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Trump y los reclamos de propiedad de cubano-americanos

Si el presidente no renueva la suspensión del título III, viejas heridas de los aliados se reabrirán a medida que demandantes estadounidenses intenten llevar a compañías extranjeras ante los tribunales por hacer negocios en Cuba.

por
  • William M. LeoGrande
    William M. LeoGrande
febrero 11, 2019
en Cuba-EE.UU.
6
El presidente Donald Trump saluda después de llegar en el helicóptero presidencial Marine One al jardín sur de la Casa Blanca, el 8 de febrero de 2019. Foto: Carolyn Kaster / AP.

El presidente Donald Trump saluda después de llegar en el helicóptero presidencial Marine One al jardín sur de la Casa Blanca, el 8 de febrero de 2019. Foto: Carolyn Kaster / AP.

La administración Trump está considerando permitir que el Título III de la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática de Cuba (Helms-Burton) entre en vigor en marzo, según el asesor de Seguridad Nacional, John Bolton.

El 16 de enero, el secretario de Estado, Mike Pompeo, anunció que estaba suspendiendo el Título III por solo 45 días en vez de los seis meses usuales, mientras la administración revisa si su implementación promovería la democracia en Cuba. Advirtió a las empresas extranjeras que hacen negocios en la Isla que sería mejor que “reconsideren si están traficando con propiedades confiscadas y prestando ayuda a esta dictadura”.

El Título III les permite a los ciudadanos estadounidenses presentar una demanda en los tribunales contra cualquier persona que esté involucrada en el “trafico” de sus propiedades confiscadas en Cuba, es decir, cualquier persona que se beneficie de ello.

Si el presidente Trump permite que el Título III entre en vigor, le abrirá la puerta a nada menos que 200,000 demandas judiciales de ciudadanos estadounidenses, la mayoría cubano-americanos, cuyas propiedades fueron confiscadas por el gobierno cubano después de 1959.

Los tribunales estarían inundados, la capacidad de las empresas estadounidenses para hacer negocios en la Isla se paralizaría, y los aliados en el extranjero podrían tomar represalias por las demandas contra sus empresas en Cuba.

Una vez que se hayan presentado esas demandas, no habrá manera de deshacer el caos legal consiguiente y la maraña de litigios podría tardar años en deshacerse.

¿Qué pasaría si EEUU aplica el Título III de la Ley Helms-Burton?

La Comisión de Liquidación de Reclamaciones Extranjeras de Estados Unidos ha certificado 5,913 reclamaciones de nacionales cuyas propiedades fueron confiscadas. Estas son las demandas que Cuba reconoce y que los dos países comenzaron a discutir durante la administración Obama. Pero la postura inusual del Título III permite que los cubano-americanos naturalizados que perdieron sus propiedades también presenten una demanda contra los supuestos traficantes.

El Derecho internacional normalmente reconoce el derecho soberano de los gobiernos a disponer de los bienes de sus propios ciudadanos. Según el Departamento de Estado, al incluir a los cubano-americanos que no eran ciudadanos de Estados Unidos cuando se les confiscaron sus propiedades, el Título III crea la posibilidad de aproximadamente 75,000 a 200,000 reclamaciones por un valor de “decenas de miles de millones de dólares”.

En 1996, cuando la ley estaba siendo debatida en el Congreso, la enojada oposición de los aliados de Estados Unidos –Canadá, México y la Unión Europea, cuyas empresas con negocios en Cuba serían el blanco de las demandas legales del Título III– conllevó a que el presidente Bill Clinton insistiera en una disposición de exención presidencial en el Título III.

Como resultado, el presidente tiene la autoridad para suspender durante seis meses el derecho a presentar demandas legales bajo el Título III, y puede renovar esa suspensión de manera indefinida. Desde la aprobación de la Ley de Libertad Cubana y Solidaridad Democrática, cada seis meses sucesivos presidentes, demócratas y republicanos, han continuado la suspensión del Título III.

Los aliados de Estados Unidos han denunciado el alcance extraterritorial del Título III. México, Canadá, el Reino Unido y la Unión Europea aprobaron leyes que prohíben su cumplimiento. La Unión Europea también presentó una queja ante la Organización Mundial de Comercio, la cual no continuó después que el presidente Clinton suspendiera el Título III. De hecho, la principal justificación que presentaron tanto el presidente Clinton como el presidente George W. Bush para continuar la suspensión fue la necesidad de mantener la cooperación con los aliados europeos.

Si el presidente Trump no renueva la suspensión, todas estas viejas heridas con los aliados se reabrirán a medida que los demandantes estadounidenses intenten llevar a las compañías extranjeras ante los tribunales de Estados Unidos por hacer negocios en Cuba.

Con México, Canadá y Europa ya EE.UU. tiene suficientes problemas difíciles en agenda como para agregar otro. En este mismo momento, Washington está tratando de lograr que lo apoyen para lidiar con la crisis venezolana, apoyo que podría ponerse en peligro si la administración se mete en problemas con ellos por el Título III.

Las empresas estadounidenses no estarían exentas de posible responsabilidad. Una familia cubano-americana de Miami afirma haber sido dueña del terreno donde se construyó el Aeropuerto Internacional “José Martí”, por lo cual cualquier aerolínea estadounidense que utilice el aeródromo podría ser demandada bajo el Título III. Otra familia propietaria del puerto de Santiago de Cuba podría presentar una demanda contra los cruceros estadounidenses que allí atracan.

Además, sería casi imposible para una empresa estadounidense o extranjera saber de antemano si una oportunidad de negocio propuesta en Cuba podría ser objeto de un litigio bajo el Título III. “Esto terminará efectivamente por décadas cualquier intento de restablecer el comercio entre Estados Unidos y Cuba”, dijo el abogado Robert Muse al Tampa Bay Times.

Cuando en junio de 2017 el presidente Trump anunció nuevas sanciones contra Cuba, altos funcionarios de la administración dijeron que estaban diseñadas “para no interrumpir los negocios existentes” que las empresas estadounidenses estaban haciendo en Cuba. Si el presidente no continúa suspendiendo el Título III, las relaciones comerciales se verían afectadas de una manera mucho más seria e irreparable de lo que serían por cualquier cambio regulatorio.

Etiquetas: Helms-BurtonRelaciones Cuba-EE.UU.
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William M. LeoGrande

William M. LeoGrande

William M. LeoGrande es profesor de gobierno en la Escuela de Asuntos Públicos de la American University en Washington, DC Es coautor de Peter Kornbluh, de Back Channel to Cuba: The Hidden History of Negotiations entre Washington y Havana. Twitter: @WMLeoGrande

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Comentarios 6

  1. eduardo says:
    Hace 8 años

    Los cubanos americanso no eran americanso cuando abandonaron sus proiedades en cuba, por lo que no tienen derecho despues de 60 años a seguir entorpeciendo la marcha del país, son más yanquis que cubanos

    Responder
    • Atanasio says:
      Hace 8 años

      Dice lo a Diaz Canel, a ver si de una vez y por todas nos quitan el pasaporte cubano y nos dejan entrar a Cuba como yankis

      Responder
  2. Kurt Turing says:
    Hace 8 años

    Seria una excelente idea que entre en vigor el Título III de la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática de Cuba (Helms-Burton) . Así los generales-empresarios de la dictadura habanera, encabezados por la familia Rodriguez Callejas entenderían que la isla no es una finca heredada, sino un país donde todos tiene derechos.

    Responder
  3. Bruno says:
    Hace 8 años

    Es una amenaza con el único fin de espantar nuevas inversiones en Cuba. Sin embargo no pondrá en vigor la susodicha ley.

    Responder
  4. Raul says:
    Hace 8 años

    Mi opinión es que hay muchas propiedades que se reclaman que no fueron intervenidas o nacionalizada, fueron abandonadas por sus propietarios y la constitución de 1940 que era la que existía en esos momentos decía algo como que si abandonabas una propiedad por ciertos años,pasaba a manos del estado.Y esa Ley permaneció igual en la constitución de 1976,,,otros tenían edificios en el puerto habanero,en los muelles,,,pero eran en terrenos del estado,, en Cuba eras dueño del edificio,pero no de la tierra,por la tierra tenías que pagar el famoso amelliramiento,,creo que se decía así.

    Responder
    • jose dario sanchez says:
      Hace 8 años

      por sus razonamientos, supongo que usted debe tener menos de ….40 anos.su conceptode la propiedad ,su tenecia y despojo por parte de la “revolucion socialista” son muy deficientes.Ahorita de seguir sus razonamientos,los despojados le deberan dinero a los despojadores….

      Responder

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