Entre los organismos de la administración del Estado cubano, la Aduana General de la República (AGR) es probablemente una de las que más insatisfacciones acumula entre aquellos a quienes brinda servicio. Quizás porque le toca la poco grata labor de impedir la importación de bienes con el consiguiente decomiso de estos en frontera.
Por razones económicas y humanas se entiende que ningún viajero que llega a Cuba, residente en la Isla o no, desea que le sean decomisadas las mercancías que trae. Lo peor es que muchas veces tampoco pueden entenderse determinadas limitaciones vigentes en el país.
Es lo legislado, sí. Y la ley debe cumplirse. Pero lo normado siempre se las ingenia para ir un paso por detrás de la realidad. Y en términos aduanales en Cuba, lo establecido ha logrado distanciarse en buena medida de las necesidades concretas del devenir de la crisis económica y social de la Isla.
¿Cómo lo ha logrado? Pues desoyendo los reclamos de quienes viajan a la isla, y que en medio del contexto de escasez de insumos básicos que se ha agravado de forma paulatina han expresado sus reclamos para la flexibilización de las importaciones, al menos de aquellos productos y recursos que prácticamente no pueden hallarse en el mercado nacional.
No obstante, si bien recae sobre la AGR la responsabilidad de hacer cumplir lo legislado en materia de limitación de importaciones y envíos, no depende solo de ella la toma de decisiones.
Quién dice sí o no, y por qué y cuándo
Las funciones principales de la Aduana son la recaudación de impuestos para el Estado y el mantenimiento de la seguridad del país a partir de la inspección de las importaciones.
La entidad puede, además, definir qué entra a Cuba. Mas, aunque es desconocido por muchos, junto a ella también la Asamblea Nacional, el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y los ministerios —órganos dotados de la potestad para la emisión de normas legales—, determinan qué pasa o no a través de las fronteras nacionales.
Por lo que, aunque es a la AGR a quien se le exige siempre la flexibilización de lo establecido, no siempre está en sus manos implementar o cambiar lo legislado.
En la práctica, este organismo sí define las cantidades y la valoración en frontera de las importaciones. Sin embargo, el ministerio de la Agricultura decide qué alimentos pueden pasar la frontera; el ministerio de Salud es quien regula todo lo relacionado con medicinas e insumos médicos; y el ministerio de Finanzas y Precios (MFP) es el único órgano con facultad para imponer una exención de pago a las mercancías que traen los viajeros, por solo mencionar algunos.
También es cierto que no solo en Cuba se ponen en práctica regulaciones semejantes. Cada país norma en sus fronteras la entrada de productos que pueden amenazar su comercio doméstico.
Es una política común e internacional. Solo que en el contexto cubano las barreras a la importación alcanzan a todos los productos. Si no en términos de impuestos, sí en términos de cantidades admitidas.
La ley y la crisis
Los hechos hablan por sí mismos. El contexto de la más reciente crisis en la Isla —que tuvo sus inicios a fines de 2018— ha evidenciado una tendencia al deterioro de las condiciones económicas y sociales, con un agravamiento de la escasez de medios y bienes básicos.
En proporción con el avance de la crisis, los reclamos de viajeros y familiares se han visto cada vez más centrados en la necesidad de flexibilizar las restricciones a la importación de mercancías en falta o escasas y que resultan de uso común.
Pues, con un mercado interno particularmente deprimido, los productos que llegan desde el exterior traídos por personas naturales o mediante envíos de paquetería constituyen un desahogo para familias enteras.
De tal forma, las principales demandas han exigido el alivio a las importaciones por personas naturales de las mercancías más sensibles y vitales en un escenario de profunda carestía; en lo fundamental: medicamentos, alimentos, aseo, equipos para generar energía, equipos electrodomésticos y electrónicos.
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Y aunque el motivo para la regulación de estos y otros productos en la frontera nacional responda a la protección del mercado interno cubano, las peculiaridades de nuestra realidad y las necesidades de nuestra gente deben ser lo que prime en la toma de decisiones.
Sin embargo, en Cuba ni la ampliación de la demanda interna insatisfecha, ni las justas solicitudes de los viajeros para evitar los decomisos de productos necesarios bastaron para corregir lo normado, cuando la letra de la ley fue inconsistente con la crisis del país.
Solo cuando la manifestación social tensó lo suficiente la situación ya crítica, el 11 de julio de 2021, comenzaron a aliviarse las restricciones aduanales de manera paulatina y moderada.
Desde entonces y hasta septiembre de 2022, los organismos con potestad para ello han anunciado más de seis modificaciones a las normativas de importación, algunas de amplio alcance.
Nunca antes en tan corto plazo de tiempo —poco más de un año—, fue tan enmendada la estricta legislación aduanal cubana en respuesta a las demandas sociales.
La medida de los alivios
Las medidas implementadas se presentan solas. La primera de ellas, largamente solicitada, entró en vigor el 19 de julio de 2021. Se trató de la exención de pago y limitación de cantidades aprobada por el MFP para la importación de alimentos, aseo y medicamentos a personas naturales, y sin carácter comercial, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.
Fue dispuesta inicialmente por seis meses, pero se ha extendido en dos fechas posteriores y se mantiene vigente hasta diciembre de 2022.
Como complemento, en agosto de este año el Centro Nacional de Sanidad Animal (Cenasa), perteneciente al Ministerio de la Agricultura (Minag), flexibilizó las regulaciones sanitarias para importación por los viajeros de leche y otros alimentos de origen animal enlatados y embutidos, así como leche en polvo. Y aprobó, un mes después, las importaciones de carnes frescas selladas al vacío de países elegibles.
Otro tema de alta sensibilidad en los tiempos actuales se tuvo en cuenta al flexibilizar la importación de equipos para generar energía. El 28 del mismo mes de julio de 2021 el MFP y el ministerio de Energía y Minas autorizaron la entrada sin fines comerciales de sistemas fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales por personas naturales.
En septiembre de este año y ante el sostenido déficit de generación del Sistema Electroenergético Nacional (SEN), la Aduana de Cuba permitió, excepcionalmente, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios.
Junto a la entrada de este tipo de equipos para generar energía, se alivió la importación de otros artículos electrodomésticos, cuya restricción generaba gran impopularidad entre los viajeros.
En septiembre de 2021, la AGR eliminó la limitación a la entrada sin carácter comercial por personas naturales de algunos equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales, entre los que se cuentan las cocinas y hornillas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo y aires acondicionados mayores de una tonelada de capacidad.
Finalmente, entraron en vigor el 15 de agosto último las medidas con más amplio impacto. Fueron aquellas que modificaron las leyes para el despacho de mercancías en aduana a la importación no comercial y flexibilizaron las cantidades de algunos productos específicos, como celulares y neumáticos de bicicleta y autos, entre otros, ampliando las cifras antes permitidas.
Sobre la aduana y las medidas anunciadas en Cuba: mejor tarde…
Este paquete de normas incluyó cambios a la valoración de las mercancías traídas por pasajeros o enviadas mediante paquetería. Impusieron el método de valoración por peso, que en la práctica contribuye a agilizar los despachos de aduana y disminuir el tiempo del pasajero en el aeropuerto por este concepto. Mientras, se duplicó la cantidad de mercancías que se pueden enviar a Cuba libre de pago mediante paquetería.
Miradas en conjunto todas estas disposiciones aduanales favorecen al viajero. Todas han tenido en cuenta sus insatisfacciones y han inclinado la balanza, por fin, hacia la mejoría de las difíciles condiciones de vida de las familias cubanas.
No son todas las que se necesitan, no obstante. Quedan otros elementos por considerar en aras de contribuir al bienestar de los cubanos. Se podría, por ejemplo, establecer la exención al menos temporal del pago a la importación de bicicletas convencionales y sus partes y piezas, para mitigar las deficiencias del transporte y la incapacidad de la industria nacional de venderlas en pesos cubanos. También podría eximirse del pago la entrada de filtros de agua y cualquier equipo destinado a purificarla, lo que resultaría coherente ante las dificultades para abastecer con agua de calidad a toda la población.
Y así, estos u otros, todos los cambios orientados a solventar necesidades son bienvenidos. Basta que la AGR y el resto de los organismos decidan con objetividad y prontitud cómo encaminarnos hacia la salida de esta crisis, o más bien, de este laberinto. Ya es tiempo.