El Tribunal Supremo de Estados Unidos falló este martes a favor de que la estadounidense ExxonMobil, la mayor petrolera del mundo, pueda proseguir con su demanda contra la cubana Corporación Cimex para solicitar compensaciones por los bienes confiscados por el Gobierno de Cuba en 1960.
El alto tribunal considera la prevalencia de la ley federal Libertad y Solidaridad Democrática Cubana de 1996, también llamada Ley Helms-Burton, sobre la llamada excepción de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras de 1976 (FSIA por sus siglas en inglés), que protegía a Estados extranjeros y a sus entidades.
La demanda de Exxon podrá seguir ahora su curso en los tribunales y brinda más impulso a la posibilidad de que empresas extranjeras puedan demandar compensaciones por dichas expropiaciones en la isla.
Por seis votos a favor y tres en contra, la Corte Suprema dictaminó que la Ley FSIA, que limita el papel del poder judicial en los litigios civiles contra Estados extranjeros y sus agencias, “no se aplica a las demandas” interpuestas en casos como este.
Por este motivo, prevalece la Ley Helms-Burton, de 1996, que levanta la “inmunidad soberana extranjera de las agencias y entidades instrumentales cubanas” para que puedan presentarse demandas de compensación contra ellas.
a petrolera estadounidense ExxonMobil interpuso una denuncia multimillonaria contra la entidad estatal cubana Corporación Cimex por la confiscación en 1960 de sus activos en la isla, que incluían una refinería y más de un centenar de estaciones de servicio, por la que la empresa no recibió compensación.
En mayo, el Supremo de EE. UU. validó que la constructora Havana Docks, propietaria de muelles en Cuba que fueron confiscados hace décadas por el Gobierno castrista, fuera compensada por operadores de cruceros que utilizaron esos embarcaderos en años recientes, en virtud de la ley de Helms-Burton.
La estadounidense Havana Docks demandó a cuatro navieras (Royal Caribbean Cruises, Norwegian Cruise Line Holdings, Carnival Corporation y MSC Cruises) que emplearon entre 2016 y 2019 unos apeaderos levantados en el puerto de La Habana.
Corte Suprema de Estados Unidos revisará demandas contra Cuba por expropiaciones
La ley Helms-Burton establece en su título III, el esgrimido hoy por el Supremo, que toda entidad jurídica o ciudadano de EE. UU. (lo que incluye a cubanos que después se nacionalizaron estadounidenses) “posee la reclamación” sobre una propiedad confiscada después de 1959, año del triunfo de la revolución castrista en la isla.
En el escrito de argumentación, los magistrados explicaron que “toda la arquitectura de la Ley Helms-Burton establece que dicha ley levanta la inmunidad soberana extranjera de las agencias y entidades instrumentales cubanas, y no exige a Exxon cumplir además con alguna de las excepciones a la inmunidad soberana extranjera previstas en la FSIA”.














A pesar de la sentencia del Tribunal Supremo de EE. UU. en Exxon Mobil Corp. contra Corporación CIMEX, Cuba puede prácticamente evitar pagar a Exxon Mobil y a otros reclamantes. Según el derecho internacional, una sentencia nacional de un tribunal estadounidense no se traduce automáticamente en un mecanismo para incautar bienes situados dentro de las fronteras de otro Estado soberano.
Para evitar pagar estas sentencias multimillonarias, el gobierno cubano y sus órganos estatales se apoyan principalmente en tres estrategias legales, territoriales y diplomáticas distintas.
continua del Primero: Las tres estrategias son:
1. La Rebeldía Territorial de la Jurisdicción Soberana
El principio fundamental de soberanía estatal significa que los tribunales federales estadounidenses carecen de poder policial dentro de Cuba.
1. Ubicación de activos: La infraestructura física en cuestión—las refinerías de petróleo, terminales y gasolineras operadas por CUPET y CIMEX—se encuentra íntegramente en territorio cubano.
2. Negativa a cumplir: Cuba puede simplemente ignorar el juicio estadounidense. Para que una orden judicial estadounidense se ejecute dentro de Cuba, un tribunal cubano tendría que reconocer y hacer cumplir la sentencia estadounidense. Dada la relación geopolítica adversarial entre ambas naciones, el poder judicial cubano desestimará cualquier sentencia estadounidense como una violación inconstitucional de su soberanía nacional y una violación del derecho internacional consuetudinario.
2. Blindaje y Movimiento de Activos Globales
Dado que Exxon Mobil no puede incautar activos dentro de Cuba, su equipo legal intentará ejecutar la sentencia localizando y confiscando activos de propiedad cubana ubicados fuera de Cuba, como barcos comerciales, cuentas bancarias estatales o cargas que viajan por aguas internacionales o jurisdicciones extranjeras amigas. Cuba minimiza este riesgo mediante el aislamiento estratégico de activos:
1. Evitar jurisdicciones estadounidenses: Cuba y sus entidades comerciales evitan estrictamente mantener activos líquidos, bienes raíces o reservas de bancos centrales dentro de Estados Unidos o al alcance del sistema bancario de la cámara compensadora estadounidense.
2. Alter Egos y Shells corporativos: Como se señala en la historia procesal de Exxon, Cuba opera frecuentemente a través de intrincadas redes de filiales registradas en el extranjero, como vehículos corporativos panameños o europeos. Aunque Exxon intentará demostrar que estos son “alter egos” del Estado cubano para incautar sus activos, la carga legal para atravesar el velo corporativo en múltiples jurisdicciones extranjeras es increíblemente alta y lleva mucho tiempo.
3. Aprovechando los “Estatutos de Bloqueo” Extranjeros
Cuando los reclamantes estadounidenses intentan cobrar sentencias atacando terceros internacionales (traficantes secundarios) o activos cubanos ubicados en países terceros como Canadá, España o Gran Bretaña, Cuba está protegida por contramedidas legales internacionales conocidas como Estatutos de Bloqueo.