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El sector privado cubano bajo nuevas reglas del juego

Por primera vez una persona podrá ser propietaria de varias empresas, contratar más de 100 trabajadores y operar en cualquier actividad lícita. Las mipymes pendientes de aprobación serán autorizadas antes de que termine junio.

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  • Redacción OnCuba
    Redacción OnCuba
junio 18, 2026
en Economía
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Restaurante privado en la Habana Vieja, en medio de la crisis económica y del turismo reforzada por el bloqueo petrolero de EE.UU a Cuba. Foto: Ernesto Mastrascusa / EFE.

Restaurante privado en la Habana Vieja, en medio de la crisis económica y del turismo reforzada por el bloqueo petrolero de EE.UU a Cuba. Foto: Ernesto Mastrascusa / EFE.

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Al abrir su presentación ante los diputados, el primer ministro Manuel Marrero subrayó que Cuba nunca ha negado la existencia de errores e insuficiencias propias, aunque atribuyó el deterioro principal al recrudecimiento de las sanciones estadounidenses desde 2019, agravadas por la política de máxima presión de la administración Trump desde enero de 2026.

Al hacer referencia a los temas relacionados con el sector no estatal, el eje fue el de la equiparación: lo que se apruebe para el privado, rige también para el estatal. Es una ruptura con la arquitectura regulatoria de los últimos cinco años, en la que las mipymes privadas operaban bajo un régimen de excepciones y autorizaciones parciales que el propio sistema contradecía sistemáticamente.

12771 mipymes y 7254 esperando

El dato más concreto y urgente de esta reforma es el que se refiere a las solicitudes pendientes. Según informó Cubadebate citando datos del gobierno, hay en este momento 7254 solicitudes de mipymes esperando aprobación en la Plataforma de Actores Económicos, de las cuales 3505 ya han sido certificadas, pero no autorizadas formalmente. El compromiso anunciado por Marrero es resolverlas todas antes de que termine junio.

Para el ecosistema emprendedor cubano, ese compromiso tendrá un impacto inmediato. Hay miles de negocios que llevan meses —en algunos casos más de un año— en un limbo burocrático que les impide operar con respaldo legal. En OnCuba hemos publicado un enjundioso análisis del economista Daniel Torralbas sobre los tortuosos caminos del financiamiento privado en Cuba y sobre las barreras que el propio sistema ha impuesto al sector que dice querer impulsar.

Lo que se aprobó

Mipymes pendientes

  • Todas las solicitudes pendientes de aprobación en la Plataforma de Actores Económicos serán autorizadas antes de finales de junio. Existen 12771 mipymes no estatales ya constituidas y 7254 solicitudes en espera, de las cuales 3505 ya están certificadas.
  • Se reducen los requisitos, trámites y tiempos para crear, convertir u operar formas de gestión no estatal.

Tamaño y estructura

  • Se permite contratar más de 100 trabajadores. A partir de esa cifra, la entidad pasará a clasificarse como empresa privada.
  • Una misma persona natural podrá ser titular de más de una empresa privada.
  • Una misma persona podrá tener participación accionaria en más de una empresa privada.
  • Se amplían las formas societarias, incluyendo sociedades anónimas por acciones.

Actividades y libertad de operación

  • Las formas de gestión no estatal podrán desarrollar cualquier actividad lícita adicional sin abandonar su objeto principal.
  • Se reduce la lista de actividades prohibidas para los actores económicos no estatales.
  • Se autoriza al sector privado a importar y vender combustibles, incluso de manera minorista.

Derechos y acceso a recursos

  • Se conceden derechos reales —usufructo y superficie— a empresas privadas y cooperativas para realizar inversiones en sus actividades.
  • Se autoriza la apertura de cuentas bancarias en divisas y en el exterior, con derecho a extracciones.
  • Se permite el acceso al mercado cambiario.
  • Los depósitos de divisas en efectivo podrán acreditarse en cuentas bancarias en la misma moneda, con declaración de origen lícito.

Agricultura

  • Por primera vez, se permite la creación de mipymes privadas en el sector agropecuario, donde hasta ahora solo podían operar cooperativas.
  • Se desarrollará un mercado de insumos accesible a todos los actores, con posibilidad de acceder al mercado cambiario.

Empresa estatal: las mismas reglas

  • En adelante, toda medida aprobada para el sector privado se aplicará también a la empresa estatal socialista.
  • Las empresas estatales podrán realizar cualquier actividad lícita, distribuirán sus utilidades como determinen y fijarán los salarios de sus trabajadores.

Otras:

  • Se amplían las formas societarias, incluyendo sociedades anónimas por acciones.
  • Se autorizan cadenas de tiendas internacionales, marcas y franquicias.
  • Se autoriza la venta ambulante de productos.
  • Se autoriza el régimen simplificado de tributación para pequeños negocios.
  • Se elimina la obligatoriedad de entidades empleadoras para la contratación laboral.

Una relación conflictiva

Para comprender el peso real de lo que la Asamblea Nacional aprobó este jueves —contratación sin límite de trabajadores, una persona con varias empresas, compra de acciones en empresas privadas y estatales, concatenaciones formales entre el sector privado y el estatal—, no se puede dejar de considerar la conflictiva historia, durante más de medio siglo, del Estado cubano con su propio sector privado, en virtud de una visión dogmática del socialismo, donde la propiedad privada, el enriquecimiento de las personas y el mercado han sido anatemas.

1968: la Ofensiva…

El 13 de marzo de 1968, en un discurso pronunciado en la escalinata de la Universidad de La Habana, Fidel Castro anunció la Ofensiva Revolucionaria, la decisión de nacionalizar todas las pequeñas empresas privadas que aún quedaban en el país. 

El resultado fue la intervención de entre 55 mil y 58 mil pequeños negocios —bodegas, carnicerías, bares, restaurantes, lavanderías, barberías, talleres mecánicos, carpinterías— en lo que constituyó la confiscación más extensa de propiedad pequeña y mediana en la historia del país. 

La lógica de que el Estado podría sustituir por sí solo toda esa red de servicios resultó, con el tiempo, insostenible: desaparecieron oficios, oficinas y oficios cotidianos que tardarían décadas en reaparecer, aunque fuera de forma parcial.

Desde entonces y hasta los años noventa, el sector privado en Cuba prácticamente no existió de forma legal, salvo en un reducto: el agro. Una parte de los propietarios privados del campo logró sobrevivir al proceso de colectivización, conservando parcelas y, con ellas, una de las pocas formas de propiedad privada que el Estado cubano nunca llegó a erradicar por completo.

Las “12 sillas”: la apertura de los noventa con cuentagotas

La siguiente apertura significativa llegó en 1993-1995, en medio del derrumbe del bloque soviético y el llamado Período Especial. Cuba legalizó el trabajo por cuenta propia en 178 actividades y permitió, por primera vez desde 1968, la operación de pequeños restaurantes privados —los llamados “paladares”, nombre tomado de una telenovela brasileña de la época.

La apertura, sin embargo, vino cargada de restricciones que se volvieron emblemáticas de la desconfianza estructural del Estado hacia el sector privado: los paladares no podían tener más de 12 sillas, debían operar exclusivamente con mano de obra familiar y tenían prohibido vender carne roja o langosta, reservadas al turismo y al Estado. A eso se sumaba una carga impositiva de alrededor del 50 % y un régimen de inspecciones que, en la práctica, llevó al cierre de la mayoría de esos negocios hacia mediados de la década de 2000.

2010-2011: Más allá de las 12 sillas

En 2010, ya con Raúl Castro al frente del gobierno, se produjo la siguiente apertura sustancial. Se admitió públicamente algo que hasta entonces era impensable en el discurso oficial: que el Estado no tenía capacidad para ser la única fuente de empleo del país. La reforma de 2010-2011 eliminó el límite de las 12 sillas en los paladares —que pasaron a poder tener hasta 50—, permitió contratar personal no familiar y autorizó la venta de carne roja y langosta. En paralelo, el gobierno anunció su intención de reducir en 500 mil las plazas del sector estatal, trasladando esa fuerza laboral hacia el trabajo por cuenta propia.

Fue una apertura real, pero gradual y con techo bajo: el trabajo por cuenta propia seguía operando bajo licencias individuales, sin personalidad jurídica propia, lo que excluía a los emprendedores cubanos de la posibilidad de firmar contratos comerciales como empresa, acceder a crédito bancario formal u operar con proveedores internacionales en condiciones de igualdad.

2021: Las mipymes

En agosto de 2021, mediante el Decreto-Ley 46, Cuba aprobó por primera vez la existencia legal de micro, pequeñas y medianas empresas con personalidad jurídica propia —las mipymes—. Fue, según ha quedado documentado, “un hito sin precedentes en la historia económica reciente del país”: por primera vez desde 1968, un negocio privado cubano podía existir como entidad jurídica capaz de exportar, importar, operar cuentas bancarias, fijar sus propios precios y definir su plantilla, dentro de ciertos límites.

Ese límite era, hasta este jueves, de 100 trabajadores. A pesar de todo, las mipymes han llegado a tener un peso creciente en las ventas minoristas del país —de 4,1 % en 2022 a 25 % en 2023, según cifras citadas por economistas cubanos. 

Sin embargo, entre 2024 y 2025 se registró la primera contracción en el número de mipymes, en un contexto de creciente desconfianza oficial hacia un sector que algunas voces dentro del propio gobierno comenzaron a señalar como amenaza al modelo socialista.

2026: ¿Fin del techo?

Lo aprobado este jueves rompe, en varios frentes a la vez, con esa lógica de apertura cuentagotas que ha caracterizado los últimos sesenta años:

Sin límite de trabajadores. Se permite contratar más de 100 empleados. Pero el cambio no es solo cuantitativo: Marrero anunció que, a partir de esa cifra, dejará de hablarse de “mipymes” para hablar directamente de empresas privadas, un cambio de categoría conceptual y legal que reconoce —por primera vez en el lenguaje oficial cubano contemporáneo— la existencia de la empresa privada como tal, sin el eufemismo de la pequeña escala.

Más de una empresa por dueño. Una misma persona natural podrá ser titular de más de una empresa privada, y tener participación accionaria en varias simultáneamente. Hasta ahora, la figura del empresario cubano con un solo negocio a su nombre era, en buena medida, una imposición regulatoria más que una elección.

Compra de acciones, estatales y privadas. Se autoriza la compra de acciones de empresas estatales por parte de personas jurídicas y naturales, nacionales y extranjeras —y lo mismo aplica a la participación accionaria en empresas privadas. Es la primera vez que el marco legal cubano contempla de forma explícita que el capital privado, incluido el extranjero, pueda tener una porción de la propiedad de una empresa estatal.

Concatenación con la empresa estatal. Se crea una Plataforma Nacional para Encadenamientos Productivos que obliga a las empresas estatales a publicar sus necesidades de insumos y subcontratación, con incentivos fiscales para quienes compren a productores nacionales —en la práctica, un mecanismo formal para que el sector privado se inserte como proveedor regular de la economía estatal, algo que hasta ahora ocurría de forma informal o mediante acuerdos puntuales.

Empresa privada extranjera. El paquete contempla además la apertura a la inversión extranjera directa en condiciones más amplias, incluyendo su participación en sectores como bienes raíces, infraestructura digital y, según las medidas reportadas, en la propia banca privada. La línea entre “inversión extranjera” tradicional —tradicionalmente canalizada a través de empresas mixtas con el Estado como socio— y “empresa privada extranjera” operando con más autonomía empieza a desdibujarse.

Igualdad de trato con la empresa estatal. El principio rector, repetido varias veces por Marrero, es que toda medida que se apruebe para el sector privado se aplicará también a la empresa estatal socialista: las empresas estatales podrán, en adelante, realizar cualquier actividad lícita, distribuir sus utilidades como determinen y fijar libremente los salarios de sus trabajadores. Es una forma de evitar que el sector privado tenga, sobre el papel, más libertad operativa que la propia empresa del Estado.

Preguntas al vuelo

En los reportes disponibles hasta el momento —de Cubadebate y de la cobertura en vivo de la sesión—, no indican muchos detalles técnicos de cómo se instrumentarán estas medidas. Preguntas centrales quedan abiertas: ¿qué pasará con las 7254 solicitudes de mipymes que llevan meses esperando aprobación, ahora que la categoría misma de “mipyme” empieza a diluirse en la nueva figura de “empresa privada”? ¿Cómo se valorarán las acciones de las empresas estatales que se pongan a la venta, y quién tendrá realmente capital disponible para comprarlas? ¿Se mantendrá la posición mayoritaria del Estado en los sectores “estratégicos”, y cuáles son esos sectores exactamente?

Etiquetas: Reformas económicas
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