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Una decisión del Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito dejó abierta la discusión jurídica sobre si los beneficiarios del formulario I-220A pueden ser considerados “admitidos” y, por tanto, optar a la residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano tras una evaluación individual.
El tribunal, con sede en Atlanta, anuló este lunes las resoluciones de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) en los casos de dos ciudadanas cubanas y devolvió los expedientes para una nueva revisión. La apelación fue presentada por el abogado de Miami Mark Prada durante una audiencia celebrada en diciembre, según consta en el fallo.
En un dictamen de seis páginas difundido por Café fuerte, los jueces afirmaron que tienen jurisdicción y ordenaron reexaminar el criterio aplicado en torno a la admisión migratoria, según el fallo.
La corte observó inconsistencias en la postura del Gobierno sobre las normas que debieron regir la detención y procesamiento de los migrantes con I-220A, un documento que no implica libertad condicional (“parole”) formal. Esa variación, señala el medio, impacta directamente en la posibilidad de que los solicitantes accedan a los beneficios de la Ley de Ajuste cubano.
Ni beneficio ni regularización, todavía
El veredicto no concede beneficios automáticos ni regulariza de inmediato la situación de más de 300 mil cubanos con I-220A. Tampoco convierte ese documento en parole.
Sin embargo, obliga a la BIA a reconsiderar los casos tomando en cuenta los señalamientos del tribunal, lo que podría influir en futuras solicitudes individuales y en litigios pendientes, a partir de la decisión que tiene efecto en Florida, Georgia y Alabama, estados bajo la jurisdicción del Onceno Circuito.
El documento I-220 A, también llamado Formulario I-220A, es una orden de liberación bajo palabra que el Gobierno de Estados Unidos confiere a algunas personas detenidas en la frontera y luego liberadas por funcionarios de inmigración.
De acuerdo con datos de El País, entre 400 mil y 500 mil cubanos recibieron este formulario al cruzar la frontera sur. A diferencia de quienes obtuvieron parole humanitario, que sí cuenta para la Ley de Ajuste Cubano, el I-220A no permite ajustar estatus bajo la CAA tras un año y un día en EEUU, según fallo de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) de 2023.
Pueden tener permiso de trabajo y licencia de conducir mientras sus casos estén pendientes (asilo o remoción), pero viven en un limbo legal sin camino claro a la residencia permanente.
Los vuelos de deportación continúan
Días atrás, un grupo de 116 migrantes irregulares cubanos llegó a la isla desde Estados Unidos a bordo del segundo vuelo de deportación en lo que va del presente año, según la información aportada por el Ministerio del Interior (Minint).
El grupo integrado por 88 hombres y 28 mujeres fue trasladado hacia el aeropuerto internacional José Martí de La Habana, lo que, unido a los 170 deportados hace una semana, eleva a 286 los cubanos retornados en lo que va de 2026 desde esa nación.
Llega a Cuba otro vuelo con migrantes deportados desde Estados Unidos
Aunque los vuelos de deportación desde Estados Unidos no son novedad, este miércoles el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) confirmó que la operación que abrió los traslados este año incluyó por primera vez a migrantes condenados por graves delitos.
Hasta el momento se trataba de una posibilidad que habían rechazado las autoridades cubanas, y que mantenía en cárceles estadounidenses migrantes irregulares convictos por asesinato, secuestro y narcotráfico, entre otras acusaciones.
El vuelo de repatriación más reciente también estaría marcado por un cambio de rumbo. Informaciones publicadas en medios digitales indican que, aparte de los deportados que llegaron a La Habana, se les hizo creer que estaban siendo llevados a México.
Las mismas informaciones dan cuenta de que, a diferencia del vuelo precedente, esta vez ninguno de los expatriados había violado las leyes y llevaban residiendo en Estados Unidos entre cuatro y cinco años.









