para el gobierno de la Isla.

El gobierno cubano y la emigración

Desde la década de 1960, la figura del migrante “definitivo” se vio privada de derechos civiles y políticos. La situación cambió, en aspectos significativos, a partir de 2012. Por ejemplo, el Decreto-Ley 302 eliminó el “permiso” de entrada y salida del país y abrogó la Ley No. 989 de diciembre de 1961, mediante la cual se disponía “la nacionalización mediante confiscación a favor del Estado cubano, de los bienes, derechos y acciones de los que se ausenten con carácter definitivo del país”.

De acuerdo con esta norma (Art. 9.2), “se considera que un ciudadano cubano ha emigrado, cuando viaja al exterior por asuntos particulares y permanece de forma ininterrumpida por un término superior a los 24 meses, sin la autorización correspondiente; así como cuando se domicilia en el exterior sin cumplir las regulaciones migratorias vigentes”.

La Constitución aprobada en 2019 reguló la posibilidad de contar con más de una ciudadanía, a la vez que introdujo el principio de ciudadanía “efectiva”. (El cubano con más de una ciudadanía, si se encuentra en territorio nacional, se rige por la ciudadanía cubana).

En caso de no querer o no poder abonarse la cifra exigida de modo mensual para la prórroga, la persona involucrada pasaría a ser “ciudadano cubano emigrado”. Además de no poder conservar los derechos que otorga el estatus de “ciudadano cubano con residencia en el exterior”, el Código Civil (Ley No. 59 de 1987) mantiene vigente “el haber abandonado definitivamente el país” como causal absoluta de incapacidad para heredar.

La Ley Electoral (2019) establece como requisito para ejercer derechos de sufragio “tener residencia efectiva en el país por un período no menor de dos años antes de las elecciones”, para el caso del sufragio activo, y cinco para el sufragio pasivo (ser elegido).

El artículo 41 de la Constitución vigente establece el “ejercicio irrenunciable, imprescriptible, indivisible, universal e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con los principios de progresividad, igualdad y no discriminación” y regula que “su respeto y garantía es de obligatorio cumplimiento para todos”. Acceder a derechos civiles y políticos por una vía administrativa que incluye pago no está contemplado en ese artículo constitucional.

Para Leandro, está claro uno de los efectos de la medida. “Sin la COVID-19, y mucho antes de esa reforma migratoria de 2013, muchos cubanos (residentes temporales en otros países), por no contar con ingresos con los cuales pagarse viajes frecuentes a la Isla, perdieron su residencia y pasaron a la categoría legal de “emigrados”, que es el primer paso de un alejamiento sentimental inevitable. De los que conozco hoy, algunos podrían caer en esta misma trampa burocrática y ya comienzan a sacar sus cuentas”.

Hiram, residente en Ecuador, recuerda que “cada ciudadano en el exterior es un embajador cultural de su país, pero si siente que su gobierno no lo quiere, así hablará de él”. Para él, se trata de una decisión con consecuencias económicas y políticas palpables: “Acrecentando el rencor decrecen las remesas”, sostiene, “a la larga, económicamente hablando, se perderá más de lo recaudado por este injusto peaje”. Agrega que “avivando el anticomunismo aumentan los votos neoliberales en la región” y ahonda en la más inmediata de las lecturas, la humana: “Estamos ante una multa siempre arbitraria, insensible, no estratégica, no inteligente. Pero en el actual contexto esta decisión es inhumana. Con los derechos de ciudadanía se nace y se permanece. Los derechos no se venden, no se compran, no se extorsiona con ellos. Los derechos son nuestra humanidad. Tener una patria donde llegar o volver es nuestro derecho”.

Hiram concluye con una frase cuya esencia se repite en muchos de los comentarios que hemos escuchado y leído al respecto de estas medidas: “Los migrantes son población vulnerable, no cajeros automáticos”.

Dialogando con la emigración cubana: ¿cómo lograr que en verdad el país crezca?

En un momento en que los viajes internacionales a Cuba (y los interprovinciales desde La Habana) siguen cerrados por decisión gubernamental, el cobro de la prórroga significa un cobro por el derecho a la residencia legal en el país, condición que otorga derechos civiles y políticos. El deseable proceso de reconocimiento de los cubanos migrantes como integrantes plenos de la membresía nacional encuentra un retroceso en esta medida.

 

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