Una nueva resolución 382/20, que pretende mejorar y agilizar la inscripción en los registros de propiedad y la calidad de los servicios jurídicos, fue publicada este domingo por la Gaceta Oficial de La República de Cuba.
El diario estatal Granma señala que Oscar Silvera Martínez, ministro de Justicia, “dispuso la categorización de los Registros de la Propiedad en tres categorías las cuales llevan implícitas el tiempo con el que cuentan los registradores para su trabajo”.
Los de primera categoría, dice el texto, tendrán hasta 10 días hábiles, siete los de segunda y cinco los de la tercera.
“Sin embargo para evitar molestias innecesarias, las personas deben conocer que en los casos relacionados con la Trasmisión de Bienes y Herencia, si el interesado no acredita el pago del impuesto correspondiente en el momento de la solicitud, el plazo comienza a correr a partir del momento en que se cumpla ese requisito”, apunta.
Dicha resolución, expone Granma, “forma parte de los esfuerzos del ministerio de Justicia por elevar la calidad de sus servicios, reducir siempre que sea posible la cantidad y números de trámites a la población y satisfacer la creciente demanda con la seriedad y respeto que merecen sus clientes,
La medida entrará en vigor mañana primero de septiembre.