Las empresas y establecimientos del sistema de Comercio Interior, subordinados a los gobiernos locales, podrán ampliar sus compras directas a personas naturales y jurídicas con la entrada en vigor de una nueva resolución.
La norma, que sustituye las regulaciones vigentes desde 2019 y 2021, flexibiliza el mecanismo de autogestión e incorpora un abanico de productos, materias primas e insumos para abastecer la red estatal de comercio, gastronomía y servicios, de acuerdo con la Resolución 7/2026 del Ministerio del Comercio Interior (Mincin).
Con el nuevo decreto, unidades empresariales de base y establecimientos de subordinación local quedan facultadas para adquirir no solo productos alimenticios frescos o elaborados, sino también materias primas e insumos destinados a incrementar las ofertas y mejorar la calidad de los servicios, según la disposición.
Además, se amplía el universo de proveedores al permitir expresamente las compras a personas naturales y jurídicas autorizadas, siempre que acrediten la documentación y licencias correspondientes.
Otra de las novedades es la autorización para que los establecimientos minoristas dispongan de un fondo específico destinado a las compras por autogestión, con un monto aprobado por la empresa o unidad empresarial de base correspondiente, de acuerdo con el plan de ventas de cada establecimiento, y podrá utilizarse mediante pagos bancarios o en efectivo.
La nueva regulación obliga a las empresas a mantener actualizada su cartera de proveedores, verificar periódicamente que estos conserven la autorización para comercializar los productos contratados y evaluar, al menos una vez al mes, el impacto de las compras en el incremento de las ofertas y la calidad de los servicios.
Restricciones a productos
Aunque flexibiliza las adquisiciones, la resolución mantiene restricciones para determinados productos. Continúan excluidos de la compra por autogestión la carne de ganado equino, el café (salvo el torrefaccionado), el tabaco en rama, el cacao y la miel de abejas, excepto la procedente de especies meliponas y algunos formatos comerciales autorizados.
Asimismo, dispone que cada empresa establezca precios máximos de compra a través de sus comités de contratación, sin contradecir los límites fijados por los gobiernos locales, con el propósito de evitar incrementos en los precios minoristas al consumidor.
Importadores privados en auge
En enero, el ministro de la Industria Alimentaria, Alberto López Díaz, informó que las mipymes privadas ya se habían consolidado como importadoras de materias primas destinadas a la producción estatal de alimentos y mantenían más de 4 mil contratos con empresas del sector.
Según explicó entonces, esas operaciones habían permitido elaborar más de 68 mil toneladas de alimentos, entre ellas conservas, pastas, embutidos y otros productos destinados al mercado nacional.
A diferencia de ese esquema, centrado principalmente en la industria alimentaria, la Resolución 7/2026 extiende ahora la lógica de los encadenamientos al sistema de comercio interior.
Mipymes privadas se consolidan como importadoras para la industria alimentaria estatal
La norma descentraliza la capacidad de abastecimiento de las empresas locales, incorpora mecanismos permanentes de financiamiento para las compras por autogestión y amplía el tipo de bienes que podrán adquirirse para reforzar la oferta en establecimientos estatales de comercio, gastronomía y servicios.
Esta actualización se inserta, además, en el proceso de transformaciones económicas aprobado por el Gobierno cubano, que busca desesperadamente otorgar mayores facultades de gestión a las empresas estatales y ampliar su interacción con el sector no estatal, como parte de la estrategia para incrementar la disponibilidad de bienes y servicios en medio del serio panorama actual en la isla.













