La Asamblea Nacional (Parlamento) de Ecuador aprobó este jueves un tratado suscrito en 2011 con Cuba para la repatriación de reos, que permitiría que los condenados de un país puedan retornar al propio para cumplir las condenas.
El pleno de la Asamblea ecuatoriana, con el apoyo de 129 legisladores, aprobó el “Tratado para el Traslado de Personas Sentenciadas” entre Ecuador y Cuba, cuya vigencia dependía del foro parlamentario, según una decisión emitida en enero de 2013 por la Corte Constitucional en Quito.
[Boletín] Aprobado tratado entre Ecuador y Cuba para el traslado de personas sentenciadas ▶️ https://t.co/woHdg1xjdD pic.twitter.com/EfDn4X0Icy
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) August 13, 2020
El legislador Dennis Marín, que auspició la aprobación, dijo que el convenio, suscrito en diciembre de 2011 en La Habana, permitirá fortalecer el proceso de repatriación de reos con mecanismos eficientes y ágiles.
El tratado permite la repatriación de personas sentenciadas con la finalidad de que cumplan las penas en su país de origen y cerca de sus familias.
Además, Marín remarcó que la aprobación de convenio se da en un momento en que el país busca reducir el hacinamiento en las cárceles del país.
Recordó que el sistema carcelario, según datos disponibles de 2017, registraba 36 500 personas privadas de la libertad (PPL), de los cuales más de 2 550 eran extranjeros y de ellos el 1,56 por ciento, unos 40, eran de nacionalidad cubana.
“Aprobar este tipo de acuerdos favorece para disminuir la población carcelaria del país”, puntualizó Marín durante el debate en el pleno del organismo legislativo.
El tratado además impediría que se juzgue a un reo del otro país por el mismo caso o delito y que los actos u omisiones que han dado lugar a la sentencia judicial sean sancionables o punibles en ambos países.
Además, el texto aprobado señala que la condición para el uso del beneficio se aplica cuando la sentencia esté en firme y regirá “por la ley del país trasladante”, señaló la entidad legislativa en un comunicado de prensa.
Asimismo, sostiene que “la persona que haya manifestado su consentimiento” y se acoja a la repatriación, “debe estar plenamente informada de las consecuencias jurídicas derivadas” de esa decisión.
Este es “un beneficio para el país”, insistió el legislador Marín al explicar que el tratado permite garantizar derechos de los ecuatorianos privados de la libertad, fortalece la repatriación de reos con mecanismos eficientes y ágiles, y refuerza la cooperación internacional.
El instrumento legal bilateral está compuesto por 18 artículos e incluye capítulos sobre las condiciones para la repatriación, el procedimiento para su cumplimiento, los casos de indulto, amnistía o conmutación de la pena, el cumplimiento de la sentencia y la solución de controversias, entre otros.
El informe de la comisión parlamentaria que tramitó el texto aprobado por el pleno concluye que este instrumento guarda armonía con la Constitución y que la aplicación del instrumento legal se realizará en concordancia con el tratado de Viena sobre la materia.