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El dictamen de la jueza federal de Boston sobre los beneficiarios del Parole Humanitario

El 14 de abril se conoció el fallo, que frenó temporalmente la revocatoria del programa para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos.

por
  • Juan Pedro Campos
    Juan Pedro Campos
mayo 2, 2025
en EE.UU.
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Foto: EFE/ Luis Torres.

Foto: EFE/ Luis Torres.

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El 20 de enero de 2025 el presidente Donald Trump firmó la orden ejecutiva titulada “Protecting the American People against Invasion”. Entre otras cosas, sentaba las bases para la suspensión del Programa Parole Humanitario (PPH) de la Administración Biden.

Poco más de un mes después, el 28 de febrero, una demanda colectiva presentada por el Justice Action Center (JAC) y Human Rights First (HRF) ante el Tribunal de Distrito de Massachusetts, impugnaba varias acciones planteadas por la Administración para golpear a los inmigrantes, entre ellas, poner fin a “los procesos especiales para nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela” y deportar a los beneficiarios sin otros “alivios migratorios”.

Los litigantes que representaban ambas entidades de la sociedad civil eran ciudadanos afganos, ucranianos, venezolanos, haitianos, nicaragüenses y estadounidenses —estos últimos, “patrocinadores”. El caso le fue asignado, por sorteo, a la jueza Indira Talwani. Se le conoce en el gremio con el código Svitlana Doe v. Noem.

“Prepárense para irse”: la amenaza de Trump a los beneficiarios del parole

Los problemas a dilucidar en las audiencias fueron, básicamente, tres: a) si estaba dentro del poder de la jueza intervenir en estos programas; b) si estaba dentro del poder de la Administración Trump terminarlos; y c) si su liquidación se debería pausar temporalmente.

Los abogados de los demandantes argumentaban que la Administración Trump se había extralimitado en su autoridad al cancelar el PPH. Los que la representaban sostenían que el poder de la jueza federal no era tan amplio.

La jueza acudió a la Ley de Procedimientos Administrativos (APA), un sistema de normas que regulan los cambios de las políticas federales. Dijo en principio que si el Gobierno decidía ignorarlas, la movida podría ser problemática. Brian Ward, abogado defensor de la Administración Trump, argumentó que las normas de esa ley no se aplicaban en este caso.

En la audiencia final, la jueza sopesó los aspectos positivos de una suspensión y consideró los casos de las personas que pierden permanentemente sus derechos y estatus migratorio. Citó documentos oficiales y correos electrónicos enviados por error a ucranianos y nacionales de otros países informándoles que debían abandonar el país en una semana o ser deportados.

Los demandantes buscaban un fallo antes del 24 de abril, la fecha límite que les había dado la Administración Trump a los beneficiarios del PPH “sin otro alivio” para irse de Estados Unidos.

El dictamen

El 14 de abril se conoció el fallo de la jueza, que frenó temporalmente la revocatoria del PPH para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos.

Dos fueron los elementos centrales que nutrieron su decisión. Primero, que no era de interés público declarar que cientos de miles de personas beneficiarias del PPH “ya no se consideran legalmente presentes en el país, de modo que no pueden trabajar legalmente en sus comunidades ni mantenerse a sí mismos ni a sus familias”.

Escribió: “Los demandados no han ofrecido ninguna razón sustancial ni interés público que justifique obligar a las personas a quienes se les concedió el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos por un periodo específico a salir (o a obtener un estatus indocumentado) antes de la fecha original de vencimiento de su libertad condicional”.

Estatus legal de miles de beneficiarios del parole humanitario se revoca a partir de abril

En segundo lugar, que las protecciones a esos inmigrantes debían mantenerse hasta su vencimiento natural —es decir, hasta los dos años que les había dado la Administración Biden.

El elemento clave del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para acelerar el fin de programa se sustentaba entonces, anotó la jueza, en un “error legal obvio”.

En documento de 40 páginas la magistrada bostoniana estampó su dictamen conclusivo: “La terminación de los procesos de libertad condicional para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, 90 Fed. Reg. 13611 (25 de marzo de 2025) queda suspendida a la espera de una nueva orden judicial, ya que revoca, sin una revisión caso por caso, la libertad condicional y el permiso de trabajo previamente otorgados a extranjeros que ingresaron a Estados Unidos en virtud de los programas de libertad condicional para extranjeros de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela”. 

Más adelante, elaboró sobre las consecuencias potenciales si se procedía según lo intentaba el Gobierno: “Si se permite que caduque su libertad condicional, los demandantes se enfrentarán a dos opciones desfavorables: seguir cumpliendo la ley y salir del país por su cuenta, o esperar el proceso de deportación. Si los demandantes salen del país por su cuenta, enfrentarán peligros en sus países de origen, como se establece en sus declaraciones juradas”.

Asimismo, concluyó que “para algunos demandantes salir también causará la separación familiar […] Puede significar que los demandantes pierdan cualquier oportunidad de obtener una reparación basada en sus reclamos de APA, ya que salir podría invalidar dichos reclamos”. 

Dictamen judicial permite a los beneficiarios del parole permanecer legalmente en EEUU

Karen Tumlin, fundadora y directora del Justice Action Center, dijo al concluir el proceso: “Este fallo es un paso significativo hacia la justicia, no solo para los cientos de miles de personas que ingresaron a Estados Unidos a través de este importante proceso, sino también para los patrocinadores estadounidenses que los recibieron en sus hogares y comunidades. Con esta decisión, muchas personas en todo el país podrán respirar aliviadas”.

Los demandados

Apenas 24 horas después del dictamen, el presidente Donald Trump puso una andanada en Truth Social dirigida a los fanáticos de MAGA. “¿Pueden creerlo? Una jueza falló en contra nuestra en el caso de 530 mil inmigrantes ilegales (que Joe Biden trajo en avión a través de la frontera como parte de su programa para transportarlos al país), argumentando que no pueden ser vistos como un grupo, sino que cada caso debe juzgarse individualmente. “¿Qué está pasando con nuestros tribunales? ¡Están totalmente FUERA DE CONTROL! ¡Parece que odian tanto a Trump que todo vale!”.

Por otra parte, en un comunicado publicado en X, el Departamento de Seguridad Nacional decidió repetir el mismo mantra acusando a la política migratoria de Biden de haber “liberado a más de 530 000 extranjeros mal evaluados en Estados Unidos”. E hizo lo esperable: criminalizar a los beneficiarios del PPH y atizar el mito de que le quitaban empleos a los estadounidenses, según la secretaria de Seguridad Nacional, Kristy Noem.

“Si bien este fallo retrasa la justicia y socava la integridad de nuestro sistema migratorio, la secretaria Noem utilizará todas las opciones legales disponibles en el Departamento para poner fin a este caos, priorizando la seguridad de los estadounidenses”, concluía un comunicado.

Trump fustiga a jueza federal que impidió revocar el estatus legal de inmigrantes del parole

El 15 de abril, siguiendo la misma rima, la secretaria de Prensa de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, calificó de “corrupta” y “deshonesta” a la jueza Indira Talwani. La funcionaria enfatizó que lucharán “en contra de los tribunales” para poner fin al PPH.

Dos días después el Gobierno apeló ante el Primer Circuito de Estados Unidos la luz roja que le puso la jueza —en estos momentos, el caso sigue en esa instancia. Mientras tanto, ciertos políticos se han dedicado a tratar de ablandar el terreno para acciones futuras.

Por ejemplo, el senador John Kennedy, republicano por Luisiana, criticó la decisión de Talwani afirmando que “las amplias órdenes judiciales carecen de respaldo legal”. Le dijo a la presentadora de “America Reports”, Sandra Smith, y a su copresentador Bill Melugin, de la cadena Fox News: “La jueza  se equivoca […] Creo que emitió una orden judicial nacional. En mi opinión, son ilegales”.

“Una orden judicial nacional se da cuando dos partes, demandante y demandado, acuden a los tribunales, y el juez federal emite una sentencia que no solo se aplica a esas dos partes. Se aplica a todo el país”, remató. Un mensaje un poco más sofisticado que los anteriores, con todo. Es que el próximo jueves 15 de mayo la Corte Suprema de Estados Unidos va a abordar un problema central: si los jueces de primera instancia pueden dictar o no medidas cautelares que solo se aplican en los distritos geográficos donde fueron nombrados.

En otras palabras, van escuchar los argumentos para después responder una pregunta clave: ¿cuál es el alcance del poder de los jueces de tribunales inferiores para bloquear las políticas de un presidente?

Etiquetas: parole humanitarioPortada
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