Como parte de la actualización legislativa en marcha desde hace varios años, y en sintonía con el nuevo paquete de reformas, la Asamblea Nacional de Cuba aprobó este jueves un nuevo Código de Trabajo, que el Gobierno calificó como “moderno y flexible”.
La legislación, que contempla el pluriempleo y el teletrabajo, pero no el derecho a la huelga, resulta “una herramienta fundamental para la implementación de las transformaciones económicas y sociales” en la isla, a decir de Jesús Otamendiz Campos, ministro de Trabajo y Seguridad Social.
Al presentar la legislación a los diputados, el titular consideró que la norma es “moderna y flexible” y “no solo regula deberes, sino que formaliza la participación propositiva de los trabajadores”, reseña Cubadebate.
En tal sentido, destacó su ámbito de aplicación, las prohibiciones para los empleadores y las condiciones para establecer relaciones laborales.
Entre sus novedades, permite la concertación de jornadas reducidas y el teletrabajo desde el exterior, en momentos en que la isla vive una amplia oleada migratoria. Además, contempla la suspensión del servicio social por la realización de estudios en el extranjero asociados al perfil profesional.
🇨🇺| Código de Trabajo: herramienta fundamental para la implementación de las trasformaciones económicas y sociales.
🔗| Compartimos detalles de esa norma aprobada hoy en el Parlamento, que garantiza la protección de derechos y el cumplimiento de deberes.https://t.co/jZcc11Y8dF
— Presidencia Cuba 🇨🇺 (@PresidenciaCuba) July 30, 2026
Atención a jóvenes y personas con discapacidad
Organizado en cuatro libros, que van de principios y derechos generales al papel estatal en el tema, el nuevo Código “incorpora como prioridades en el empleo a los jóvenes, las mujeres y las personas identificadas en situación de vulnerabilidad”, reseña la prensa oficial.
En esta dirección, decreta que las personas con discapacidad interesadas en trabajar, así como los egresados de la educación especial, tienen prioridad para el acceso al empleo.
También modifica de 17 a 18 años la capacidad jurídica para establecer relaciones de trabajo y se mantiene la protección especial de los adolescentes de 15 a 17 años que excepcionalmente se incorporan al trabajo.
La ley contempla el despido por motivos económicos, tecnológicos y estructurales, y veta que el empleador pueda condicionar la contratación, permanencia, promoción o el despido de una mujer por estar embarazada, resume la agencia EFE.
Los cambios que trae el nuevo Código de Trabajo para el sector privado
Garantía estatal
La norma establece como garantía que el Estado promueve las oportunidades para que las personas puedan acceder a “un empleo digno en condiciones de libertad, equidad y seguridad”, subraya el medio español.
El código desarrolla el concepto de “empleo digno”, que incluye seguridad, protecciones y “remuneración suficiente para satisfacer las necesidades básicas”, además de subrayar los principios de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.
Asimismo, prohíbe expresamente el trabajo forzoso y ratifica la prohibición del trabajo infantil, así como de la discriminación, la violencia y el acoso en el ámbito laboral.
Igualmente, dispone la protección equivalente a un mes de remuneración a los empleados contratados en el sector privado, ante la suspensión temporal o cancelación de la actividad.
Sobre el derecho colectivo, el Código contiene los principios de libertad sindical —aunque oficialmente en Cuba opera un único sindicato—, autotutela, autorregulación y participación, así como los derechos, deberes y garantías de los directivos sindicales.
La aprobación de la norma tuvo lugar durante una sesión parlamentaria en la que también recibieron luz verde otras leyes, como las de vivienda, tierra e identidad personal.
EFE / OnCuba













