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El cupo laboral travesti-trans es ley en Argentina

La “Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero Diana Sacayán - Lohana Berkins” se propone reparar daños históricos con la comunidad trans en el país.

por
  • Kaloian Santos
    Kaloian Santos
julio 3, 2021
en Por el camino
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Foto: Kaloian Santos.

Foto: Kaloian Santos.

Desde el pasado 24 de junio el mundo es un poco más justo e inclusivo porque el Congreso de la Nación Argentina sancionó, por amplia mayoría, la “Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero Diana Sacayán – Lohana Berkins”.

Conocida como “Ley de cupo laboral travesti-trans”, el punto central de la norma, elaborada por asesores e integrantes de ese colectivo, establece en su Artículo 5 que “el Estado nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, deben ocupar en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero”.

Con esta iniciativa se calcula que se podrían producir alrededor de 2.500 puestos laborales en la administración pública.

Una especificidad importante del proyecto con respecto a las contrataciones establece que para ello se tendrán que crear nuevas plazas. También especifica que los requisitos en materia educativa no serán excluyentes para optar por los puestos laborales. No obstante, sí se estimula a la capacitación.

“A los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos de la presente ley. Se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos”, dice el Artículo 6 del cuerpo legal. 

A fin de que los organismos demandantes puedan contar con un listado de candidaturas para llevar adelante la Ley, se creará un Registro Único de Aspirantes. “La inscripción en el mismo no es obligatoria ni resulta impedimento para el acceso al régimen de inclusión laboral”, aclara la normativa.

En otra parte y en coherencia con la Constitución Nacional, Ley suprema del Estado, que reconoce el principio de igualdad ante la ley, el Artículo 7 se enfoca en la no discriminación:

“Toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo sin discriminación por motivos de identidad de género y/o su expresión. A fin de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales. Asimismo, los antecedentes penales de las/os postulantes, que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo”.

Vale destacar que la ley no se queda en el ámbito público; sino que también busca incentivar al sector privado a unirse a la propuesta. Para ello las empresas que contraten personas travestis, transexuales y transgénero gozarán de estímulos económicos como la prioridad en las compras del Estado y beneficios fiscales.

Como sucedió en 2012 con la Ley de Identidad de Género en Argentina, que se cosidera hoy una de las más avanzadas del mundo, el hecho transcendental de una Ley como esta, pionera en América Latina, empodera a la comunidad travesti-trans.

De esta forma se reconoce y comienza a reparar la violencia estructural hacia este colectivo por parte del Estado y la sociedad. Es una gran conquista, una página de gloria en medio de una historia marcada por la discriminación y criminalización.

“Esta ley era una deuda del Estado y hoy es una realidad, resultado de la voluntad política y la enorme fuerza de los movimientos de la diversidad que nunca bajaron sus banderas y que siguen impulsando transformaciones imprescindibles por el derecho a ser”, afirmó en sus redes sociales la abogada Elizabeth Victoria Gómez Alcorta, Ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación argentina.

Por su parte, Paula Arraigada, militante trans y asesora del parlamento argentino, afirmó que “este proyecto de ley iguala derechos para una población que ha sido diezmada y tiene un promedio de vida de cuarenta años, cuya responsabilidad es del Estado”.

Arraiga, quien fue asesora en la redacción del texto de la Ley de cupo laboral travesti-trans, en una entrevista con la Agencia de Noticias de la Carrera de Ciencias de la Comunicación (ANCCOM) de la Universidad de Buenos Aires, enfatizó que “esta ley viene a ser una forma de reparación, una de las formas posibles de reparación. Por eso, necesitamos que cuando se reglamente y cuando se empiece a cumplimentar, realmente entren las compañeras que necesitan el trabajo. El cupo tiene que ir a rescatar, a salvar, a esa compañera que no tuvo oportunidades. No está pensando para romper el techo de cristal, está pensado para poder despegar ese piso de brea, porque si no entramos en una disyuntiva donde pareciera que solamente es una adquisición para que todas las personas trans tengan trabajo. Es verdad que es para que tengan trabajo, pero empezando siempre por las que más lo necesitan, que son las que deben tener una solución urgente”.

La “Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero” lleva el nombre de Diana Sacayán y de Lohana Berkins, dos importantes luchadoras y militantes del colectivo travesti-trans en Argentina.

Sacayán lideró la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA) y fundó el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL) en Argentina. Además, integró el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género y fue la primera travesti en recibir su Documento Nacional de Identidad con la inscripción del género femenino. En 2015, fue torturada y brutalmente asesinada por un femicida.

Lohana, por su parte, fue una referente argentina por el derecho a la identidad e igualdad de género y la primera travesti en trabajar en el Estado argentino. Fundó la Asociación de Lucha Travesti Transexual (ALTT) en 1994 e impulsó la Ley 3.062 de respeto a la identidad adoptada por travestis y transexuales. En 2013, y hasta su muerte en 2016, estuvo al frente de la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual en el país.

Antes de morir, muy enferma, Lohana Berkins escribió una carta de despedida que lleva el espíritu de esta conquista que es la Ley de cupo travesti-trans en Argentina:

“(…) Muchos son los triunfos que obtuvimos en estos años. Ahora es tiempo de resistir, de luchar por su continuidad. El tiempo de la revolución es ahora, porque a la cárcel no volvemos nunca más. Estoy convencida de que el motor de cambio es el amor. El amor que nos negaron es nuestro impulso para cambiar el mundo. Todos los golpes y el desprecio que sufrí, no se comparan con el amor infinito que me rodea en estos momentos. Furia Travesti Siempre. Un abrazo”.

 

 

 

 

Etiquetas: cupo laboral travesti-transDerechos LGBTIQfotografiaPortadasociedad Argentina
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Kaloian Santos

Kaloian Santos

Holguín, 1981. Licenciado en Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana. Desde el año 2000 se dedica a la fotografía y desde 2003 ejerce el fotoperiodismo. Es autor de los ensayos fotográficos Con luz propia (Editora Abril, 2012) y Cuba viva (Ocean Sur, 2016). Colaborador de varios medios de comunicación. Docente. 

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