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¿Cuánto pesa una ley? Otro análisis sobre cultura jurídica en Cuba

En tiempos de Covid-19 hay que superar una cultura penal y policíaca de historieta o serial de policías de domingo por la noche.

por
  • Julio Antonio Fernández Estrada
abril 24, 2020
en Vox Populi
10
Foto: Otmaro Rodríguez.

Foto: Otmaro Rodríguez.

Desde mi infancia he escuchado decir, y también he leído, que a algún malhechor del que se habla le debe caer “todo el peso de la ley” por sus crímenes, delitos, errores, etcétera.

En estos días de pandemia se ha vuelto a poner de moda, en los medios de difusión masiva de Cuba la invocación a la ley para que caiga con todo su peso sobre los que delinquen.

Si la prensa entre nosotros ha sido bastante inclinada a referirse al Derecho como si fuera una máquina de venganza, –además de hacer públicos detalles de las causas penales de interés estatal, sin ninguna mención a otras de la misma importancia, pero de interés popular–, en momentos como este resalta en noticiarios y periódicos el tratamiento punitivo y sin garantías a los presuntos culpables de delitos.

Es arbitraria la decisión que se toma de informar sobre delitos económicos durante la pandemia y de no hacerlo cuando se trata de feminicidios u otros delitos violentos. Parecería que en Cuba solo se radican causas penales por malversación, cohecho, receptación y nunca por violación, lesiones, riña tumultuaria, robo con violencia, que apenas aparecen en Tras la Huella.

Estos mismos casos de presuntos delitos, que se han convertido en una sección del Noticiero Nacional de Televisión, donde se ilustra la captura y desenmascaramiento de vendedores de viandas a altos precios y sin licencia, no se acompañan de la más mínima garantía a los sujetos detenidos en cámara, inocentes hasta que se pruebe lo contrario, según la Constitución cubana de 2019.

Por noticias como las que comento, la población cubana tiene una cultura penal y policíaca de historieta o serial de policías de domingo por la noche, pues se ha educado en la falsa consideración de que son pruebas penales con valor procesal lo que un vecino diga a la cámara de un periodista o una confesión de un administrador sorprendido que reconoce que es un delito su actuación.

En ningún caso se ha hablado de los derechos de estas personas detenidas, sino que se insiste en todos los casos, en que sobre ellos caerá “todo el peso de la ley”.

Por eso es que quiero recordar con estas líneas que es ley también la que dice que todos los encausados tienen derecho a la defensa, que una confesión no debe bastar para sancionar a una persona, y que los detenidos y sancionados tienen derechos humanos.

Pero, ¿qué significa entonces, la frase “todo el peso de la ley”?

Es evidente que se trata de un anuncio de la severidad de las sanciones que esperan a estos detenidos, lo que significa que los medios de difusión masiva estatales están previendo un tipo de respuesta de los Tribunales Populares, lo que establece, por lo menos, que se hace presión no legítima al sistema de administración de justicia.

La independencia judicial es un principio básico de un Estado de Derecho y en Cuba tiene rango constitucional y legal por lo que no es ético ni legal indicar a los tribunales la forma en que debe juzgar a los procesados penales ni a las partes de un proceso civil o de otro tipo.

Más preocupante es que sean dirigentes políticos los que llamen a que “todo el peso de la ley” caiga sobre infractores presuntos de la ley porque ellos están obligados a mantener el principio de legalidad en todo momento en la actividad de la Administración Pública.

El único peso de la ley es el que le han dado con su voto los diputados y diputadas a un proyecto legislativo y el que le otorgue el pueblo con su aceptación o impulso previo. Una ley puede tener un peso histórico, cuando se analice al pasar décadas o siglos de su vigor o influencia, por su trascendencia en procesos políticos, sociales, económicos en una época pasada.

Hay leyes que tienen el peso de una larga vigencia, que están vivas o son fuente de conocimiento para el Derecho positivo del presente.

El desconocimiento de la esencia actual del Derecho Penal permite que se extienda su medieval matriz aflictiva, ejemplarizante, vindicativa y medicinal, sin recordarse su carácter resocializador, por mencionar un principio básico.

En este sentido cuando se sanciona a una persona natural por la comisión de un delito también se hace justicia si el tribunal considera que merece el mínimo del marco sancionador previsto en la ley e incluso es justicia si los jueces consideran que no se ha cometido delito en un caso cualquiera.

El peso de la ley, en todo caso, es el peso de la justicia que se logre a través de la interpretación, aplicación, ejecución y hasta creación y modificación de la norma porque no se logra más justicia por imponer graves sanciones sino cuando cada cual recibe lo que merece, incluida la garantía de la mesura, la imparcialidad, la prevención, la reeducación y la racionalidad.

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Comentarios 10

  1. carlos says:
    Hace 5 años

    Las pruebas no s emuestran por lo que dicen sino por los hechos reales que muestrna la prueba del delito, antes del peso de la ley debes reconocer que muy poco ha hecho la ley que tanto defiendes en una sociedad con una deformaci[on tal, que la supuesta clase trabajadora como sus dirigentes constantemente son ejemplo de autentiso robos como sistema de vida al que le acompña sistema corruptos, Imposible qu euna sociedad pueda funaiconar así aun cuando este presente el peso de la ley……o será que al final todos estaremos presos, incluyendo los abogados como usted

    Responder
  2. RAMIRO SOTO FOMTAINE says:
    Hace 5 años

    EVIDENTEMENTE EL SEÑOR CARLOS NO TIENE UNA CAPACIDAD DE ESCRUTINIO SOBRE LO QUE ES TASACION DE PRUEBAS Y SU ESCASEZ DE CONOCIMIENTO SOBRE EL DERECHO OBJETIVO Y RITUALISTA PENAL SUMADO A UNA PERCEPCION DE LA REALIDAD CONFIGURADA POR QUIEN ESTÁ MUY LEJOS DE ELLA HACE QUE JAMÁS PUEDA ENTENDER LA PRISTINA Y PROFUNDA INTENCION DEL ARTICULISTA.

    Responder
  3. Mel says:
    Hace 5 años

    Mas que acertadas sus consideraciones profesor… Que bueno, inmersos en tanto oscurantismo, poder contar al menos con sus reflexiones, en mi opinion, suponen una ventana a la luz. Gracias

    Responder
  4. JOSE says:
    Hace 5 años

    RAMIRO SOTO, no se si Ud esta al tanto de los atropellos que estan comentiendo los agentes de la ley en esta cuarentena por el virus. No es lo que cuenten los afectados, es lo que vemos con los video que suben los testigos presenciales. El presidente DC ha dado orden de ser inflexibles y mano dura contra los infractores, pero hay una cosntitucion y hay un codigo penal en papel mojado. El presidente no deberia tener tales prerrogativas, porque se entromete en el campo de las leyes y eso puede sentar precedentes que suelen ser fatales para el sistema judicial, muchas veces acusado de ser implacable con los acusados y mientras es muy flexible y complaciente con f iscales y policias.

    Responder
  5. José González says:
    Hace 5 años

    Una ley,que indique una pena entre 3 a 6 años o multas de determinadas cuotas, ¿cuál será su peso? No creo que se hable en términos físicos p matemáticos. Puede que la expresión se use como algo general, no que esté prejuiciando la actuación de un tribunal, sino como forma de decir que se haga justicia, que tenga relación proporcional el presunto delito, aunque en no pocos de los reportes noticiosos se ve claramente que hay culpa. También los reportes están llamando a no incurrir en delitos similares y por ello publicitan estos hechos, que como quiera son repudiados, en estos y todos los momentos, cualesquiera sea su origen y participantes.

    Responder
  6. Frank Padrón says:
    Hace 5 años

    Creo que debe aplicarse también a agentes que violan sus límites. El caso del joven universitario maltratado por bajarse unos segundos el nasobuco e ingerir agua dentro de una cola de horas requeriría al menos juicio. Y lo ejemplarizante de los castigos no debiera, coincido, implicar sumarismo ni ausencia de mecanismos legales como la elemental participación de abogados.

    Responder
  7. El Catalán says:
    Hace 5 años

    El Código Penal que puso en vigor la Ley No. 62 está totalmente desfasado en tiempo. De pronto nos encontramos que delitos de naturaleza patrimonial y economica tienen un marco sancionador mínimo superior que el Delito de Homicidio por Imprudencia en ocasión de conducir vehículos en la vía pública. Ejemplo el hurto y sacrificio de ganado mayor, TIENE UN MINIMO SANCIONADOR DE 4 AÑOS en comparación del Delito de HOMICIDIO por Imprudencia en un accidente del tránsito. TAL PARECERÍA QUE ESE CÓDIGO PENAL RESPONDE A UN PAÍS DONDE LAS VACAS SON SAGRADAS COMO LA INDIA. LO CIERTO ES QUE UNA VACA O UN CABALLO NO PUEDEN VALER MAS QUE UNA VIDA HUMANA.

    Responder
  8. Bruno says:
    Hace 5 años

    Gracias, Profesor por aclararme muchas dudas, las que no obstante intuía su respuesta, ahora corroboro

    Responder
  9. Teresa Díaz Canals says:
    Hace 5 años

    Es obvio la violación de los derechos ciudadanos en los espectáculos que muestran por televisión. Alterar con monedas las deterioradas y viejas pesas es una práctica de décadas. El Estado jamás defendió nuestros derechos invirtiendo en equipos modernos, ahora descubrieron el agua caliente. Se ha permitido la alteración de precios también siempre. No entiendo esta campaña sin tener en cuenta un proceso justo, ir a las causas verdaderas de tales violaciones, y esos barrigones que viven de decir y decir sin que digan ni resuelvan nada, por qué no aprovechan y los juzgan también.
    Excelente Julio Antonio, te aprecio y admiro mucho.

    Responder
  10. ADONIS says:
    Hace 5 años

    MI GRAN PROFE, MUCHAS GRACIAS POR ESTE Y OTROS ARTICULOS SUYOS, QUE BUENO QUE LA TRADICION JURIDICA EN NUESTRO PAIS, CUENTE CON USTED EN DONDE QUIERA QUE SE ENCUENTRE.

    Responder

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